;

Autor Tema: titulo familia numerosa y separados  (Leído 3501 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado gga

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 42
  • Registro: 13/10/07
titulo familia numerosa y separados
« en: 23 de Noviembre de 2010, 19:56:29 pm »
Tengo una duda son familia numerosa el separado con tres hijas , aunque una  de ellas sea de la1º mujer y vivan en distintas ciudades , tiene derecho a considerarse familia numerosa en relacion a matriculas de universidad  viajes etc , El en realidad tiene que mantener tres hijos.  un saludo.


Desconectado jbr

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 2810
  • Registro: 22/04/05
  • "Hoy puede ser un gran día, plantéatelo así..."
Re: titulo familia numerosa y separados
« Respuesta #1 en: 23 de Noviembre de 2010, 20:21:14 pm »
Hola:

  La protección de la familia numerosa está regulada por la ley 40/2003, de 18 de noviembre, en sus art. 2 y ss, puedes ver si tu sitiación particular está dentro del concepto de familia numerosa o no.

  Por el REAL DECRETO 1621/2005, de 30 de diciembre, se aprueba el reglamento que desarrolla la citada ley.

  Saludos,

   jbr
La mente es como un paracaídas, únicamente funciona cuando se abre.

Desconectado manuelk0

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 3772
  • Registro: 07/03/07
Re: titulo familia numerosa y separados
« Respuesta #2 en: 23 de Noviembre de 2010, 20:27:51 pm »
la separacon no modifica el titulo de familia numerosa ya que en este entra el numero de hijos-as, incluyendo la esposa. en caso de separacion y divorcio lo que se produce una rotura contractual, pero como bien indica la doctrina no es igual a una ruptura vital es decir a las obligaciones y derechos a los cuales se encuentran sometidos. eswo si en mientra no se compruebe lo contrario...... de todas forma ahi esta el estimado JBR todo un enciclopedista en materia de familia, que gracias a sus apuntes, pude disipar gran cantidad de dudas que hoy me ayudan en el conocimiento del derecho internacional privado principalmente en materia civil de matrimonio

                         asi pues a lo dicho y a ambos un saludo :D

Desconectado jbr

  • VIP - Licenciado
  • *
  • Mensajes: 2810
  • Registro: 22/04/05
  • "Hoy puede ser un gran día, plantéatelo así..."
Re: titulo familia numerosa y separados
« Respuesta #3 en: 23 de Noviembre de 2010, 20:35:56 pm »
Estimado manuelko:

  Gracias por el "nombramiento", jajaja. últimamente he optado por introducir el derecho material aplicable a las cuestiones planteadas, en principio, mientras no haya debate sobre su interpretación, porque así se aprende más, creo yo.

  Aunque si  hay duda en la interpretación de la ley es cuando entraría a debatir sobre el asunto.

  Me alegro que hayas utilizado mis apuntes y que te hayan ayudado a superar las asignaturas, saludos cordiales,

   jbr
La mente es como un paracaídas, únicamente funciona cuando se abre.

Desconectado gga

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 42
  • Registro: 13/10/07
Re: titulo familia numerosa y separados
« Respuesta #4 en: 24 de Noviembre de 2010, 15:18:16 pm »
Muchas gracias jbr    La ley dice :
   requisitos:
El padre o la madre separados o divorciados, con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica, aunque no vivan en el domicilio conyugal.

En este supuesto, el progenitor que opte por solicitar el reconocimiento de la condición de familia numerosa, proponiendo a estos efectos que se tengan en cuenta hijos que no convivan con él, deberá presentar la resolución judicial en la que se declare su obligación de prestarles alimentos.
Art 2 punto C ley 40 / 2003
Esta claro que si , solo me falta averiguar que papeles hacen falta para conseguirlo.

Mas informacion que he encontrado:

Además de los requisitos generales en cuanto al número de miembros de la familia numerosa, se han de dar tambien otra serie de requisitos en las personas que componen la familia numerosa. y estos són básicamente los siguientes:

NACIONALIDAD: Han de ser españoles o nacionales de un estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
RESIDENCIA: Han de vivir en España o al menos uno de los padres trabajar en Esapaña.
EDAD Y ESTADO CIVIL: Solteros menores de 21 años, ampliables a los 25 por razón de estudios.
CONVIVENCIA: Han de convivir con sus ascendientes, sin perjuicio de las excepciones por divorscio.
DEPENDENCIA ECONÓMICA: Han de depender de sus ascendientes, salvo que sus ingresos sean inferiores al salario mínimo interprofesional o sus padres carezcan de ingresos o sean mayores de 65 años o jubilados con ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
Es importante señalar que no se puede pertenecer a dos unidades familiares de forma simultánea.

un saludo , gracias por la ayuda.
     

Desconectado kakun

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 154
  • Registro: 15/11/06
  • www.uned-derecho.com
Re: titulo familia numerosa y separados
« Respuesta #5 en: 25 de Noviembre de 2010, 08:52:05 am »
 La ley de presupuestos del estado  la ha modificado. A partir del 1 de Enero son familias numerosas los separados o divorciados con dos hijos, se ha modificado la ley, metete aqui, esta estupendo  No puedes ver los enlaces. Register or Login.

Un saludo.

Desconectado manuelk0

  • Super Usuario
  • ******
  • Mensajes: 3772
  • Registro: 07/03/07
Re: titulo familia numerosa y separados
« Respuesta #6 en: 25 de Noviembre de 2010, 16:09:04 pm »
voy a tener que afiliarme al BOE pues aqui modificamos leyes y no nos enteramos. Ayer asisti a una conferencia sobre el 25 de Noviembre dia de la Violencia de genero y me entero en pleno debate, que dicho sea de paso gran parte de ello no se sustenta en nada, de que el proximo mes se modifica una parte del Cp en materia de acoso sexual como consencuencia del desarrollo de la ley de violencia de genero. Pero claro esto seria para otro hilo ¿si el acoso sexual viniera de la mujer como se interpretaria?. Me temo que no es un buen dia para hacer el llamamiento de una vez por toda a que se termine la lacra de la violencia de genero y mucho menos con estas modificaciones legales que en gran parte no se hacia donde mira el Constitucional.... pero a lo dicho eso seria un comentario que hare en el foro juridico.

                                                                              un saludo