Ya que estoy estudiando la asignatura, que aunque el profesor Ferrandis insiste en que esta segunda parte es más fácil que la primera,yo no estoy de acuerdo en absoluto, me gustaría que me ayudarías con una duda si fuese posible.
Se trata de lo relativo a un préstamo de un banco a una SA. Estaría sujeto al IVA, como prestación de servicio del artículo 11.dos.12, pero a la vez está exento como viene reflejado en el art 20.uno.18 c). Mi duda es la siguiente, ya que está exento del IVA, estaría sujeto al TPO tal y como viene reflejado en el art 7.1 b) ??
No se si me he explicado bien, agradecería vuestros comentarios y si me pudieseis ayudar,
Gracias