Desde un punto de vista meramente penal.
Art. 18.1 del CP en su segundo párrafo dispone. "Es apología, a los efectos de este código, la expresión ante una concurrencia de personas o por cualquier medio de difusión, de ideas o doctrinas que ensalcen el crimen o enaltezcan a su autor. La apología sólo será delictiva como forma de provocación y si por su naturaleza y circunstancias constituye una incitación directa a cometer un delito
¿Alguien me puede decir donde hay una incitación directa para hacer un atentado terrorista en que en una obra de ficción un policía coloque un cartel a otro protagonista inconsciente para acusarle de terrorismo?
¿Dónde se ensalza al delincuente? Porque en este caso el delincuente sería el propio policía por colocación de falsas pruebas y acusación falsas de delitos. Y encima hablamos de una obra de ficción donde lo dicho por los protagonistas no es en ningún caso lo que piensa o dice su autor. ¿Debo recordar algo tan elemental o sigo presuponiendo el nivel de un foro de derecho?
No me extraña, por tanto, que la fiscalía haya pedido la puesta en libertad de los titiriteros, reculando.
PD: por favor, echad un ojo a las obras de guiñol de Lorca, porque los titiriteros se inspiraron en una obra de este: El Retablillo de San Cristóbal. La obra de los titiriteros se llama La bruja y San Cristóbal.