Yo te doy un intento de explicación, y si me equivoco, que me corrijan y así aprendemos todos

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La eficacia es la producción de efectos jurídicos. Y la entrada en vigor es el momento en el que la norma entra a formar parte del ordenamiento jurídico. Así, en el que caso de que una norma sea retroactiva, si la publicación es el 1 de julio, la norma entra el vigor el 21, y supongamos que permite efectos retroactivos desde el 1 de enero. Esto significa que a partir del 21 de julio, puede alegarse o aplicarse en procesos o procedimientos cuyos hechos determinantes ocurrieran a partir del 1 de enero.
Ahora pasándolo a los reglamentos. Si la norma general dice que produce efectos a partir de su publicación, y que entra en vigor a los 20 días. Entiendo que significa que a partir de la entrada en vigor es cuando es alegable o aplicable, a procedimientos cuyos hechos ocurrieran despues de su publicación.
Saludos!