Vamos a ver si te lo puedo explicar de forma sencilla y como nota decirte que al menos la notificación del requerimiento que le han hecho es correcta:
1. En primer lugar se trata de un requerimiento, puesto que la solicitud que hizo tu amiga/o no está completa, debido a que la faltara aportar la documentación o parte de ella, que corresponda según la clase de procedimiento que se esté tramitando, en virtud de lo que haya solicitado.
2. En virtud, de la ley 30/92 lo que han hecho es requerirle por plazo de 10 días para que aporte la documentación que la falta o que está incompleta.
3. Y respecto a lo de desistir, a lo que se refiere es que si en dicho plazo no aporta dicha documentación, se le tendrá por desistida de su petición. Ahora bien en lo último que señalas, para que se de el "desistimiento" es necesario que una vez transcurrido el plazo de 10 días que tiene tu amiga para aportar la documentación, la administración debe dictar una resolución expresa con notificación que llegara a tu amiga, en el que se le dirá "que se le tiene por desistida de su petición, tras haber pasado el plazo de 10 días, segun la ley 30/92". Mientras no reciba esta última entiendo que tiene el plazo abierto para poder aportar la documentación.
Espero haberte ayudado, un saludo.