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Autor Tema: Validez legal y plazos del burofax  (Leído 7613 veces)

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Desconectado cesgar

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Validez legal y plazos del burofax
« en: 14 de Mayo de 2013, 12:12:32 pm »
Buenos días a todos:

Me gustaría saber si hay jurisprudencia respecto al uso y plazos del burofax. En concreto expondré mi caso y agradeceré toda la información que se me pueda dar al respecto:

Vivo en la Comunidad Valenciana y me presenté a unas oposiciones de secundaria en 2010 en Canarias. En el apartado de méritos no me valoraron algunos de ellos, a pesar de que en otras oposiciones de otras comunidades autónomas y con las mismas bases, sí se me reconocieron en su día, como he podido demostrar con documentación compulsada. En concreto, un certificado de servicios expedido por el Ministerio de Educación, por servicios docentes en el extranjero carecer de dia/mes/año de toma de posesión y cese. En el certificado simplemente se decía 3 cursos académicos completos de 2004 a 2007.

Se dio un plazo de 2 días hábiles (lunes y martes) para reclamar y conseguí que la Consejería de Educación de la Embajada de España expidiera un nuevo certificado con el formato que pedían y les solicité que, a parte de enviarme el original por correo urgente, notificaran a la Consejería de Educación de Canarias el envío de ese nuevo certificado y adjuntarles una copia del mismo vía fax.

Al mismo tiempo, un compañero funcionario se presentó en la Consejería y expuso mi problema a la funcionaria de turno, que le recomendó que si no podía entregar en mano la documentación, la enviara por burofax con acuse de recibo y declaración de contenido. Cosa que así hice y por la cual dicho compañero prestó testimonio en el juicio posterior.

Recibí el certificado original en el día 2, martes y, como me encontraba en Valencia lo envié por burofax. Sin embargo, le dieron entrada en su registro el miércoles, por lo que el tribunal determinó que se había enviado fuera de plazo y no lo tuvieron en cuenta, a pesar de que la resolución final se publicó un viernes.

La cuestión es que he ganado en el TSJ y ahora me han recurrido en casación ante el TS. Mi pregunta es: ¿hay legislación sobre casos tan concretos como el mío? ¿Sería alguien tan amable de indicarme si hay jurisprudencia al respecto?

Pienso que tengo la razón porque hice todo lo que estaba en mi mano para demostrar que reunía documentalmente los méritos que solicitaba y ahora me encuentro indefenso y desesperado. Muchas gracias de antemano.


Desconectado Liberto

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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #1 en: 14 de Mayo de 2013, 13:25:11 pm »
¿Cuál ha sido la argumentación del TSJ?

En cualquier caso, entendería que en este caso lo que vale es la fecha de entrada en la administración receptora, no en la administración destinataria, dado que si no fuera así no tendría sentido el procedimiento administrativo.

Ilústranos un poco tu caso con los argumentos de tu abogado y los de la sentencia del TSJ.

Un saludo
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Desconectado cesgar

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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #2 en: 15 de Mayo de 2013, 10:51:41 am »
Buenos días:

Gracias por la respuesta y la pregunta. Como comenté, se dieron 2 días hábiles de plazo : lunes 26 y martes 27 para subsanar errores. Yo recibí de la Consejería de Educación de la Embajada de España en Washington el certificado con el formato que pedía la Consejería de Educación Canaria el martes 27 y ese mismo día lo envié por burofax con acuse de recibo y declaración de contenido el martes 27. Tuve muchísima suerte de que eso me llegara tan rápido.

El caso es que la sentencia del TSJ de Canarias no se moja mucho y dice:

"SEGUNDO.- El demandante presentó, mediante burofax enviado dentro de los dos días de plazo señalados en la convocatoria, documentación por la que subsanó el defecto de acreditación de los méritos certificado de la Escuela Oficial de Idiomas, seminario El patrimonio artístico y cultural y servicios prestados como profesor vistante en EEUU. Dicha documentación es suficiente y acredita suficientemente los méritos alegados".

La cuestión a decidir es si deben tenerse por presentados los documentos dentro de plazo, puesto que las bases de la convocatoria exigían que se presentara la documentación en determinados registros, y no por cualquiera de las vías previstas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento de Administrativo Común.

La previsión en las bases de la convocatoria de un lugar para la entrega de la documentación, a fin de agilizar el procedimiento selectivo, y evitar esperas por la llegada sucesiva de documentos, es una medida razonable. Ahora bien, el plazo previsto en la convocatoria de subsanación pudiera hacer inviable estre trámite para aquellas personas que no residan en territorio insular o lo hagan en islas no capitalinas. (Esto se refiere a que la documentación de subsanación sólo se podía entregar en la delegación de la Consejería de Educación en santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria).

La observación  de unos plazos debe hacerse siempre teniendo en cuenta la finalidad para la que se estableció, sin que el cumplimiento del plazo sea un fin en sí mismo. La documentación fue recibida por el Tribunal al día siguiente de expiración del plazo (miércoles 28), con lo cual la tuvo presente en el momento de revisar las valoraciones de los aspirantes y así se deduce del documento obrante al folio 105, donde el Tribunal no revisar la puntuación del demandante por considerarse fuera de plazo, y del hecho de aprobarse la lista de seleccionados el viernes 30 de julio. Por tanto, no había ninguna dificultad en valorar la documentación porque la recepción al día siguiente de expiración del plazo (a las 11.00 de la mañana) no entorpecía la buena marcha del procedimiento.

Por otra parte, no se infringió el principio de igualdad porque el demandante no disfrutó de un plazo superior a los demás aspirantes para entregar la documentación. La presentación de la documentación la hizo, además, mediante un servicio público que se compromete a la entrega inmedianta del envío.

En consecuencia, quien no antiende a la exigencia de presentación de la documentación en un determinado lugar, debe soportar las consecuencias de una recepción tardía, no teniendo derechoa que se retrotraiga la marcha del procedimiento selectivo. Pero si la documentación es finalmente recibida antes de que el Tribunal se reuna para la revisión de las valoraciones, y con ello no se entorpece la marcha del procedimiento, debe ser admitida y examinada, siempre que la misma hubiera sido entregada dentro del plazo previsto en la convocatoria y el interesado no obtenga ninguna ventaja respecto a los demás aspirantes con este proceder.

(...)

FALLO

ESTIMAMOS el recurso contencioso-administrativo núm. 194/2011, anulando la resolución impugnada y ordenando que se valoren al demandante los méritos indicados, dándole lugar en la lista de aspirantes que corresponda sin imposición de costas (...)


Agradeceré cualquier aclaración que puedas darme al respecto y sobre todo, si hay precedentes favorables en casos similares en el TS. De nuevo mil gracias y un saludo,

Desconectado Liberto

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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #3 en: 15 de Mayo de 2013, 13:24:43 pm »
Aquí va jurisprudencia de interés:

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Por otro lado y por lo que he buscado, más que jurisprudencia, tienes normas taxativas a tu favor:

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Arts. 2,3 y 4.

Sobre todo el artículo 4 "Efectos de la presentación".


Y además:

Real Decreto 1829/1999 sobre el servicio postal en su art. 31:

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Los envíos aceptados por el operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal, siguiendo las formalidades previstas en este artículo, se considerarán debidamente presentados, a los efectos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en su normativa de desarrollo.


Espero que te sirva de ayuda.

Un saludo
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Desconectado Liberto

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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #4 en: 15 de Mayo de 2013, 14:04:46 pm »
Luego intento buscarte algo más de jurisprudencia.
Un saludo
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Desconectado cesgar

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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #5 en: 15 de Mayo de 2013, 18:47:52 pm »
Hola Liberto:

Antes que nada, muchísimas gracias por la información. Le he echado un vistazo por encima y me parece bastante valiosa. Sin embargo, quiero profundizar en precedentes legales que se refieran concretamente a:

1) Procedimientos selectivos (oposiciones) de educación: infantil / primaria / secundaria
2) Reclamaciones / subsanación de errores vía burofax
3) Plazo de validez: imposición o recepción?

Por si sirve de algo, el abogado de la parte demanda (la Consejería de Educación) argumenta:

Art. 9.2 del RD 276/2007 establece que:
"Las bases de las convocatorias vincularán a la Administración, a los órganos de selección y a quienes participen en ellas".
(...)
En este sentido entendemos vulnerada la jurisprudencia del Tribunal Supremo que reiteradamente se ha referido a las bases de una convocatoria como la "Ley del concurso o de la oposición" aclarando que constituyen la lex especialis del proceso selectivo al que han de regir, en tanto en cuanto no presenten una vulneración de preceptos de rango superior, y sea aceptada ímplicitamente por los concursantes por su mera participación, habiendo proclamado en este sentido que las bases no impugnadas obligan como si fuera su ley".

Se agradece de antemano cualquier luz en este asunto. Recibe un cordial saludo.

Desconectado Liberto

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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #6 en: 15 de Mayo de 2013, 19:48:29 pm »
¿Me puedes enviar la sentencia completa?
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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #7 en: 16 de Mayo de 2013, 11:35:53 am »
Buenos días otra vez:

La sentencia la tengo en PDF, pero por desgracia parece que no deja adjuntrla. ¿Cómo lo hago para hacértela llegar? No es muy larga 2-3 páginas. Ya me dices y como siempre, muchas gracias de nuevo. Un saludo

Desconectado Liberto

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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #8 en: 16 de Mayo de 2013, 12:32:04 pm »
Envíamela al mail lan.free1989@gmail.com

Un saludo
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Re:Validez legal y plazos del burofax
« Respuesta #9 en: 17 de Mayo de 2013, 10:08:39 am »
Buenos días, Liberto:

Te he mandado ya al mail una copia en PDF de la sentencia. Por si va a la bandeja de correo no deseado, mi mail es: cesgarpl@hotmail.com

Un saludo y feliz fin de semana!!!