En Igualdad de armas, en su consagración en el Proceso Penal hay un párrafo que no termino de asimilar:
"Otro tanto cabe decir sobre la petición del sobreseimiento que tan sólo pueden efectuar el MF y el ofendido, pero no el acusador popular, quién si solicita la apertura del juicio oral, no vincula su petición al tribunal"
¿Alguien puede comentarlo?
Saludos