Hola compañeros, quería compartir estas inquietudes con vosotros, con los que lo tengan a bien por supuesto.
En el examen de la segunda semana de febrero de 2013 tipo C hay dos preguntas que para mi corto entender y parca experiencia penal son muy controvertidas y os expongo los motivos que a mi parecer las hacen así.
10.- ¿Qué consecuencias tiene el hecho de que no concurra un criterio de imputación
objetiva del resultado exigido por el tipo?
a)Que la conducta será impune por atípica.
b)Que el hecho solo se podrá castigar como tentativa.
c)Que se condenará el hecho como delito imprudente consumado.
d)Ninguna
En esta pregunta me gustaría saber ¿Qué pasa con los delitos en los cuales no se castiga la tentativa? Tenemos un caso de actualidad en estos momentos que nos puede servir para entender mejor mi interpretación de este tema. En el caso del señor Monedero, al margen de que en el apellido lleve la penitencia

, a nadie nos gusta que nos toquen el monedero... jeje En fin, al turrón. Este hombre podría haber sido imputado por un delito de evasión fiscal y finalmente no lo ha sido y no podrá serlo, por haber cumplido voluntariamente con sus obligaciones fiscales, antes de que le notificaran el error en su declaración. Por lo tanto, en este tipo de delitos no se admite la tentativa, no vale el casi no pago a hacienda, no. Entonces no se cumpliría el hecho de que fuera a ser castigado con la tentativa. No me he puesto a analizar el código penal, pero estoy seguro de que no es este el único caso en el que se podría dar este ejemplo. Por lo tanto, a mi modo de ver, en esta pregunta la solución no está correctamente planteada, por lo que no es correcta o no debiera serlo. En el caso del señor Monedero no existe delito, porque en este caso no existe la tentativa de delito. Por lo que si hubiésemos tomado este caso como ejemplo, la repuesta correcta sería la A, o la D llevándolo al extremo.
20.- Miguel Ángel G.S. decide no dar alimento alguno a su madre María Luisa S.G.,
cuyo cuidado había asumido pese a la insistencia de sus hermanos en ingresarla en
una residencia especializada dado su alto nivel de dependencia. María Luisa fallece
como consecuencia de la falta de nutrición imputándosele a Miguel Ángel el resultado
de muerte. Teniendo en cuenta que para penar esta conducta es preciso acudir a la
cláusula general de punición recogida en la Parte general del Código penal -art.11-
podemos afirmar que estamos ante un: MONSTRUO jeje por no decir otras cosas...
a)delito propio de omisión.
b)delito de comisión por omisión.c)delito de omisión causal y resultado.
d)ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
En este caso, no es que esté en desacuerdo con la respuesta. La respuesta es correcta y es la que yo hubiera puesto en el examen si lo hubiera realizado. Pero me surgen dudas en cuanto a si este tipo de omisiones lo son en realidad. Me explico:
Una persona no muere de inanición en cinco minutos, para comprender mejor los delitos de omisión son mejores los ejemplos del típico que se está ahogando y otro omite el deber de socorro. En este caso concurren muchos agravantes como el de parentesco, la víctima estaba desvalida, la muerte no pudo producirse de un momento para otro sino que este ser abominable tendría que haber asistido durante todo el proceso que lleva tiempo y pudo haberlo remediado y no lo hizo. Para mi corto entender este caso estaría muchísimo más cerca del asesinato con alevosía que de un delito de comisión por omisión. Simplemente por el tiempo que tuvo para poder dar marcha atrás a sus planes. Además en el enunciado nos dice que Miguel Ángel G.S. decide no alimentar a su madre, por lo tanto traza un plan para acabar con la vida de su madre y lo lleva a cabo(asesinato) y lo lleva a cabo no evitando el sufrimiento innecesario de la víctima(alevosía). No es lo mismo el caso del que se está ahogando, que la persona en cuestión tiene poco margen de tiempo para meditar su error y actuar para socorrer a la víctima; que en este horrible caso que nos han presentado en el examen.
Entiendo perfectamente que las preguntas están corregidas correctamente y que las objeciones que propongo han sido superadas. Me gustaría saber cómo, si alguien lo sabe.
Bueno, quería compartir estas dudas que me presentan estas dos preguntas del examen de febrero 2ª semana tipo C de 2013. Sé que estáis muy ocupados, todos lo estamos ahora, no quiero abusar de vuestro tiempo, pero agradeceré mucho al que se tome la molestia de contestarme.
Muchas gracias por la atención recibida.
Saludos.