Buenos días, mañana es el examen y tengo dos dudas de algo que perfectamente puede caer en el supuesto práctico:
Primera: Fulano vende a Mengano una finca rural que tiene en gananciales con su mujer... pero efectúa el contrato de compraventa sin conocimiento de su mujer... es eficaz esa venta?
Segunda: Un matrimonio rechaza una oferta de compra de una casa de campo que tiene, pero días después reciben una llamada anónima e intimidatoria en la que les dicen que si no venden su hijo va a sufrir en accidente.
Sobre la intimidación no hay duda de que es verdad y lo suficientemente grave, y a resulotas de ella, el matrimonio decide vender la vivienda. La pregunta es si es eficaz esa compraventa? y si les cabe alguna opción al matrimonio de anular la venta y recuperar la propiedad vendida?
Gracias de antemano a todos
Se trata de contratos que, en principio son eficaces si concurren los elementos esenciales del art. 1261, pero que devienen invalidos por la existencia de circunstancias intrínsecas a cualquiera de estos elementos.En ámbos casos se trata de contratos anulables:
El primero, por faltar el consentimiento del conyuge, necesario para enajenar bienes gananciales.
El segundo, por vicio del consentimiento o voluntad.
Procede la acción de anulabilidad (4 años,caducidad), cuyo cómputo se inicia desde la perfección del contrato o desde el momento en que se disuelve la sociedad conyugal (primero),o cesa la intimidación (segundo).
Por cierto, el examen es mañana o el viernes?
En el primero,