Creo que tendremos que estar colegiados, aunque sea en la modalidad de no ejerciente para no tener que hacer el master.
Preguntas que se le plantearon al presidente CGAE.
En la "disposición adicional octava" se hace alusión a que los licenciados en
Derecho no tendrán que realizar este máster siempre y cuando se colegien
antes de 2 años desde el momento en que se encuentren en condiciones de
solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho. Mi pregunta
es ¿Cuánto tiempo es necesario estar colegiado para no tener que cursar
este máster?¿Se necesita un tiempo mínimo estando colegiado o uno puede
colegiarse y "descolegiarse" a los pocos días sin tener que hacer el máster?
Y, si existe un tiempo mínimo ¿de cuánto tiempo estaríamos hablando?
Efectivamente, la Disposición Adicional Octava, introducida a través de la Ley de
Mediación, dispone que el título de abogado no sea exigible a quienes obtengan un
título de licenciado en Derecho con posterioridad a la entrada en vigor de la misma.
Establece esta exención para los licenciados en Derecho que se colegien, como
ejercientes o no ejercientes, en el plazo máximo de dos años, a contar desde que se
encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en
Derecho. La Ley no determina un tiempo mínimo de colegiación para no tener que
cumplir los requisitos establecidos en la misma. (Respuesta de Carlos Carnicer Presidente de CGAE).
No puedes ver los enlaces.
Register or
LoginUn saludo.