Comañeros juristas, paso a comentar un caso real que me he encontrado, para que me déis vuestra opinión del asunto, que aún no he cursado derecho laboral y me pilla un poco verde.
Tras un año trabajando como auxiliar administrativo y tras varios problemas con un jefe un tanto especial, Fulanito es despedido. Para ahorrarse problemas, que ya bastantes le había acarreado su situación laboral, decide facilitar el proceso de despido (aunque injusto). Fulanito no recibe liquidación alguna, y no solo eso, sino que la empresa le 'castiga' a pagar unos gastos provocados por una supuesta negligencia en su trabajo. Fulanito, por presión firma:
- En primer lugar, una carta de despido en la que aparece como motivo del despido el fin del periodo de prueba, cuando hacía meses que este periodo ya había terminado y en aquel momento estaba con contrato indefinido.
- En segundo lugar, el correspondiente finiquito (jamás cobrado) en el que aparece un anticipo de nómina que corresponde con la sanción que os comentaba.
Un año después, el jefe siniestro se pone en contacto con Fulanito para que firme otra carta de despido distinta (pero con la fecha de la carta orginaria) en la que Fulanito debe reconocer que ha cometido numerosas negligencias falsas y que este es el motivo de su despido. Supuestamente la Seguridad social le pide esa carta, por qué no lo se.
Mi pregunta es la siguiente, se trata de un despido improcedente o nulo? Por no cumplir los requisitos formales de la carta de despido pasa algo? Aunque haya pasado un año, puede Fulanito reclamar alguno de sus derechos por la vía judicial?
Así esta el mundo laboral compañeros... Aquí hay mucha mala fé, y soy una defensora a ultranza de las causas perdidas. Gracias de antemano!