Yo poco te puedo ayudar salvo preguntando a mi profesor de laboral de práctica jurídica y lo que he visto en juicios.
El otro día estuve en los Jurisdicción Social en Madrid, creí entender que hay presentado un recurso de inconstitucionalidad contra ese tipo de contrato por ser discriminativo y que el juez o secretario de turno al intentar conciliar a las partes lo dejaban muy patente para que llegaran a acuerdo las partes rebajando trabajador y empresa.
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Si el despido es objetivo, la empresa tiene que justificar que sus cuentas por perdidas, ¿ te notifico con el despido algún balance o memoria o cuentas anuales? Si realmente hay perdidas el Juez estima la prueba como válida.
Si dices es por causas personales, debes demostrarlo, si tienes e-mails, testigos o alguna prueba.
Lo que aprendí es que los contratos o despidos no son lo que lo llamen las partes sino lo que estime el juez, que la empresa lo llame despido objetivo no tiene por qué serlo.
Vi un caso de una empresa que empezó con despido objetivo económico, luego intento que fuera organizativo, y además habló de la incompetencia y la falta de reciclaje del trabajador o que había finalizado un proyecto que no había acabado u otro caso que la empresa había puesto nuevas ofertas y contratado personas a través de páginas de oferta laboral para esos puestos.
La verdad que yo si fuera tú reclamaría... Aquello es como un mercado, tienes tu cifra máxima que es lo lo que piensas por despido improcedente y la mínima que es despido objetivo y luego se va bajando y la empresa acepta o no dependiendo del grado de cabezonería, a veces hasta llaman por teléfono al Jefe de turno o Directivo para pedir permiso, pero los jueces o secretarios advierten si no concilian las partes que les puede salir rana.