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Autor Tema: CONCURSO DE ACREEDORES  (Leído 5062 veces)

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Desconectado rucio

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CONCURSO DE ACREEDORES
« en: 16 de Julio de 2009, 10:13:04 am »
La actual regulación del Concurso de Acreedores (incluida la reforma introducida por la Ley 3/2009 de 27 de Marzo), adolece, según los entendidos, de muchos defectos; pero lo que podemos observar en la práctica es que, sobre todo para las empresas que se dedican a la subcontratación (constructoras, instaladoras, etc), la situación de concurso es igual a la petición de liquidación, porque, en la practica el concurso no puede superarse. Me explico. Generalmente la empresa constructora que entra en concurso lo es porque no puede hacer frente a sus deudas de seguridad social o al pago de salarios porque los bancos han dejado de descontar el papel que antes le negociaban. Una vez declarado el concurso suele ocurrir que la empresa concursada tenga créditos a su favor de importante cuantía, créditos que no puede cobrar porque los deudores aducen que, en cumplimiento de los contratos de obra, la empresa (concursada) debe presentar un certificado de estar al corriente en Seguridad Social (y Hacienda). Pero la empresa no puede hacer frente a las deudas anteriores a la declaración del concurso por impedimento legal, tampoco puede obtener el certificado de estar al corriente y, por tanto, tampoco puede cobrar lo que le deben. Total que el olvido, la desidia o la incompetencia del legislador no ha resuelto este gravísimo tema; pero además los Jueces de lo Mercantil contemplan esta situación como si fuese con ellos. En tanto que la Seguridad Social y Hacienda se frotan las manos, pues una legislación ordinaria les confiere los privilegios correspondientes y una legislación concursal (especial), incide en esos privilegios. De esta forma a la empresa concursada, ni se le permite cobrar sus deudas, ni se le permite desarrollar su actividad propia (ya se sabe que la contratación de una obra exige siempre por parte del promotor, el certificado de estar al corriente). Es decir, como el vieja film "NO HAY SALIDA". ¿o quizá alguno/a pueda darme una respuesta?


Desconectado santoss

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Re: CONCURSO DE ACREEDORES
« Respuesta #1 en: 16 de Julio de 2009, 10:16:24 am »
Es que no hay salida, hay una ley concursal del año 2003 que establece un sistema de preferencia de cobro en función de si el acreedor es una acreedor privilegiado, especial o subordinado. Ahí acaba tdo. No obstante creo que hay segunque casos que los acreedores de la empresa tienen preferenci ade cobro incluso por encima de la AEAT o de la SS.

Desconectado rucio

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Re: CONCURSO DE ACREEDORES
« Respuesta #2 en: 16 de Julio de 2009, 10:28:52 am »
Lo cierto es que la institución del concurso, en última instancia, tiene como fines, muy claros según la exposición de motivos, la continuidad de la actividad de la empresa, el mantenimiento del empleo y todo ello en el marco de la satisfacción de los acreedores. Y en la práctica estos fines fracasan, precisamente por las trabas legales que no ha sido capaz de resolver ese universo que es el concurso. Si al concursado se le permite cobrar sus deudas, sin los inconvenientes del certificado de estar al corriente, y al concursado se le permite seguir su actividad, superará, seguramente, su situación de insolvencia, que es precisamente lo que ha pretendido presentado el concurso (hablamos de concurso voluntario, naturalmente). Yo entiendo, por tanto, que es contrario a la espíritu de la ley, interferir, mediante obligaciones que tienen su origen en la legislación ordinaria, en el mundo del concurso, que como se conoce es un juicio universal que tiene sus propias reglas.   

Desconectado frnjln

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Re: CONCURSO DE ACREEDORES
« Respuesta #3 en: 31 de Julio de 2009, 08:17:34 am »
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