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Autor Tema: entrada en un comercio  (Leído 7686 veces)

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Desconectado annika

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entrada en un comercio
« en: 23 de Abril de 2007, 10:42:06 am »
Estimados compañeros ,me gustaría que alguien pudiera contestar a una cuestión,voy al asunto : ¿puede negarse un establecimiento comercial,concretamente una juguetería ,a que un niño entre tomándose un helado?,alegan que existe un cartel que así lo especifíca,he consultado la Ley del comercio y no he encontrado nada ,tal vez no haya mirado bien ,quería simplemente que alguien me echara una mano a ver si me da un poco de luz en este asunto,agradeceré enormemente vuestra ayuda,un saludo y suerte en los exámenes¡


Desconectado shadowmaker

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #1 en: 23 de Abril de 2007, 13:30:07 pm »
Sí. Es perfectamente lícito impedir la entrada de un niño comiéndose un helado en un establecimiento público de cualquier tipo. Ello es así porque los titulares de cualquier establecimiento público pueden ejercer el derecho de admisión, para lo que sólo necesitan exponer las condiciones de ese derecho en un rótulo o cartel de 30 x 20 cms. en lugar visible a la entrada del establecimiento.

La Ley, no obstante, prohíbe que tales condiciones se basen en motivos derivados de raza, religión, sexo, etc... Pero evidentemente comerse un helado no puede caer dentro de ese grupo de malevolencias. Yo creo, más bien, que se debe a un afán de limpieza de los responsables del centro.

Desconectado IUS

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #2 en: 23 de Abril de 2007, 13:53:53 pm »
Cite Usted la normativa oportuna.
Gracias.

Desconectado annika

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #3 en: 23 de Abril de 2007, 14:13:01 pm »
Gracias por responder Sadowmaker,tienes razón,he consultado lo del derecho de admisión y ,respondiendo a IUS,creo que la normativa sería el R:D28116/82, de 27 de agosto 1982,pense que era para espectáculos públicos y Actividades recreativas,etc,pero se ha ampliado a los dueños de cualquier local abierto al público ya sea privado o no,te agradezco que me hayas molestado y dedicado tu tiempo en aclararme el asunto ,un abrazo y gracias¡¡

Desconectado shadowmaker

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #4 en: 23 de Abril de 2007, 14:23:23 pm »
Aunque ya veo que lo viste, gracias a ti. Añado la referencia completa.

El Derecho de admisión está reconocido en el artículo 59.1.e) del Real Decreto 2816/1982, de 27 de Agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas, extendiéndose su campo a todo tipo de establecimientos destinados al público, independientemente de que sean de titularidad pública o privada
La utilización del derecho de admisión vendrá obligatoriamente acompañada de la exposición bien visible de carteles o publicidad en los accesos a los mismos, en los cuales se especificará de forma clara los requisitos necesarios para entrar en el local.........

Desconectado annika

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #5 en: 23 de Abril de 2007, 20:11:39 pm »
Muy amable y muchas gracias¡ ;)

Desconectado IUS

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #6 en: 24 de Abril de 2007, 11:04:09 am »
Gracias por adelantado a annika y a shadowmaker, pero... ¿dónde aparecen las medidas del cartel?
Saludos,
IUS

Desconectado shadowmaker

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #7 en: 24 de Abril de 2007, 11:45:31 am »
Menudo toca... estás hecho :)

En el Real Decreto mencionado no aparecen dichas medidas. No obstante,  la mayor parte de las Comunidades Autónomas han reglamentado la cuestión y en las tres que conozco coinciden las medidas. No conozco con exactitud la referencia de las normas madrileñas y castellano manchegas (que aggggco de expresión), pero en Valencia esto está regulado en el Decreto 190/2001.

Desconectado scotland

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #8 en: 24 de Abril de 2007, 11:49:54 am »
 :D  :D  :D  :D  :D  :D  :D  :D

Desconectado margaluz

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #9 en: 25 de Abril de 2007, 20:05:36 pm »
Este tipo de cuestiones también suele recogerse en los Estatutos o leyes Autonómicas de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
En Navarra, lo recoge la Ley Foral de Defensa del Consumidor, y al respecto dice: "En los establecimientos abiertos al público en los que se reserve el derecho de admisión, se deberán publicitar mediante un cartel visible en la entrada a dicho establecimiento las condiciones establecidas para ejercitar el mismo, que no podrán ser indeterminadas, discriminatorias, arbitrarias o incongruentes con la naturaleza y actividad del establecimiento".
Espero te sirva también por ahí.
Un saludo, y ánimo.

Desconectado annika

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Re: entrada en un comercio
« Respuesta #10 en: 26 de Abril de 2007, 09:39:00 am »
Gracias Margaluz y a todos ,asi da gusto,¡un abrazo ¡ ;)