Saludos, amigos de Uned Derecho.
Esta mañana he recibido una notificación de ejecución judicial por una deuda contraída con una entidad bancaria (deuda de cuya naturaleza desconozco, y de la que me informaré inmediatamente, puesto que es la primera noticia que tengo sobre la misma), sin haber recibido antes en ningún momento comunicación de la resolución del procedimiento monitorio previo.
Tengo, como sabréis, 10 días para oponerme a la ejecución, y me gustaría saber si la oposición es el cauce correcto, puesto que esta circunstancia no viene recogida en la LEC como cláusula susceptible de oposición por motivos procesales.
¿Cómo debo proceder, en vista de lo sucedido? ¿Debo presentar recurso de reposición ante el Juzgado?
Agradezco cualquier consejo o ayuda que me puedan ofrecer y les deseo a todos una muy buena tarde.