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Autor Tema: Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)  (Leído 134597 veces)

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Desconectado aquienseleocurre

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #620 en: 25 de Mayo de 2015, 10:25:14 am »
13 de 19, si contestas las 20, con 13 acertadas palmas.

Por cierto, alguién más sigue sin nota de la PEC?


Desconectado SaraFuertes

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #621 en: 25 de Mayo de 2015, 10:41:12 am »
Nada, soy de Cartagena y mañana me presento y no tengo la nota de la PEC

Desconectado aquienseleocurre

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #622 en: 25 de Mayo de 2015, 10:52:03 am »
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Nada, soy de Cartagena y mañana me presento y no tengo la nota de la PEC

Pues mañana coincidiremos en Cartagena, mucha suerte Sara y gracias por tus aportaciones.

Por cierto, en el recopilatorio que subiste a apuntes temporales, la pregunta 12 puede que esté mal?
12. El riesgo durante el embarazo: "es el período de suspensión  del contrato de trabajo en los supuestos en que, por enfermedad de la mujer embarazada, le es imposible ejercer su trabajo"

No sería más correcta: "debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su estado, dicho cambio no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados."


Desconectado dangoro

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #623 en: 25 de Mayo de 2015, 10:55:23 am »
Se refiere con lo de 13, a que es mejor contestar 13 que 12.

Supongamos que estamos en el examen y contestamos a 12 preguntas que creemos que tenemos bien. Con eso tenemos un 6. Ahora bien,  supongamos que a pesar de creer que las tenemos bien, resulta que tenemos una mal. Entonces tendríamos 5,25 de nota. Y estando  en ese punto decidimos contestar una pregunta mas, que dudamos entre dos, por ejemplo, y cachis la fallamos también. Pues la nota sigue siendo un 5. Es decir, estando en 12 no pasa nada por intentar contestar 13, como si es a boleo. Lo unico que podemos es ganar algo, pero el aprobado lo tenemos igual.

Es que puede resultar incluso de aprobar el examen por contestar esa de mas. Imaginemos que contestamos 12 y en lugar de una, tenemos dos mal. Estaríamos suspensos. Y decidimos contestar 13 y resulta que la acertamos, pasaríamos del suspenso al aprobado.

Así que para los que vayan a contestar solo 12, pues porque no se saben mas en el examen, que contesten 13, no pueden perder pero si ganar.

Resumiendo, 12+1 fallo y 13+2 fallos: Son aprobados.

Pero lo mejor es contestar a todas las que se saben, si son 20 mejor que 13.

Desconectado SaraFuertes

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #624 en: 25 de Mayo de 2015, 11:00:56 am »
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Pues mañana coincidiremos en Cartagena, mucha suerte Sara y gracias por tus aportaciones.

Por cierto, en el recopilatorio que subiste a apuntes temporales, la pregunta 12 puede que esté mal?
12. El riesgo durante el embarazo: "es el período de suspensión  del contrato de trabajo en los supuestos en que, por enfermedad de la mujer embarazada, le es imposible ejercer su trabajo"

No sería más correcta: "debiendo cambiar de puesto de trabajo o de actividad por otro compatible con su estado, dicho cambio no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados."
si es más correcta como dices tu.
Yo recopilé los test interactivos. No hice yo las preguntas. Iba pregunta por pregunta cortando y pegando preguntas y respuestas que dan por correctas. Muchas como verías están repetidas. Y hay una que luego lei imprimido y yo no sé si está bien. Lo que pasa que se me olvidó apuntarla, no sé si es la que dices tu u otra, si veo algo te digo.
Haz los test interactivos que puso Dangoro!
Y si eres de la UNED de Cartagena, pues a ver si al salir  cuando estamos ahí todos comparando los exámenes nos conocemos.

Desconectado SaraFuertes

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #625 en: 25 de Mayo de 2015, 11:03:56 am »
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Se refiere con lo de 13, a que es mejor contestar 13 que 12.

Supongamos que estamos en el examen y contestamos a 12 preguntas que creemos que tenemos bien. Con eso tenemos un 6. Ahora bien,  supongamos que a pesar de creer que las tenemos bien, resulta que tenemos una mal. Entonces tendríamos 5,25 de nota. Y estando  en ese punto decidimos contestar una pregunta mas, que dudamos entre dos, por ejemplo, y cachis la fallamos también. Pues la nota sigue siendo un 5. Es decir, estando en 12 no pasa nada por intentar contestar 13, como si es a boleo. Lo unico que podemos es ganar algo, pero el aprobado lo tenemos igual.

Es que puede resultar incluso de aprobar el examen por contestar esa de mas. Imaginemos que contestamos 12 y en lugar de una, tenemos dos mal. Estaríamos suspensos. Y decidimos contestar 13 y resulta que la acertamos, pasaríamos del suspenso al aprobado.

Así que para los que vayan a contestar solo 12, pues porque no se saben mas en el examen, que contesten 13, no pueden perder pero si ganar.

Resumiendo, 12+1 fallo y 13+2 fallos: Son aprobados.

Pero lo mejor es contestar a todas las que se saben, si son 20 mejor que 13.

Suspendiste por mucho el año pasado? yo suspendí por contestar de más. Tenia 10 bien pero suspendí. Las estrategias de puntos se me dan fatal.

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #626 en: 25 de Mayo de 2015, 11:04:29 am »
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Se refiere con lo de 13, a que es mejor contestar 13 que 12.

Supongamos que estamos en el examen y contestamos a 12 preguntas que creemos que tenemos bien. Con eso tenemos un 6. Ahora bien,  supongamos que a pesar de creer que las tenemos bien, resulta que tenemos una mal. Entonces tendríamos 5,25 de nota. Y estando  en ese punto decidimos contestar una pregunta mas, que dudamos entre dos, por ejemplo, y cachis la fallamos también. Pues la nota sigue siendo un 5. Es decir, estando en 12 no pasa nada por intentar contestar 13, como si es a boleo. Lo unico que podemos es ganar algo, pero el aprobado lo tenemos igual.

Es que puede resultar incluso de aprobar el examen por contestar esa de mas. Imaginemos que contestamos 12 y en lugar de una, tenemos dos mal. Estaríamos suspensos. Y decidimos contestar 13 y resulta que la acertamos, pasaríamos del suspenso al aprobado.

Así que para los que vayan a contestar solo 12, pues porque no se saben mas en el examen, que contesten 13, no pueden perder pero si ganar.

Resumiendo, 12+1 fallo y 13+2 fallos: Son aprobados.

Pero lo mejor es contestar a todas las que se saben, si son 20 mejor que 13.

Gracias Dangoro! Ya me he enterado mas  ;D
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Desconectado aquienseleocurre

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #627 en: 25 de Mayo de 2015, 11:07:12 am »
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si es más correcta como dices tu.
Yo recopilé los test interactivos. No hice yo las preguntas. Iba pregunta por pregunta cortando y pegando preguntas y respuestas que dan por correctas. Muchas como verías están repetidas. Y hay una que luego lei imprimido y yo no sé si está bien. Lo que pasa que se me olvidó apuntarla, no sé si es la que dices tu u otra, si veo algo te digo.
Haz los test interactivos que puso Dangoro!
Y si eres de la UNED de Cartagena, pues a ver si al salir  cuando estamos ahí todos comparando los exámenes nos conocemos.

Ok, mucha suerte y mañana nos vemos en cafetería al salir del examen

Desconectado dangoro

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #628 en: 25 de Mayo de 2015, 11:08:32 am »
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Suspendiste por mucho el año pasado? yo suspendí por contestar de más. Tenia 10 bien pero suspendí. Las estrategias de puntos se me dan fatal.

En junio suspendí por una y en septiembre por dos.  Y en diciembre era a desarrollar y saque un dos. Asi que con esta asignatura cada vez voy peor. Lo bueno es que ya con el examen de mañana, aun suspendiendola, puedo pedir compensación. Aunque espero aprobarla jajaja.

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #629 en: 25 de Mayo de 2015, 11:12:18 am »
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En junio suspendí por una y en septiembre por dos.  Y en diciembre era a desarrollar y saque un dos. Asi que con esta asignatura cada vez voy peor. Lo bueno es que ya con el examen de mañana, aun suspendiendola, puedo pedir compensación. Aunque espero aprobarla jajaja.
cuantas veces te tienes que presentar para la compensación? Que putada. En Diciembre?! Te has quedado este año sólo con 1 o 2 para terminar la carrera? Yo con 3.

Desconectado dangoro

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #630 en: 25 de Mayo de 2015, 11:14:52 am »
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cuantas veces te tienes que presentar para la compensación? Que putada. En Diciembre?! Te has quedado este año sólo con 1 o 2 para terminar la carrera? Yo con 3.

Si no recuerdo mal, son 4 veces y tener en un examen al menos un 4. Me quedé con dos, es que en noviembre me ocurrieron varias cosas personales y no logré aprobar ninguna de las dos en diciembre.

Pues nada Sara este año graduados jajajaj. No queda nada.

Desconectado SaraFuertes

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #631 en: 25 de Mayo de 2015, 11:30:46 am »
La diferencia de Residencia y la Estancia es que la primera es con un tiempo superior a 3 meses y la estancia es inferior a 3 meses??. Pero la protección es la misma : prestaciones en especie (enfermedad, maternidad, paternidad)?

Desconectado V.Entenza

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #632 en: 25 de Mayo de 2015, 13:18:46 pm »
Buenos, aquí ya queda poco que hacer, mucha suerte a todos, seguro que conseguimos zafarnos de este ladrillazo. Una vez más quiero agradecer a todos hacerme más fácil la asignatura, mención especial al Gran Dangoro, magnífico trabajo de recopilación de test de el grado de trabajo social, titánico esfuerzo, te deseo suerte especialmente a ti de una vez por todas, ánimo.

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #633 en: 25 de Mayo de 2015, 13:47:49 pm »
Buena suerte, yo voy día 9 a las 16:00, 2º semana

Desconectado monitorio

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #634 en: 25 de Mayo de 2015, 14:41:36 pm »
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cuantas veces te tienes que presentar para la compensación? Que putada. En Diciembre?! Te has quedado este año sólo con 1 o 2 para terminar la carrera? Yo con 3.

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cuantas asignaturas maximo se pueden dejar para diciembre ??

1 o 2 ?

Desconectado salva.soriano

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #635 en: 25 de Mayo de 2015, 14:51:21 pm »
HOLA COMPAÑEROS. ALGUIEN ME PASA LAS PREGUNTAS DE OTROS AÑOS QUE LE ECHE UN OJO... TB VOY A CARTAGENA YO.
salvador.soriano@hotmail.com

muchas gracias

Desconectado monitorio

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #636 en: 25 de Mayo de 2015, 15:02:13 pm »
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HOLA COMPAÑEROS. ALGUIEN ME PASA LAS PREGUNTAS DE OTROS AÑOS QUE LE ECHE UN OJO... TB VOY A CARTAGENA YO.
salvador.soriano@hotmail.com

muchas gracias


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respuesta 9 de este mismo hilo.........vete a la pagina 1 o 2

Desconectado chache

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #637 en: 25 de Mayo de 2015, 17:23:10 pm »
No lo sé cierto si fue el compañero Dangoro el que confeccionó los test interactivos. Sólo queria, si es posible, que el autor del test interactivo subsanara un error en la respuesta de la siguiente pregunta:

11. Los partes de confirmación se expedirán:

a) Dependerá si es enfermedad común o accidente no laboral
b) El primero será al séptimo día de la fecha de la baja y los sucesivos cada siete días
c) El primero será al cuarto día de la fecha de la baja

Da el test interactivo como buena la respuesta C, cuando debería dar como respuesta correcta la B.

Son unos test de 20 preguntas en la que se cuenta el tiempo restante, y que cuya interfaz es blanca y verde.

Espero haberme explicado para que sea reconocido.

Desconectado Jopuc247

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #638 en: 25 de Mayo de 2015, 17:27:13 pm »
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¿Y si te sabes las 20? jajajaajja
Si te sabes las 20, te hago un pedestal en la Cibeles  ;D

Expliqué fatal lo de las preguntas ayer, gracias Dangoro que lo aclaraste estupendamente. Se entiende que es para asegurar el aprobado, si te las sabes todas pues no tendría sentido aplicar el algoritmo.

Suerte y al toro!!!
Be patient and tough; someday this pain will be useful to you

Desconectado Niobyta

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #639 en: 25 de Mayo de 2015, 17:27:43 pm »
Yo creo que b y c serían correctas en base a esto:

Los partes médicos de confirmación de la baja, derivada de contingencias comunes o profesionales, serán expedidos por:

    El facultativo del SPS, cuando se trate de contingencias comunes y en las contingencias profesionales cuya cobertura esté a cargo de la Entidad gestora (INSS o ISM). Dichos partes se extenderán:

        Al 4º día del inicio de la situación de incapacidad y, mientras la misma se mantenga, cada 7 días a partir del primer parte de confirmación, si la incapacidad deriva de contingencias comunes.

        A los 7 días naturales siguientes al inicio de la incapacidad y, sucesivamente, cada 7 días a partir del primer parte de confirmación, si la incapacidad deriva de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

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