Pues si esos son los términos del convenio, en mi opinión es un fiasco.
En cuanto a cuál de los dos cónyuges se va a quedar viviendo en el que era domicilio conyugal, habría que especificar muy bien si tiene derecho solo al uso o tiene el usufructo. Además, yo fijaría un plazo de tiempo; incluso en alguna comunidad autónoma no puede ser vitalicio.
Si el ex marido quisiera vender la casa en un futuro y el otro propietario (que además tendría que renunciar en ese acto a su derecho de uso o al usufructo en caso de seguir vigente) no quisiera, se puede forzar la venta, sí, pero eso va a través del procedimiento de división judicial, o sea, por subasta; o sea, que la ruina.