Esto es lo que yo he puesto en la respuesta del documento nº 1. Por lo que veo, y por vuestras opiniones, me he equivocado de medio a medio.....No se si responden a lo que enviamos, pero si me dan la respuesta correcta, ya os lo diré, por que como ya comenté, envié las respuesta hace un par de dias.
1-a) La Exposición de motivos contiene una exposición de las circunstancias que han llevado a la creación de la ley, y da indicaciones generales sobre su contenido, mientras
el Preámbulo es únicamente una introducción o resumen que se limita a exponer las causas determinantes de la regulación de la ley
1-b) La vacatio legis es de 1 dia
Me gustaría que me diérais vuestra opinión al respecto, aunque ya me de lo mismo. El mal ya está hecho....