Buenos días a todos,
Con mi Mercantil II recientemente aprobado, se me abren las carnes al leer que FADESA-MARTINSA (que como todos sabréis presentó ayer concurso voluntario de acreedores), quiere rescindir la compra de FADESA de hace 22 meses porque fue perjudicial para la masa activa.
Lo primero es que alguien vaya contra sus propios actos (es decir que la rescisión la pida D. Fernando Martín y compañía, no el juez ni los acreedores).
Por si esto es poco, que alguien diga que la compra de FADESA no forma parte de la actividad de la empresa, cuando la adquisición de FADESA no era otra cosa que adquirir activos inmobiliarios, que hasta donde yo se es la actividad de MARTINSA.
La propia ley concursal establece que no se podrán rescindir los actos realizados en el ámbito de los sistemas de liquidación de valores (recordemos que la adquisición se hizo vía OPA, porque FADESA cotizaba en bolsa).
¿Que os parecen mis argumentos como abogado ficticio del Sr. Jové (que fue quien vendió FADESA)?