Gracias por contestar Juanma!
Entonces crees que puede haber dos respuestas dependiendo del enfoque o que siempre será necesario el consentimiento si es donación a un tercero?
Lo he consultado con una conocida que ejerce abogacía y me ha comentado que en las capitulaciones, si se ha estipulado la gestión individual, podrá disponer lo que quiera en ellas sin consentimiento mutuo.
No sé qué decirte, no me he quedado muy convencida con su respuesta...
Veo ambas respuestas factibles dependiendo de cómo se enfoquen :/
Bueno yo te contesto arreglo al CC, si la donación es a un tercero el consentimiento del otro cónyuge o el judicial es preceptivo en todo caso.
En capitulaciones se puede estipular la administración y disposición de los bienes a uno sólo de los cónyuges (principio de la autonomia de la voluntad). Pero en la disposición de la vivienda habitual, aun cuando sea propietario uno sólo, necesita el consentimiento del otro o el judicial. El CC no da mas opciones.
También ten en cuenta (aunque es otro tema, está relacionado) que los cónyuges decidan que sólo uno de ellos administre y disponga de los bienes comunes no quiere decir que sea libre y no necesite el consentimiento del otro para nada. Pues por ejemplo el sólo hecho de no informar al otro sobre las cuentas gananciales es motivo para solicitar la disolución judicial de la sociedad.
La vivienda familiar, aunque pertenezca a uno sólo, se convierte en vivienda habitual del matrimonio y desde ese momento el propietario deja de tener plenos derechos de disposición, ya que viven habitualmente los dos, y ese es el motivo por el que necesita la autorización del cónyuge no propietario, no lo puede dejar en la calle sin más porque también es su casa.
No se si te lo aclaro o te lio más.
