Bajo mi punto de vista, la sustittución de la prueba tasada por la libre valoración, atendiendo a lo expuesto en la página 174 del manual de la asignatura, que la configura como una consecuencia del manifiesto ideológico liberal de democratización de la justicia, todo esto explicado en el tema del Tribunal del Jurado, lo que quiere decir sencillamente, es que los jurados a la hora de dar su veredicto no tendrán que atenerse únicamente a una prueba pericial estrictamente o a una declaración de un testigo, sino que podrán hacer una libre valoración de toda la prueba en su conjunto. De hecho, como podrás comprobar en la página 180 del mismo tema 10, el jurado tiene la obligación de motivar el veredicto, de lo que se desprende igualmente que no tiene porqué basarse en unas pruebas tasadas, esto es, unas pruebas concretas.
Creo que estoy en lo cierto y espero haberte ayudado, no obstante, si consideras que estoy equivocado, te ruego que me lo indiques en una continuación a este post. Un saludo y mucha suerte.