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Autor Tema: Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho  (Leído 12930 veces)

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Desconectado cipotegato

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #40 en: 15 de Agosto de 2014, 16:27:14 pm »
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En mi libro no aparece ninguna referencia en el tema 2 a las reducciones que comentas

Upps.

Yo soy de licenciatura. Quizá venga de ahí la diferencia


Desconectado Jopuc247

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #41 en: 17 de Agosto de 2014, 23:41:11 pm »
Os dejo un enlace de la sesión radiofónica que habla de la hermenéutica jurídica: 

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Be patient and tough; someday this pain will be useful to you

Desconectado Pravias

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #42 en: 18 de Agosto de 2014, 09:16:34 am »
Hay epígrafes de exámenes anteriores que son del libro de hermenéutica no se encuentran en el de 18 lecciones, aunque los dos libros son un coñ..., es peor el de hermenéutica  :(
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Desconectado lidia15378

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #43 en: 18 de Agosto de 2014, 10:50:42 am »
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Hay epígrafes de exámenes anteriores que son del libro de hermenéutica no se encuentran en el de 18 lecciones, aunque los dos libros son un coñ..., es peor el de hermenéutica  :(

Entonces cómo podemos responder? Es decir, si nos preguntan algo que en nuestro libro no está. No creo que pase ¿no? El programa de la asignatura se corresponde con el libro que tengo yo y pone "manual de filosofía del derecho" "coordinador Narciso Martínez Morán".

¿Ese libro es el de hermenéutica o el de 18 lecciones? La verdad es que tiene 18 lecciones.
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Desconectado antoniopacheco6

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #44 en: 18 de Agosto de 2014, 11:01:11 am »
Hola a todos...estoy con esta asignatura más que liado, vamos que tenía que haberle metido horas que no se han metido...he leído que hay 37 hojas o así de apuntes, alguien me los puede hacer llegar, por favor...

Muy agradecido.

antoniopacheco6@gmail.com

Desconectado Pravias

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #45 en: 18 de Agosto de 2014, 11:04:22 am »
No Lidia, pensaba que en grado eran los mismos libros que en licenciatura, lo que quería decir es que los primeros exámenes 2006 de licenciatura hay epígrafes que son del de hermenéutica y claro no se encuentran en el de 18 lecciones que se publicó después.
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Desconectado lidia15378

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #46 en: 18 de Agosto de 2014, 11:48:32 am »
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No Lidia, pensaba que en grado eran los mismos libros que en licenciatura, lo que quería decir es que los primeros exámenes 2006 de licenciatura hay epígrafes que son del de hermenéutica y claro no se encuentran en el de 18 lecciones que se publicó después.

Ah! Ok, claro, es que veo que preguntan por cosas que en mi libro no están, entonces entiendo que no saldrán en el examen, por ejemplo lo del reduccionismo.
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Desconectado lidia15378

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #47 en: 18 de Agosto de 2014, 14:18:27 pm »
Hay una pregunta de examen que dice "explique la significación que tiene hablar de un criterio formal de lo justo y un criterio material de lo justo", creí que llevaba más o menos bien la asignatura pero, o no la llevo tan bien, o con mi libro no se puede responde a eso.
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Desconectado Pravias

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #48 en: 18 de Agosto de 2014, 16:37:27 pm »
Lidia esa pregunta es del libro de hermenéutica, ya te comenté que son exámenes antiguos, tema 14.
Te pongo lo que diría en el de hermenéutica

El hablar de lo justo material o de lo justo formal como si se tratase de dos cosas diferentes, separadas una de la otra (y no de dos aspectos distintos de una misma cosa) no es sino el producto de un escisión arbitraria entre uno y otro componente de lo justo, lo que nos conduce, como veremos a un reducción:
 bien de tipo epistemológico (cuando se quiere hacer primar el aspecto formal de lo justo frente al material)
 bien de tipo ontológico, simplemente (cuando se quiere hacer primar el aspecto material, es decir, una supuesta realidad anterior al derecho, frente a la forma de conocerlo).
Hablamos de escisión arbitraria porque no está ni mucho menos justificada.
De hecho, en la filosofía jurídica aristotélica no se podría hablar de forma y materia separadamente, sino de dos aspectos distintos dentro de una única realidad que es asimilable a la noción de lo jurídico.
 Esta noción aristotélica de lo justo material aparece en la teoría contemporánea de la justicia como una reacción ante las formalizaciones procedimentales de éstas (vistas en los capítulos anteriores) y como se trata de incorporar un criterio material de justicia (en el sentido de un criterio tangible, real, particular, ético, teleológico) que evite la excesiva abstracción o formalización en la que caen las teorías procedimentalistas.
La diferencia, no obstante, entre la pretendida recuperación del carácter material de la justicia (se observa en el comunitarismo) y en la justicia aristotélica sigue estando en que:
 Para Aristóteles- la justicia es una disposición, o la adquisición de una práctica, que se concreta realmente en lo justo de una relación (entendiendo por tal la justa parte que recibe cada uno de los términos de dicha relación) y, por tanto, no es reducible a sus solos componentes materiales (los términos materiales de la relación) o formales (los criterios en virtud de los cuales se igualan esos términos).
Mientras que los teóricos que utilizan un criterio material o formal de la justicia presuponen la quiebra de ésta (y, por tanto, la separación entre un tipo formal y un tipo material de justicia), tratando cada uno desde su perspectiva reduccionista de arrastrar al otro hacia su punto de vista, o a menos de integrarlo en el suyo propio: tanto la visión material como la formal constituyen así reduccionismos, pese a que algunos de quienes sustentan la primera, como veremos, se dicen a sí mismos aristotélicos
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Desconectado lidia15378

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #49 en: 18 de Agosto de 2014, 16:50:37 pm »
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Lidia esa pregunta es del libro de hermenéutica, ya te comenté que son exámenes antiguos, tema 14.
Te pongo lo que diría en el de hermenéutica

El hablar de lo justo material o de lo justo formal como si se tratase de dos cosas diferentes, separadas una de la otra (y no de dos aspectos distintos de una misma cosa) no es sino el producto de un escisión arbitraria entre uno y otro componente de lo justo, lo que nos conduce, como veremos a un reducción:
 bien de tipo epistemológico (cuando se quiere hacer primar el aspecto formal de lo justo frente al material)
 bien de tipo ontológico, simplemente (cuando se quiere hacer primar el aspecto material, es decir, una supuesta realidad anterior al derecho, frente a la forma de conocerlo).
Hablamos de escisión arbitraria porque no está ni mucho menos justificada.
De hecho, en la filosofía jurídica aristotélica no se podría hablar de forma y materia separadamente, sino de dos aspectos distintos dentro de una única realidad que es asimilable a la noción de lo jurídico.
 Esta noción aristotélica de lo justo material aparece en la teoría contemporánea de la justicia como una reacción ante las formalizaciones procedimentales de éstas (vistas en los capítulos anteriores) y como se trata de incorporar un criterio material de justicia (en el sentido de un criterio tangible, real, particular, ético, teleológico) que evite la excesiva abstracción o formalización en la que caen las teorías procedimentalistas.
La diferencia, no obstante, entre la pretendida recuperación del carácter material de la justicia (se observa en el comunitarismo) y en la justicia aristotélica sigue estando en que:
 Para Aristóteles- la justicia es una disposición, o la adquisición de una práctica, que se concreta realmente en lo justo de una relación (entendiendo por tal la justa parte que recibe cada uno de los términos de dicha relación) y, por tanto, no es reducible a sus solos componentes materiales (los términos materiales de la relación) o formales (los criterios en virtud de los cuales se igualan esos términos).
Mientras que los teóricos que utilizan un criterio material o formal de la justicia presuponen la quiebra de ésta (y, por tanto, la separación entre un tipo formal y un tipo material de justicia), tratando cada uno desde su perspectiva reduccionista de arrastrar al otro hacia su punto de vista, o a menos de integrarlo en el suyo propio: tanto la visión material como la formal constituyen así reduccionismos, pese a que algunos de quienes sustentan la primera, como veremos, se dicen a sí mismos aristotélicos

Gracias cariño! Sí vi que es del 2007. Pero si ahora no está en los dos libros ¿la pueden preguntar?
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Desconectado Pravias

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #50 en: 18 de Agosto de 2014, 17:00:04 pm »
Lidia esa respuesta está en la página 214 de hermenéutica.
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Desconectado lidia15378

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #51 en: 18 de Agosto de 2014, 17:02:06 pm »
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Lidia esa respuesta está en la página 214 de hermenéutica.

Ahora lo miro en mi libro, esta en el tema 14 ¿no? ¿Qué punto?
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Desconectado lidia15378

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #52 en: 18 de Agosto de 2014, 17:07:53 pm »
Pues yo en mi libro no lo veo, que desesperación, o no esta o no lo veo
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Desconectado Pravias

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #53 en: 18 de Agosto de 2014, 17:11:05 pm »
Apartado 1 Introducción Tema 14, retorno a lo justo material. es la edición del 2006
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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #54 en: 23 de Agosto de 2014, 23:20:11 pm »


Hola compañeros!!!

Leyendo preguntas de exámenes, me surgen dudas... Una de esas preguntas indica  "señale y explique los caracteres del modelo positivista de ciencia jurídica" y con el manual de hermenéutica en mano, no sé si se refiere a los caracteres de la actividad dogmático-jurídica relacionados en la página 60 del manual... Qué opináis?

Respecto a la pregunta larga, no sé si comenzar centrándome en el autor o en el marco jurídico-político (Estado liberal, Estado social, etc.). Agradecería un poco de luz... Gracias!

Mucho ánimo para todos y mucha suerte para el examen!!! 




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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #55 en: 23 de Agosto de 2014, 23:32:27 pm »

LA CONCEPCIÓN DE LOS PRINCIPIOS EN CUANTO PAUTAS O CRITERIOS SITUADOS ENTRE LOS VALORES Y LAS NORMAS.


Rutger, gracias por tan detallada explicación!!! Estás estudiando con el libro de hermenéutica? Yo sí y dudando si echar un vistazo al otro en biblioteca...

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #56 en: 23 de Agosto de 2014, 23:45:23 pm »
Que suerte tengo.Nadie interesado en el caso de filosofía :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'( :'(

Rasputinico, yo igual que tú... pero en mi opinión se trata de encuadrar el texto en la etapa a la que pertenece, intentando ubicar el texto en su contexto histórico y a partir de ahí, contestar a lo que se nos pregunte.

He leído que algunos alumnos terminaron el comentario dando su opinión personal, pero yo no lo considero necesario...

ÁNIMO!!! PODER, PODEMOS  :)

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #57 en: 02 de Septiembre de 2014, 17:17:12 pm »
Hola a todos.....

creo que hoy se examinaban de Filosofía en Licenciatura....¿Sabéis qué les ha caído ?

suelen tener relación los exámenes.... ;) ;)


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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #58 en: 02 de Septiembre de 2014, 18:15:49 pm »
Si no recuerdo mal
Normas principios y valores
Que son los derechos de tercera generacion
Modelos de ciencia juridica
Largas
Derechos humanos y fundamentales
Teoria de la justicia de Rawls

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Re:Post Oficial septiembre 2014 Filosofía del Derecho
« Respuesta #59 en: 02 de Septiembre de 2014, 20:45:26 pm »
Gracias por la información......supongo que por ahí deben ir los tiros, pues son temas importantes.....( como casi todos...)

Ánimo y saludos.