Hola
No sé si iré muy bien encaminada, pero creo que la única opción que tienes es ir por lo penal, presentando una denuncia con todo lo que tengas de ese edificio, o lo que puedas conseguir, siempre que te lo den en el Ayuntamiento, aunque veo que lo tienes en contra.
Que se pueda dar una prevaricación en el patrimonio histórico va a ser muy difícil, si bien, el art. 323 Cp alude a bienes de valor histórico, cultural y otras categorías recoge un castigo para "quien causa daños en un archivo, registro museo, biblioteca, centro docente, etec., bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental ....
Es un delito que se consuma en el momento que se hacen los daños, es decir, cuando se pinten los grafitis, y aunque pueda haber un problema de autoría y participación, las personas jurídicas también son responsables, y con ellas, al ser públicas, las autoridades o funcionarios que hayan habilitado eso; de veras, incluso podría tratarse de una prevaricación del art. 322; lo que hace falta es tener las pruebas suficientes y la consideración del edificio que se quiere alterar, aunque sea con grafitis.
Saludos