Hola de nuevo,
no, de entrada hay cosas que no me parecen muy normales o al menos que no mencionas. ¿Cuando os detuvieron os asistió Abogado de vuestra elección o bien se os asignó Abogado de guardia del Turno de Oficio? Si habéis estado en dependencias de las FCSE declarando en condición de detenidos o estáis declarando como denunciados, lo que teniáis que haber hecho es no declarar nada y exigir a un Abogado. En cuanto a que nos den copia de vuestra declaración, tampoco es normal, porque os tienen que mostrar lo que habéis dicho y si estáis de acuerdo o no con lo transcrito. Si un Abogado especialista en la materia hubieese estado allí asistiendo, no hubiese podido intervenir en la declaración, pero sí una vez declarado indicar "esto no lo ha dicho así, esto no lo ha dicho, esto se dijo y no se ha puesto, realizar que consta en acta discrepancia etc etc"
Como denunciados tenéis derecho a toda prueba, para poder contradecirla en su momento...atestado, denuncia, declaraciones, aclaraciones etc etc, desde el primer momento de la imputación. Si no os dan traslado de alguna prueba o actuaciones procesales, estamos ante indefensión, que deja abiertas ante una eventual sentencia de condena el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, después casación al Supremo y, acaba ésta la vía de la jurisdicción penal ordinaria, el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por vulneración del derecho de defensa.
Un saludo cordial.