Pero pensemos una cosa: si se produce un control policial y te dice la Guardia Civil que le acompañemos a las dependencias para realizar un INTERROGATORIO ¿vamos o no vamos?; si no vamos ya sabemos lo que dice el CP y si nos violentamos un poquito más de la cuenta pues ya sabemos lo que dice el CP (esto Guardia Civil y FCSE)
Pues imaginemos que tenemos CITACIÓN JUDICIAL en causa criminal para otra diligencia como es el reconocimiento, cómo no vamos a ir, cómo va a ser facultativo. Si no vamos ya sabemos lo que dice el CP.
Otra cosa será que sea de forma arbitraria, sin protocolo, sin principio de legalidad, sin seguridad jurídica, en violación de derechos fundamentales, sin garantías jurídicas y de derensa (para eso están los abogados, las impugnaciones, los recursos, hacer constar protesta, han de asisitir al acto personas detemrinadas y en determinado número etc)
Pero la norma general no será la arbitrariedad de un Juez de Instrucción, sino legalidad y garantías mínimas, secillamente porque se juega el puesto y cargarse el procedimiento él sólo.
Nadie defiende aquí la arbitrariedad, los abusos, la falta de garantías, ni la violación de derechos fundamentales. Pensemos, o al memos yo quiero pensar, que aquello de "Habla NANI, habla que te mato, que te mato, habla NANI, por mi madre que te mato, te mato" en una de tantas las salvajadas policiales de no hace mucho tiempo en un interrogatorio...