Ius, gracias por tu respuesta.
A ver, imaginemos que la denuncia ha sido en un espacio protegido, no urbanizable, etc..., así que funcionarios de la Administración Autonómica han denunciado todo esto. La Consejería de Medio Ambiente (que depende de la CC.AA. está asociada a Vivienda, a Industria o Energía) es la que resuelve estos aspectos. Todo esto puede ser denunciado según la Ley de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Protegidos. (Aparte serían las distintas denuncias, que por ejemplo, pudiera poner el Seprona o Confederación, por el tema del agua)
Yo lo que quiero saber es si en la resolución a esa denuncia, pueden sobreseerla, por ejemplo, basándose en tres cosas (sin nombrar las otras dos que también constaban en la denuncia).
Y si, supuestamente, la resolución debe ser motivada, pero ese sería otro tema distinto (tendría que abrir otro post).
No sé si me he explicado bien.
Gracias