A ver Pravias. Sin el más mínimo ánimo de polemizar -que no me quedan fuerzas- y sin afirmar nada porque nada tengo seguro, entiendo que la aprobación de una últimísima convocatoria de Febrero de 2016 no impide la celebración de la de diciembre de 2015.
Las convocatorias de diciembre vienen siendo habituales en la UNED para alumnos que estaban a falta de 20 créditos -habiéndose extendido hasta los 30 créditos inclusive desde hace poco- y estaban previstas para que el alumno no tuviera que esperar para licenciarse al año siguiente.
Entiendo que suprimirla sería una discriminación con respecto a los alumnos que se encuentren en esa misma situación en diciembre de 2015 y, aunque haya una convocatoria -llamémosle de gracia- en febrero de 2016, que se celebre ésta, no impide la celebración de aquélla si se reúnen las condiciones que se han venido exigiendo estos últimos años.
Considero que es una oportunidad más a la que no debemos renunciar de entrada porque, al menos yo, no encuentro ningún documento en que se diga que se suprime, ni siquiera que se sustituye por la de febrero de 2016 y, por lo tanto, considero que son perfectamente compatibles con la única diferencia de que para presentarse a la de diciembre de 2015 se requiere reunir unos requisitos más exigentes, como es la de haber estado matriculado antes de las asignaturas objeto de examen y que no se superen los 30 créditos, mientras que para la convocatoria de febrero de 2016 ni siquiera hay que haber estado matriculado en el curso 2014-15 de algunas de las asignaturas según una consulta que un compañero nuestro ha formulado hace poco al Negociado de alumnos y ha comentado después en este foro.
Y bueno, para bien de todos aquellos que lo podamos necesitar, es preferible tener el mayor número de oportunidades posibles, así es que es mejor hacer una interpretación favorable de los documentos que restrictiva, sobre todo si lo hacemos nosotros mismos.
