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Autor Tema: Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)  (Leído 132793 veces)

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Desconectado Alan1

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1060 en: 09 de Junio de 2015, 23:07:29 pm »
 ;D ;D ;D como se va viendo que se están haciendo abogados, capacidad para argumentar lo mismo y lo contrario...
Yo cada vez que leo un post veo de manera diferente la misma cosa  ;D ;D ;D

Líbrame Dios de la justicia de los hombres  ;D


Desconectado antoñin26

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1061 en: 09 de Junio de 2015, 23:17:15 pm »
acabare la carrera y no me enterare....gracias por la respuesta kk21...si dan por buenas esas me la quite a la primera este toston...gracias a todos. ;) ;) ;)

Desconectado Picapleito

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1062 en: 09 de Junio de 2015, 23:25:21 pm »
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Eso y a la filtración que hice del examen de la asignatura de Trabajo Social ayer jajaja, han repetido 7 u 8 ....fue másv complicadillo
que el de 1º semana, qué opináis?

Opino que eres mi idiolo kko21,jaja...es lo único que he hecho de toda la asignatura,el casi examen que subiste y si tenéis razón con la plantilla que habéis confeccionado,aprobaoooo.La 15 puse 21 años,pero no dependo de ella para el aprobao,jaja...un golpe de suerte,es cierto,eso sí a ver si la estudio de verdad,porque así no,así no.Este verano la tengo que leer bien.

Desconectado mannnn

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1063 en: 09 de Junio de 2015, 23:30:10 pm »
Vamos a ver lo de 21 pasa a ser 25, a partir del 1 de enero del 2014, por lo que si no es la c,habri2 respuestas válidas la de los de los 18 años o la de 21 años, ya que en este año 2015 la pensión de orfandad tanto simple como absoluta es de 25 años.

Desconectado mannnn

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1064 en: 09 de Junio de 2015, 23:32:11 pm »
Se entiende q hablo siempre de menores de esa edad, yo puse la de 25 años por descarte ya q un menor de edad de 18 años como el de 21 según esta modificación son sujetos de esa pensión

Desconectado ftm

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1065 en: 09 de Junio de 2015, 23:34:29 pm »
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Se entiende q hablo siempre de menores de esa edad, yo puse la de 25 años por descarte ya q un menor de edad de 18 años como el de 21 según esta modificación son sujetos de esa pensión

Yo he llegado a la conclusión de que el enunciado está mal planteado, porque si es 21 puedes tener 18 que eres beneficiario, si son 25 puedes tener 18 o 21 que también... Falta un "menos de" o un "hasta"

Desconectado Iker014

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1066 en: 09 de Junio de 2015, 23:41:20 pm »
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Bueno, tengo que seguir con otra asignatura, pero yo caí ayer al practicar en el mismo error. Yo no entro en si debía poner "menor de", que probablemente sí. Pero hoy, tal cual está redactada, de esas tres edades solo podría beneficiarse el de 18 años. Sencillamente porque cuando cumples 21 años ya no eres menor de 21 años, eres mayor de 21 años desde tu cumpleaños (incluido ese día. Yo hoy he cumplido 21 años; y como los cumplo, los tengo); por tanto no estoy dentro del grupo de los menores de 21 años, que aún no los han cumplido.
Ahora bien, que la intención del equipo docente era otra a la hora de plantear la pregunta, pues casi seguro. Pero ni más ni menos seguro que como no me den por buena la respuesta A (18 años), voy a impugnar la pregunta hasta el tribunal de la Haya si hace falta.

Un saludo a todos y ojalá den por buenas ambas respuestas, porque también mucha gente he visto que ha puesto 21 años por el mismo error que cometí yo ayer.
Coincido plenamente con Pasteles. Según está redactada la pregunta, solo puede beneficiarse el de 18 años.
Otra fuera, mi agradecimiento a darbon, dangoro y a Marta Calvo, sin los cuales no habría aprobado.
Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado silvia70

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1067 en: 09 de Junio de 2015, 23:49:57 pm »
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A mi me da la sensación de que han hecho un copia y pega y antes de los puntitos se les ha colado la palabra "menos".

Las vueltas que le estamos dando y que cada uno tenga opiniones y ninguna certeza me parece que es bastante significativo

ftm, yo no dependo de esta pregunta para aprobar. Pero si la ley dice que son menores de 21 años, entendemos que una persona con 21 años cumplidos, ya no es menor de 21. Será igual a 21 pero no menor.
Por lo tanto, no puede cobrar la pensión de orfandad si a la fecha del fallecimiento se tiene 21 años, porque ya no es menor de 21 años, y esto es lo que dice la ley.
La certeza nos la da ella misma cuando leemos el enunciado.

Desconectado mannnn

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1068 en: 09 de Junio de 2015, 23:58:34 pm »
Bueno concluyó este debate página 156 del libro,antepenúltima línea :"La edad de 25 será aplicable a partí de 1 de enero de 2014;..."es decir o ae les a colado un menos para q sea la de 25,q creo yo,o hay dos respuestas correctas la de 18 y la de 21 por esta modificación de la edad

Buenas noches

Desconectado ftm

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1069 en: 10 de Junio de 2015, 00:02:36 am »
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ftm, yo no dependo de esta pregunta para aprobar. Pero si la ley dice que son menores de 21 años, entendemos que una persona con 21 años cumplidos, ya no es menor de 21. Será igual a 21 pero no menor.
Por lo tanto, no puede cobrar la pensión de orfandad si a la fecha del fallecimiento se tiene 21 años, porque ya no es menor de 21 años, y esto es lo que dice la ley.
La certeza nos la da ella misma cuando leemos el enunciado.

El propio compañero kko21 ha dicho que el la estuvo cobrando hasta los 22.
De todas formas no tienes que tener 18 años, simplemente tienes que tener menos de 21. Se que por descarte es la única opción, pero...

Ya no es porque dependa de esa pregunta para aprobar o no, pero no me parece que esté bien redactada

Desconectado Angelo_

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1070 en: 10 de Junio de 2015, 00:09:28 am »
Veo que sigue el debate...esta no se nos olvida en la vida. Deberían anularla y darla por buena a todos porque cabe tanto 18 como 21 al no estar correctamente redactada y no especificar menor de nada. Por otra parte hay que tener en cuenta que a partir de los 22 el huérfano cobra el subsidio temporal a favor de familiares (si cumple unas condiciones), si no el que tiene 21 no cobraría ni lo uno ni lo otro...y no tendría sentido. Pero ya digo que tanto el que tiene 18 como el que tiene 21 con caracter general tiene derecho a la pensión de orfandad, por eso debe ser anulada.
Saludos

Desconectado llanito

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1071 en: 10 de Junio de 2015, 09:13:32 am »
Estimados compañeros
Voy a recurrir dos preguntas: la de la edad, porque al redactarla se han hecho un lío y más como está ahora la ley, y la otra la de los dos años anteriores, perdón??, dentro de los cinco de residencia no?.

No es lo mismo decir vivo en la calle alvarado, que vivo en la calle alvarado de Madrid
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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1072 en: 10 de Junio de 2015, 09:27:58 am »
Se exige residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.

Llanito, que es lo que ves que no está claro en esta pregunta?

Te lo digo, porque la pregunta del examen ya te lo especifica:

La residencia inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solictud exigida para ser titular de los derechos establecidos por el SAAD.

Desconectado llanito

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1073 en: 10 de Junio de 2015, 09:50:05 am »
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Se exige residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.

Llanito, que es lo que ves que no está claro en esta pregunta?

Te lo digo, porque la pregunta del examen ya te lo especifica:

La residencia inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solictud exigida para ser titular de los derechos establecidos por el SAAD.


Tu mismo lo has dicho, la residencia inmediatamente anterior y acreditanto 5 años, si no tienes esos 5 años aunque tengas 2 inmediatamente anterior tendrás derecho.
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Desconectado llanito

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1074 en: 10 de Junio de 2015, 09:51:38 am »
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Tu mismo lo has dicho, la residencia inmediatamente anterior y acreditanto 5 años, si no tienes esos 5 años aunque tengas 2 inmediatamente anterior tendrás derecho.

No tendrás derecho he querido decir
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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1075 en: 10 de Junio de 2015, 09:58:05 am »
Yo sigo viendo claro que son dos, a la vista del enunciado y la comprobación con la ley. Es que te matiza "anterior a la fecha de presentación de solicitud".
Si fueran cinco años, no hubiera especificado nada el enunciado.

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1076 en: 10 de Junio de 2015, 10:02:12 am »
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Tu mismo lo has dicho, la residencia inmediatamente anterior y acreditanto 5 años, si no tienes esos 5 años aunque tengas 2 inmediatamente anterior tendrás derecho.

Es cierto que no habla de los 5 años, pero únicamente te pide que digas cuales son los inmediatamente anteriores, 2 en este caso. Si no especificase nada de "inmediatamente anteriores" la respuesta hubiese sido "x años de los cuales x deben ser inmediatamente anteriores", pero especificándolo yo no veo en esta pregunta opción a la duda

Desconectado RAQCAR

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1077 en: 10 de Junio de 2015, 10:11:19 am »
Acabo de recibir un mensaje al correo diciendo que anulan la pregunta nº 14 del examen de la PRIMERA SEMANA.
El examen, por tanto, se calificará sobre 19 preguntas, en lugar de 20, incrementándose en consonancia la puntuación asignada por acierto y NO modificándose la penalización por fallo.
Las calificaciones de la PRIMERA SEMANA se publicarán a lo largo de la mañana de hoy 10 de junio de 2015.
Comprobad vuestros correos a ver si es verdad.

Desconectado ILSE

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1078 en: 10 de Junio de 2015, 10:14:32 am »
sí a mí también me acaba de llegar.

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Re:Hilo Oficial de Derecho de la Protección Social (2014 / 2015)
« Respuesta #1079 en: 10 de Junio de 2015, 10:14:38 am »
Sí, yo también lo he recibido.



La barrera mas grande del éxito es el miedo a la derrota. - Sven Goran