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Autor Tema: Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)  (Leído 28353 veces)

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Desconectado abreu

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #200 en: 06 de Junio de 2016, 14:30:53 pm »
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Lo he visto bastante llevadero, se han portado.

La 1 también la he contestado en relación a la caducidad.

Buuff, me ha costado horrores meterme este parcial en la cabeza, qué alivio haberlo hecho de una vez!!

Suerte a todos.

A mí también me ha costado muchísimo más que el primero. No acaba de centrar las cosas, pero se acabó.
Suerte¡


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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #201 en: 06 de Junio de 2016, 15:17:50 pm »
Tedioso parcial.......que ganas de terminar....a mi también me costó muchisimo, pero ya esta  :D

Desconectado itamariquita

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #202 en: 06 de Junio de 2016, 15:27:13 pm »
Qué habéis puesto en la pregunta del interés de demora en el caso de la providencia de apremio??

Yo creo que me he equivocado porque he puesto que sí se devenga.. :-\.

A mí no me ha resultado fácil, también porque lo llevaba muy justo, lo que sí es evidente es que ha sido más difícil que el de la primera semana, como siempre pasa.

Desconectado marcosavm

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #203 en: 06 de Junio de 2016, 15:47:45 pm »
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Qué habéis puesto en la pregunta del interés de demora en el caso de la providencia de apremio??

Yo creo que me he equivocado porque he puesto que sí se devenga.. :-\.

A mí no me ha resultado fácil, también porque lo llevaba muy justo, lo que sí es evidente es que ha sido más difícil que el de la primera semana, como siempre pasa.
La providencia de apremio lleva aparejado un recargo del 20% sobre la deuda y además genera intereses de demora por el retraso acumulado en el pago de la deuda. Este recago se reduce al 10% si se paga la deuda antes de comunicar la providencia de apremio y sin intereses de demora por el periodo ejecutivo.
Para que la providencia de apremio surta efecto debe ser notificada al interesado. La notificación debe contener el texto íntegro del acto; los recursos procedentes y ante qué órganos deben interponerse esos recursos y los plazos para recurrir; los plazos para realizar el ingreso y la advertencia de la posibilidad del embargo en caso del incumplimiento de pago del mismo; la advertencia de la liquidación de intereses y la posibilidad de solicitar un aplazamiento para el pago de la deuda.

Desconectado ska

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #204 en: 06 de Junio de 2016, 15:49:53 pm »
Muy asequible y eso que fui atropellado de tiempo.

Comparado a la 2 semana del 1 parcial,,,

Desconectado itamariquita

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #205 en: 06 de Junio de 2016, 15:57:08 pm »
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La providencia de apremio lleva aparejado un recargo del 20% sobre la deuda y además genera intereses de demora por el retraso acumulado en el pago de la deuda. Este recago se reduce al 10% si se paga la deuda antes de comunicar la providencia de apremio y sin intereses de demora por el periodo ejecutivo.
Para que la providencia de apremio surta efecto debe ser notificada al interesado. La notificación debe contener el texto íntegro del acto; los recursos procedentes y ante qué órganos deben interponerse esos recursos y los plazos para recurrir; los plazos para realizar el ingreso y la advertencia de la posibilidad del embargo en caso del incumplimiento de pago del mismo; la advertencia de la liquidación de intereses y la posibilidad de solicitar un aplazamiento para el pago de la deuda.

GRACIAS!

Yo he puesto que sí lleva intereses de demora porque se encuentra en periodo ejecutivo y ha mediado requerimiento previo de la Administración tributaria, pero luego leyendo los apuntes he visto que podría ser un supuesto de no aplicación de intereses si una vez notificada la providencia de apremio, se ingresa la deuda en un plazo perentorio, con recargo pero sin intereses.


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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #206 en: 06 de Junio de 2016, 16:08:09 pm »
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Ya han salido las notas de la primera semana  :D

Que te han parecido? Yo creo qie a mi me han calificado muy a la baja... reclamacion al canto pero ya
Yo tampoco se vivir, estoy improvisando.

Desconectado Niobyta

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #207 en: 06 de Junio de 2016, 16:12:27 pm »
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Que te han parecido? Yo creo qie a mi me han calificado muy a la baja... reclamacion al canto pero ya

A mi me ha parecido justa, la 6 la tuve entera mal, porque puse que no podía reclamar, que tenía un plazo de un mes  ;D ;D Y me han puesto un 7, entiendo que las otras 4 no estban al 100% perfectas.

A ver si tienes suerte con la reclamación, no sé cómo es este departamento en ese aspecto.
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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #208 en: 06 de Junio de 2016, 17:10:16 pm »
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La providencia de apremio lleva aparejado un recargo del 20% sobre la deuda y además genera intereses de demora por el retraso acumulado en el pago de la deuda. Este recago se reduce al 10% si se paga la deuda antes de comunicar la providencia de apremio y sin intereses de demora por el periodo ejecutivo.
Para que la providencia de apremio surta efecto debe ser notificada al interesado. La notificación debe contener el texto íntegro del acto; los recursos procedentes y ante qué órganos deben interponerse esos recursos y los plazos para recurrir; los plazos para realizar el ingreso y la advertencia de la posibilidad del embargo en caso del incumplimiento de pago del mismo; la advertencia de la liquidación de intereses y la posibilidad de solicitar un aplazamiento para el pago de la deuda.
Desde el fin del período voluntario hasta la notificación de la providencia de apremio, 5% recargo ejecutivo sin intereses. Una vez notificada la Providencia de apremio, 10% recargo reducido sin intereses. Si en el plazo dado en la providencia no se paga, recargo ordinario, 20% con intereses de demora. Como el pago, en la pregunta del examen, se hizo en plazo, pues tenía hasta el día 20 y se abonó el 18, se hizo por recargo reducido y, por tanto, me temo que no devenga intereses de demora....creo...

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #209 en: 06 de Junio de 2016, 17:12:05 pm »
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Que te han parecido? Yo creo qie a mi me han calificado muy a la baja... reclamacion al canto pero ya

Yo tengo todas correcras y tres de ellas tal cual en el documento q colgo el ED... y me han puesto tambien un 7...
Yo tampoco se vivir, estoy improvisando.

Desconectado Niobyta

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #210 en: 06 de Junio de 2016, 17:14:41 pm »
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Yo tengo todas correcras y tres de ellas tal cual en el documento q colgo el ED... y me han puesto tambien un 7...

Pues entonces está claro que tu nota no es correcta, seguro que trás la reclamación lo ven.
¡Licenciada!

Desconectado itamariquita

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #211 en: 06 de Junio de 2016, 17:19:19 pm »
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Desde el fin del período voluntario hasta la notificación de la providencia de apremio, 5% recargo ejecutivo sin intereses. Una vez notificada la Providencia de apremio, 10% recargo reducido sin intereses. Si en el plazo dado en la providencia no se paga, recargo ordinario, 20% con intereses de demora. Como el pago, en la pregunta del examen, se hizo en plazo, pues tenía hasta el día 20 y se abonó el 18, se hizo por recargo reducido y, por tanto, me temo que no devenga intereses de demora....creo...

Eso es, yo también creo que no lleva intereses....
Cagada!

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #212 en: 06 de Junio de 2016, 17:50:18 pm »
En los esquemas del equipo docente deja claro que es incompatible si se paga en plazo ( tenía hasta el día 20 para hacerlo ) con el interés de demora. Solo le afecta el recargo. Mirarlo en esos esquemas que se ve súper claro, yo han sido me salvación para esta asignatura, sino imposible entender toda la materia.

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #213 en: 06 de Junio de 2016, 18:29:52 pm »
Por favor serías tan amable de mandarme el material que tienes de FINANCIERO Y TRIBUTARIO I  a  guillermo190010@gmail.com  o subirlo a algún sitio en la nube para poder descargarlo.
Saludos y gracias
Guillermo
Habrá que darle caña entonces.

Yo voy a ir por apuntes, tengo unos de Ponder sobre la base de los de José Vivero, para el primer parcial utilicé los mismos y la verdad es que eran muy completos. Alguien me puede dar el visto bueno o alguna alternativa para estos apuntes?, Son de 2013, es la única pega que les veo. También tengo un compendio de preguntas hasta 2012 de 177 páginas, sabéis si hay algún otro compendio por ahí para este parcial? Para el primero utilicé tres pero para éste no he encontrado más que uno.

La gran duda para este parcial será a qué semana presentarme, en el primer parcial me salió rana la elección. ¿En qué semana caerá el examen chungo esta vez? jajjaaja, más de uno se lo va a pensar muuucho antes de decidir.
[/quote]

Desconectado camel80

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #214 en: 06 de Junio de 2016, 18:53:24 pm »
Creo que los demás departamentos deberían seguir el ejemplo y dar mayor celeridad a las correcciones. He estudiado con unos apuntes de Liz B.C actualizados por Marc. Son solo 79 páginas pero son increibles. Desde aquí les agradezco el trabajo realizado y gran parte de mi nota se la debo a ellos. Mi primer 10 de la carrera

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #215 en: 06 de Junio de 2016, 18:57:14 pm »
Lo tienes en alf, documentos.
Un saludo.

Desconectado CORSO

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #216 en: 06 de Junio de 2016, 19:09:06 pm »
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Yo también he contestado en ese sentido. No genera intereses de demora por haber pagado en el plazo perentorio que le dan. Un saludo

Desconectado Saul Goodman

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #217 en: 06 de Junio de 2016, 21:28:22 pm »
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La providencia de apremio lleva aparejado un recargo del 20% sobre la deuda y además genera intereses de demora por el retraso acumulado en el pago de la deuda. Este recago se reduce al 10% si se paga la deuda antes de comunicar la providencia de apremio y sin intereses de demora por el periodo ejecutivo.
Para que la providencia de apremio surta efecto debe ser notificada al interesado. La notificación debe contener el texto íntegro del acto; los recursos procedentes y ante qué órganos deben interponerse esos recursos y los plazos para recurrir; los plazos para realizar el ingreso y la advertencia de la posibilidad del embargo en caso del incumplimiento de pago del mismo; la advertencia de la liquidación de intereses y la posibilidad de solicitar un aplazamiento para el pago de la deuda.

NO se devengan intereses compañero. El pago se realiza dentro del plazo establecido en la providencia de apremio. Se aplica recargo de apremio reducido al 10% y no se devengan intereses.

Sólo si transcurre el plazo establecido en la providencia sin realizar el pago, se aplicará el recargo de apremio ordinario al 20% y se devengaran intereses.
Better call Saul !!

Desconectado Gregory

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #218 en: 06 de Junio de 2016, 21:48:49 pm »
La 3ª Pata asoma de nuevo; y ahí lo dejo...
El largo y cálido verano...

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Re:Hilo Oficial Derecho Financiero y Tributario I segundo parcial (2015 / 2016)
« Respuesta #219 en: 06 de Junio de 2016, 22:34:06 pm »
A mi tb me salio la nota de este examen, pero no se porque no me ha salido la nota media de ambos parciales ¿A vosotros?
Por cierto veo que han corregido muy a la ligera, ya que me esperaba de 7 a 7'5 y me han plantado un 9'25 que me sabe a gloria (no suelo errar casi nunca)