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Autor Tema: Ayuda licenciado : abandono menor  (Leído 1809 veces)

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Desconectado anima

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Ayuda licenciado : abandono menor
« en: 26 de Noviembre de 2014, 10:43:14 am »
Hola a todos,
Os cuento, un muy buen amigo ayer cometio el mayor de sus errores, y ahora esta tan perdido que me pregunto que podia hacer, se me ocurrio preguntaros a ver que medidas podriamos tomar y cuales seran las consecuencias.
Tras pasar un fin de semana con su hijo sin dormir este, por problemas respiratorios y demas ,ayer en el trayecto hacia un centro comercial el niño por fin dormia como hacia tiempo, el motivo de su viaje al centro comercial era recoger una factura , por lo que decidio ( algo que creo que es horrible y nunca hubiera hecho yo) dejar al niño en el coche ( parking) mientras hacia el tramite, en total fueron unos 12 moinutos pero cuando bajo estaba alli el personal de seguridad y un policia local de la poblacion, mi amigo al verlos se dio cuenta de la gravedad de lo que habia hecho, lo hizo sin maldad pero no se lo quita de la cabeza lo que le hubiera podido pasar al bebe....la cosa es que como es normal , la policia dio parte a fiscallia de menores.
Ahora esta muy asustado y avergonzado, que le puede pasar?? podria tener prision por abandono de menor? o lo que es peor ...podiran quitarle la patria potestad de su hijo? que debemos hacer? algun consejo??
Ante todo muchas gracias.


Desconectado eruiz471

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Re:Ayuda licenciado : abandono menor
« Respuesta #1 en: 26 de Noviembre de 2014, 12:54:14 pm »
¿Prisión?

Buenos días Anima, no es mi fuerte el penal, pero de primera te aconsejo:

   Tu mismo/a, mirate artículo 229 CP -prisión-; pero mirate mejor el artículo 230 CP -abandono temporal- y todo lo que puedas leer sobre este tipo de abandono.
Puso en peligro al menor?, tuvo intención de abandonarlo?

   El problema que se plantea en cuanto al tiempo que debe pasar para que el abandono sea temporal o definitivo, aparte del tiempo dependerá de la intención de abandonarlo, que tal como planteas el caso no existe.

   Por ejemplo según jurisprudencia sería abandono cuando el padre hubiera dejado al niño en el coche y se hubiera marchado de fiesta.

   Recopila datos, factura del centro, ticket del aparcamiento, etc..

   Saludos y que mas gente aporte ideas
!Athletic beti zurequin!

Desconectado fmorcillo

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Re:Ayuda licenciado : abandono menor
« Respuesta #2 en: 26 de Noviembre de 2014, 13:42:42 pm »
Para hacer más fácil el debate, pongo los artículos del Código Penal, que como bien dice mi compañero, pudieran ser aplicables o no, pues el término de abandono, no hay que tomarlo en su literalidad, depende de una serie de circunstancias que libremente, por el operador jurídico, pueden ser valoradas (edad del menor, si esta bien vestido y alimentado, tiempo y motivo de la ausencia, lugar donde estaba el coche, si  estaba cerrado o abierto, temperatura del habitáculo...). Aunque considero respecto a mi compañero, que la voluntad o no del sujeto no es determinante para la calificación de si la conducta se halla o no del supuesto penal, pues el delito puede ser doloso(con voluntariedad de cometer el hecho) o imprudente(sin  voluntariedad).

Artículo 229

1. El abandono de un menor de edad o un incapaz por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años.

2. Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años.

3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años cuando por las circunstancias del abandono se haya puesto en concreto peligro la vida, salud, integridad física o libertad sexual del menor de edad o del incapaz, sin perjuicio de castigar el hecho como corresponda si constituyera otro delito más grave.

Artículo 230

El abandono temporal de un menor de edad o de un incapaz será castigado, en sus respectivos casos, con las penas inferiores en grado a las previstas en el artículo anterior.


 

Desconectado El Macias

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Re:Ayuda licenciado : abandono menor
« Respuesta #3 en: 26 de Noviembre de 2014, 20:24:56 pm »

     Anima permite que opine sobre tu petición de ayuda . Espero que te pueda aportar algo aunque no sea licenciado .
     Si tú misma calificas un acto como haces en el titulo ; la "cosa" la complicas , o simplificas sin ninguna necesidad . ¿O no?
     Al haber calificado como abandono de menor el hecho acaecido a ese buen amigo tuyo y aprovechando la excelente medida que ha aportado fmorcillo ; yo considero que ese supuesto pudiera enmarcarse en el artículo 230 . Esto ; pienso que , sería así lógicamente .
     El caso que has expuesto se parece "bastante" a algún otro que ha sido noticia en algún que otro telediario y con consecuencias verdaderamente lamentables . Anima de tu exposición chirría bastante el que dejara al bebé solo en el coche 12 minutos . Sobre todo porque en ese tiempo nunca llega la autoridad al lugar del "crimen" y también porque en tan poco tiempo el progenitor o "actor" podría haber dicho que había estado vigilando el coche desde la "lejanía" y que había llegado cuando vio a gente arremolinada a su alrededor . Dicho esto por el posible engaño ; ya que a nadie le gusta que le engañen y menos a un juez , te diría que este caso en este tiempo y estando el niño convenientemente abrigado y correctamente "asegurado" como que no debiera considerarse abandono sino falta "de celo o descuido irrepetible" .
     No puedo imaginar que pudieran castigar con prisión este caso concreto . Y muchísimo menos pienso que le vayan a quitar al bebé (por muy mal concepto que se pueda tener de la JUSTICIA) . Lo correcto sería la oportuna advertencia , el pago de los gastos ocasionados y la "esperanza" de no tener que personarse más por un caso similar y si acaso una multa porque el dinero hace que las cosas "perduren en el tiempo" . Esto y el reconocer que "ha cometido el mayor de sus errores" , así como lo de estar avergonzado y asustado es suficiente .

      En verano 12 minutos en un coche cerrado pueden causar la muerte de una persona . Y en invierno en Rusia , a 40º bajo cero y en pelotas también...

Desconectado anima

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Re:Ayuda licenciado : abandono menor
« Respuesta #4 en: 27 de Noviembre de 2014, 15:23:22 pm »
Ante todos muchas gracias por vuestras palabras, la verdad es que con casos similares en la tele con desenlaces tan fatales, pues la verdad me asuste muchisimo cuando me conto la historia, respecto al tiempo, supongo que habra sido un error mio de escritura fueron 22 minutos , o al menos eso fue lo que me conto...en cierto modo, ya esta pasando cierto castigo por que se encuentra fatal.
El niño estaba en perfectas condiciones , bien vestido y alimentado ,  y el parking era cerrado y vigilado....
Muchas gracias....ya os ire contando!!

Desconectado El Macias

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Re:Ayuda licenciado : abandono menor
« Respuesta #5 en: 29 de Noviembre de 2014, 17:41:22 pm »
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Ante todos muchas gracias por vuestras palabras, la verdad es que con casos similares en la tele con desenlaces tan fatales, pues la verdad me asuste muchisimo cuando me conto la historia, respecto al tiempo, supongo que habra sido un error mio de escritura fueron 22 minutos , o al menos eso fue lo que me conto...en cierto modo, ya esta pasando cierto castigo por que se encuentra fatal.
El niño estaba en perfectas condiciones , bien vestido y alimentado ,  y el parking era cerrado y vigilado....
Muchas gracias....ya os ire contando!!


     Anima has contado un caso en este subforo jurídico que podría haberse debatido de forma extensa por todos los "matices" que encierra .
     Yo como te dije en mi primera opinión ; el que tú consideraras el caso como abandono lo encuadraba dentro del artículo 229 apartado 2º , pero aplicando específicamente el artículo 230 .
     A pesar de esa posible "evidencia" ; te decía que si yo fuese juez lo catalogaría como falta de... y en vista de las explicaciones que dabas dictaría una sentencia benévola porque como tú mismo apuntabas "ya en el pecado llevaba su penitencia" . El problema es que no es lo mismo 12 minutos que 22 y mucho menos 42 o 62 . No tiene nada que ver el recoger una factura o una sola cosa que el hacer la compra semanal o diaria . Sobre todo porque el grado de preocupación y de responsabilidad varía mucho por este "pequeño" detalle . Y "yo juez" lo mismo que no quitaría el niño al padre si este había hecho las cosas como contabas ; quitaba el padre al niño "unos días" para que sintiera lo que es querer (decir la verdad) .

    Cuenta , cuenta...(la verdad , si es posible)

Desconectado Picapleito

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Re:Ayuda licenciado : abandono menor
« Respuesta #6 en: 30 de Noviembre de 2014, 15:29:50 pm »
Un bebe dices?
No voy aportar nada que le pueda salvar el pellejo a tu amigo,solo diré que la gente que dejan a perros u otros animales ya me ponen de muy mala leche,así que le voy abstener de lo que pienso de este individuo,y pobre bebe que le queda que pasar más de una y de dos.
Lo siento pero estas cosas me enferman.

Desconectado eruiz471

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Re:Ayuda licenciado : abandono menor
« Respuesta #7 en: 01 de Diciembre de 2014, 06:49:44 am »
Para letrados y futuros letrados aconsejo la lectura del libro "Manual de actuaciones en Sala", en su introducción aconseja "no asumir en ningún caso, desde el punto de vista emotivo, el papel de la parte a quien defendemos.
!Athletic beti zurequin!