En relación con el caso De Juana, un amigo me preguntaba que, si bien el Código Penal anterior (sí, ese que el pp quiso reformar en diez ocasiones y el psoe se negó) obligaba a aceptar la redención de penas por el trabajo, era facultad de Instituciones penitenciarias- y por tanto del Gobierno- el determinar qué es trabajo a esos efectos.
De esa forma el pp incurre también en responsabilidad, aunque menor, ante la redención de penas de De Juana.
¿Está en lo cierto mi amigo?