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Autor Tema: ¿Fecha tope para colegiarnos los del Plan 2000?  (Leído 5505 veces)

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Desconectado Lili

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Re: ¿Fecha tope para colegiarnos los del Plan 2000?
« Respuesta #20 en: 07 de Agosto de 2009, 14:54:32 pm »
No es una ley del gobierno y....."al parecer, los precedentes de una reivindicación parecida de los abogados datan de principios del siglo pasado."

Está claro que os perjudicados son los estudiantes del plan 2000.
Si hay que exigir más formación para mejores profesionales no me opongo pero al cambiar la titulación deberíahaberse instaurado de forma simúltanea y dejar a los licenciados en paz hasta el aó 2015 que es cuando se extingue esta titualción.


Título habilitante, grado en Derecho.
Formación especializada.
que como se ha dicho es el de licenciado en Derecho, o la denominación equivalente Evaluación de la formación especializada

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Abogada Icamalaga

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Re: ¿Fecha tope para colegiarnos los del Plan 2000?
« Respuesta #21 en: 07 de Agosto de 2009, 15:13:10 pm »
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Claro, los 50 créditos menos que tiene un curso más o menos, por ello se realiza en 4 cursos y la licenciatura en 5, esa es la diferencia, te parece poco un año, que en la UNED son casi dos.

   Y la dichosa ley está claro que parte del Colegio de Abogados, y bajo la bandera de defender el Derecho fundamental de la defensa, lo que hacen es “blindar” su profesión y obtener mano de obra barata.

   Porque si nos ponemos a defender Derechos fundamentales, también un mecánico tendría que realizar las prácticas y un examen para acceder a su profesión, pues está en juego un Derecho Fundamental, la vida del conductor.

   Lo he dicho en otras ocasiones, lo que no se puede pretender es legislar hasta lo que se hace en el comedor de mi casa, más vale que se apliquen las leyes que ya hay y se dejen de “inventos”, que como dijo un Ministro, los experimentos en casa y con gaseosa.



Enhorabuena jbr, lo has explicado de maravilla, eres brillante.
Por supuesto estoy contigo en todas y cada una de tus palabras, muy pero que MUY de acuerdo contigo. Tienes más razón que un santo.




Desconectado Lili

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Re: ¿Fecha tope para colegiarnos los del Plan 2000?
« Respuesta #22 en: 08 de Agosto de 2009, 20:27:30 pm »
Yo también estoy de acuerdo y el artículo de noticias jurídicas.com ( de Isaac Tena Piazuelo) que puse más arriba, lo deja claro.
Es de 2006, cuando salío la ley a la luz.
Faltaba algo que quería pegar del extracto :

 
"La acreditación de la aptitud profesional depende de la concurrencia de tres circunstancias distintas:

Título habilitante, que como se ha dicho es el de licenciado en Derecho, o la denominación equivalente al grado en Derecho.

Formación especializada.

Evaluación de la formación especializada.

La formación especializada (cfr. art. 2.-2) tiene carácter reglado y oficial, y se obtiene mediante la realización de cursos acreditados conjuntamente por los Ministerios de Educación y de Justicia. Materialmente dichos cursos pueden impartirse en dos ámbitos diferentes7 (cfr. art. 3): Universidades, públicas o privadas, y Escuelas de Práctica Jurídica.
Téngase presente que las Escuelas PJ, en la actualidad, pueden depender tanto de las Universidades como de los Colegios profesionales en otros casos, y no pueden desligarse ni de unas ni de otros. ....además, deberán ofrecer un período de prácticas externas en los términos previstos en el art. 6 de la Ley.
En cuanto al contenido y características de los cursos de formación de abogados y procuradores, además de que deben incluir una evaluación (en los términos previstos en el Capítulo III) apenas señala la Ley unas pautas generales (cfr. art. 4 y art. 5), remitiéndose lo demás a la previsión reglamentaria (vgr., en cuanto al contenido y duración de los cursos, titulación y cualificación del profesorado…).
Tanto en la formación suministrada por los Centros universitarios como por las Escuelas de Práctica Jurídica se hace mención de que debe contar con prácticas externas ...........; dichas prácticas externas, con profesionales, “…deberán constituir la mitad del contenido formativo de los cursos a que se refieren los artículos precedentes, quedando como parte integrante de los mismos” (art. 6.-1).
Si se sobreentiende que esa duración se refiere a términos temporales, resulta (en relación con lo establecido en el art. 4.-3) que las prácticas tendrán una duración no inferior a treinta créditos. En cuanto al profesorado, al menos la mitad ha de tratarse de profesionales colegiados y en ejercicio (cfr. art. 4.-3).
La duración de los cursos formativos se establece en sesenta créditos correspondientes a las enseñanzas teóricas;"
sigue el comentario sobre el examen de evaluación..........etc,etc.

Como he dicho en mis alegaciones al delegado de alumnos, en la aplicación de esta ley hay  que distinguir entre licenciados y graduados.
No es lo mismo. Como también menciona  JBR más arriba, da igual si contamos en crédirtos o ECTS, el título de la licenciatura en la Uned son cinco cursos e incluye un Practicum, el título de grado se obtiene después de cuatro cursos y  no hay practicum. Los alumnos del plan 2000  empezamos con una perspectiva diferente, los alumnos que se matriculan con el objetivo del grado en Derecho saben o deberían saber lo que les espera si quieren ejercer.
Abogada Icamalaga

Desconectado makelele

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Re: ¿Fecha tope para colegiarnos los del Plan 2000?
« Respuesta #23 en: 08 de Agosto de 2009, 20:46:39 pm »
Tengo una duda Lili, no entiendo muy bien a que te refieres en el ultimo parrafo, es decir, si acabas por el plan 2000 no debes hacer el master pero si el examen para colegiarte, y si acabas por el grado debes hacer master y examen para colegiarte, es que no me ha quedado muy claro. O te refieres a que no hay derecho a que los que estamos inmersos en la licenciatura tengamos que hacer dicho master y dicho examen, porque si es asi, te doy toda la razon, debido a que los que nos licenciemos tendremos que hacerel master y el examen, por lo tanto son 6 o 7 años d carrera, vamos una barbaridad.Mientras tanto los del grado ya saben lo que hay de entrada, si quieren hacer derecho saben que les espera el master y el examen para colegiarse. Un saludo
"quotquotNunca olvides que todos los grandes logros requieren tiempo y paciencia"quotquot

Desconectado gadiuned

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Re: ¿Fecha tope para colegiarnos los del Plan 2000?
« Respuesta #24 en: 09 de Agosto de 2009, 01:04:52 am »
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No es una ley del gobierno y....."al parecer, los precedentes de una reivindicación parecida de los abogados datan de principios del siglo pasado."

Está claro que os perjudicados son los estudiantes del plan 2000.
Si hay que exigir más formación para mejores profesionales no me opongo pero al cambiar la titulación deberíahaberse instaurado de forma simúltanea y dejar a los licenciados en paz hasta el aó 2015 que es cuando se extingue esta titualción.


Título habilitante, grado en Derecho.
Formación especializada.
que como se ha dicho es el de licenciado en Derecho, o la denominación equivalente Evaluación de la formación especializada

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¿Que no es una ley del Gobierno, señorita Lili? Entonces, el tal Rodríguez Zapatero que firma al final de la exposición de dicha ley quién es?, ¿el presidente de Honduras acaso?


Desconectado gadiuned

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Re: ¿Fecha tope para colegiarnos los del Plan 2000?
« Respuesta #25 en: 09 de Agosto de 2009, 01:06:42 am »
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Bolonia:

Este año 2009 aún no implantan Bolonia, eso será para el curso 2010-2011. Si empiezas este curso 2009-10, tendrás que llevar las asignaturas prácticamente a curso por año, de lo contrario tendrás que cambiarte a Bolonia.

Colegiarse:

Si no te has licenciado antes del 1 de noviembre de 2011, tendrás que hacer dos años más de prácticas y un examen de acceso al finalizar dichas prácticas. ---> No puedes ver los enlaces. Register or Login <--- Total, 7 años para ser abogado.

Nota: Todo gracias a la aquiescencia y sabiduría de nuestro actual presidente del gobierno, el Sr. ZP, y sus sabios y académicos camaradas.

Un saludo.

Mire, Lili, la palabra que uso: "Aquiescencia". Es decir "consentimiento".

Un saludo.