Lo que regula un procedimiento de oposición son las Bases de la Convocatoria.
El Tribunal está compuesto del número que se indica en ellas, pero también constan los "suplentes" para el caso de que surja en alguno o algunos de ellos causas de fuerza mayor.
Si te sirve de algo, incluso pueden no ir a "corregir tu examen, que se produce directamente tras la lectura del mismo, del de desarrollo, de la segunda prueba, tras pasar el tipo test", algo raro, pero así es; si quien va a leer el examen necesita un empujón en la nota para que la media que sale de la dada por los miembros del Tribunal sea más alta o le hace falta para superar, estará, si no le interesa esa persona que ha dedicado cuatro años a hincar codos, ni aparecen siquiera.
¡Con la administración hemos topado amigo Pancho!
