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Autor Tema: Que sancion se me va aplicar  (Leído 2403 veces)

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Desconectado fransub2

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Que sancion se me va aplicar
« en: 19 de Mayo de 2012, 12:19:49 pm »
HOla me llamo Fran y me gustaría que me aconsejasen con este problema. Este dia 17 me lleve al trabajo mi bicicleta, totalmente nueva la había comprado esa misma mañana. Con la mala suerte que en el almacén la apoye en la toma de corriente, siempre hemos pensado que era seguro ya que tiene un extintor enganchado y junto a el una escalera metálica, para rematar hay un grifo de agua donde se llenan los cubo a 40 cm. Nunca pensé que fuera tan peligroso y ni mis compañeras y no tiene ninguna etiqueta que lo indique, esta justo al paso de mis compañeras he incluso se han apoyado y rozan los cables a diarios. Ese mismo dia llega mi jefe y me dice que eso no lo puedo hacer, le comunico que no ha sido mi intención ya que pensaba que eso tenia sus medidas de seguridad. Me llama el supervisor y me van a sancionar. Le comento que si yo supiese que fuese tan peligroso jamás la hubiese puesto y menos si esta en peligro mi vida.


Desconectado amartin654

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Re: Qué sanción se me va aplicar
« Respuesta #1 en: 19 de Mayo de 2012, 14:32:30 pm »
En qué crees tú que pudiera basarse la imprudencia cometida?
Qué daños se han producido?
Quién te va a sancionar?
Dónde trabajas?
Saludos.


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Desconectado palangana

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Re: Qué sanción se me va aplicar
« Respuesta #2 en: 19 de Mayo de 2012, 14:40:09 pm »
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En qué crees tú que pudiera basarse la imprudencia cometida?
Qué daños se han producido?
Quién te va a sancionar?
Dónde trabajas?
Saludos.

1) En la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, seguridad e higiene en el puesto de trabajo. (Otra cosa es que se cumpla o no por el empresario la carga que a él corresponde en dicha materia y que se cumpla o no el tipo)

2) Se califica por el riesgo y el incumplimiento de la normativa, no por el resultado.

3) El empresario dentro del ámbito de dirección empresarial que le concede nuestro OJ y dentro de la facultad sancionadora que tiene conferida.

4) Es irrelevante donde trabaje.

Lo que tiene que hacer es que cuando le venga la sanción impugnarla en tiempo y forma. Mostrar no conformidad por los motivos "x", que para eso SÍ que hace falta ver la sanción laboral del empresario.

Por lo demás, a ver si fuera posible contestar jurídicamente, porque si a cada dos por tres contestamos a inquietudes de quien pregunta con otros interrogantes, pues como que no es muy elegante y, además, poco o nada ayuda.

Gracias y un saludo cordial.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Atlanta

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Re:Que sancion se me va aplicarabl
« Respuesta #3 en: 19 de Mayo de 2012, 16:25:18 pm »
La LPRL no establece absolutamente nada sobre donde aparcara  las biciclentas nuevas.

Sí establece que las empresas tendrán que hacer una planificación de los Riesgos inherentes a los puestos y lugar de trabajo, para ello deberan llevar a cabo una EIRL, y suscesivas modficaciones conforme haya algún cambio en organización, adquisición nuevos equipos...

Por otro lado el empresario está obligado por la ley citada de formar e informar a sus trabajadores de los riesgos inherentes a su puesto de trabajo, así como de las medidas que deben adoptar para eliminar dichos riesgos o minimizarlos.

Por lo cual si el compañero estaba formado e informado del riesgo que podría acaecer con el apoyo de la bicicleta (en donde sea) podría ser sancionado, la LPRL establece que el incumplimiento de las obligaciones en materia de prevención de riesgos por parte de los trabajadores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el art. 58.1 del ET, casi todos lo CC lo recogen como falta muy grave, motivo de despido disciplinario.

Por el contrario se al compañero no se le había formado e informado no ha existido ningún incumplimiento y no debe ser sancionado, aún así como dice Palangana si el empresario en su potestad de organización y dirección de la empresa decide sancionarle,  debe impugnarla en tiempo y forma.

Saludos.

Si el creador puso nbspnbsp límites a la inteligencia humana, parece injusto que no haya señalado también límite a su estupídez.

Desconectado palangana

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Re:Que sancion se me va aplicarabl
« Respuesta #4 en: 19 de Mayo de 2012, 18:11:43 pm »
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La LPRL no establece absolutamente nada sobre donde aparcara  las biciclentas nuevas.

Saludos.

Anda que...

Esto es como el que acaba Derecho, monta un despacho con una biblioteca impresionante de Manuales y Códigos, y cuando le sale un caso de incumplimiento contractual de una pollería...se va a un Notario y le pregunta que como es posible que en todo el material que dispone no haya ni un sólo caso de pollos contemplado por el legislador.

Un saludo.
Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.

Desconectado Atlanta

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Re:Que sancion se me va aplicar
« Respuesta #5 en: 19 de Mayo de 2012, 18:48:08 pm »
Siguiendo tu ejemplo,  si el cliente con el conflicto de los pollos va a dicho abogado pidiéndole que le asesore y el letrado le pasea por su ilustrisima biblioteca y le dice: la respuesta  a su conflicto está aquí querido amigo.
Saludos.
Si el creador puso nbspnbsp límites a la inteligencia humana, parece injusto que no haya señalado también límite a su estupídez.

Desconectado palangana

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Re:Que sancion se me va aplicar
« Respuesta #6 en: 19 de Mayo de 2012, 18:55:34 pm »
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Siguiendo tu ejemplo,  si el cliente con el conflicto de los pollos va a dicho abogado pidiéndole que le asesore y el letrado le pasea por su ilustrisima biblioteca y le dice: la respuesta  a su conflicto está aquí querido amigo.
Saludos.

El Abogado le puede decir al cliente lo que quiera...pero el caso es que luego no encuentra la normativa aplicable, que no es otra que OBLIGACIONES Y CONTRATOS positivado en nuestro CC.

Pero no nos desviemos. No era más que un broma metafórica...quería decir con ello que claro que LPRL no establece nada de bicicletas, pero establecerá algo sobre riesgos en el trabajo, precauciones con temas de electricidad y agua, sobre extintores, sobre uso de las instalaciones etc, no ?

Por eso decía que hay que hay que ver el escrito de sanción, para atacar si el empresario no ha cumplido con las cargas que a él le corresponden y para atacar si el reproche encaja en el tipo o no.

Un saludo cordial.

Algo bueno en 2020, otra vez, Sevilla FC.