;

Autor Tema: Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)  (Leído 37226 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado luisa1979

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 292
  • Registro: 26/04/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #220 en: 07 de Junio de 2016, 19:23:29 pm »
Y la 13 , tb estáis de acuerdo q es C

la posibilidad de realizar un sueño es lo que hace la vida interesante.

Desconectado Tania39

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 296
  • Registro: 02/10/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #221 en: 07 de Junio de 2016, 19:44:48 pm »


Mira, sacado de una Guía laboral:
La cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal es obligatoria a partir de 1 de enero de 2008, siempre que no tengan derecho a dicha prestación en razón de la actividad realizada en otro Régimen de la Seguridad Social, y deberá formalizarse con una Mutua colaboradora con la Seguridad Social.

Desconectado ansamon

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 112
  • Registro: 31/01/07
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #222 en: 07 de Junio de 2016, 19:58:29 pm »
Que ha pasado con los bloques II y III. Es que han quitado materia y no me he enterado!!!

Desconectado jgm15132

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 285
  • Registro: 26/09/12
  • Delenda est Carthago
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #223 en: 07 de Junio de 2016, 20:20:25 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
seguridad social. Normativa.
art. 35. 1º: En todos los casos, las altas cuyas solicitudes hayan sido presentadas con carácter previo a la prestación de los servicios únicamente surtirán efectos en orden a los derechos y obligaciones inherentes a dicha situación de alta, a partir del dia en que se inicia la actividad.

Correcto, pero no pregunta cuándo surtirán efecto sino cuando DEBE solicitar el alta. Por lo tanto creo que la respuesta es A o así lo entiendo yo, dicho con todo el respeto del mundo.

Desconectado carlos marquez

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 80
  • Registro: 05/07/06
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #224 en: 07 de Junio de 2016, 20:48:51 pm »
Creo que la plantilla  es, casi con toda seguridad la definitiva,  todo hace pensar que es así.

Esta es:

1a 2b 3b 4c 5b 6b 7b 8c 9c 10c
11b 12a 13c 14a 15b 16a 17c 18 a 19c 20c

Desconectado Rams

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 87
  • Registro: 20/05/09
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #225 en: 07 de Junio de 2016, 21:18:19 pm »
Pues si es así un 4;75 vaya gracia

Desconectado Caius_Marcius

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 91
  • Registro: 21/03/15
  • Cedant arma togae
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #226 en: 07 de Junio de 2016, 22:34:37 pm »
Ya somos dos, Rams. Reseteo mental y mañana a por Civil I.
"quotquotAmemos a la patria, aunque no sea más que por sus inmerecidas desgracias"quotquot (Santiago Ramón y Cajal).

Desconectado Perri

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 1351
  • Registro: 17/07/12
  • Nunca dejes de creer
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #227 en: 07 de Junio de 2016, 23:12:11 pm »
Pero que modelo es. La pregunta 10 me han dicho que lacorrecta es la A. Dónde habéis sacado estas respuestas.

Desconectado queli_cabello

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 82
  • Registro: 22/12/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #228 en: 07 de Junio de 2016, 23:19:26 pm »
Pues yo creo que la 9 .... (pareja de hecho) podría ser impugnable. ..porque el requisito para ser beneficiario de la pensión de viudedad es 5 años de convivencia Y estar inscrito en el registro de pareja de hecho al menos dos años antes de la fecha de defunción, llevar 5 años de convivencia exclusivamente (sin estar registrado como pareja de hecho) no da lugar a pension.
Estoy confundida ?
Así lo entiendo yo.

Desconectado maria84

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 162
  • Registro: 26/06/09
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #229 en: 07 de Junio de 2016, 23:45:42 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pero que modelo es. La pregunta 10 me han dicho que lacorrecta es la A. Dónde habéis sacado estas respuestas.
sólo hay un modelo, la 10 es la c, "Si el fallecimiento es debido a accidente, sea o no de trabajo, o a enfermedad profesional no se exige período previo de cotización."

Desconectado Cova1709

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 8
  • Registro: 31/01/16
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #230 en: 08 de Junio de 2016, 14:12:56 pm »
¿Sabeis más o menos cuándo suele colgar este equipo docente las plantillas?

Desconectado adolfocs

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 25
  • Registro: 18/10/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #231 en: 08 de Junio de 2016, 19:12:30 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pues yo creo que la 9 .... (pareja de hecho) podría ser impugnable. ..porque el requisito para ser beneficiario de la pensión de viudedad es 5 años de convivencia Y estar inscrito en el registro de pareja de hecho al menos dos años antes de la fecha de defunción, llevar 5 años de convivencia exclusivamente (sin estar registrado como pareja de hecho) no da lugar a pension.
Estoy confundida ?
Así lo entiendo yo.
Estoy muy deacuerdo contigo, esa pregunta esta mal planteada. Tendría q hacer referencia a convivencia mas pareja de hecho, o solo a los años q se ha de estar registrado como pareja de hecho.
En mi opinión es impugnarle, x estar mal planteada

Desconectado angus

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 43
  • Registro: 27/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #232 en: 08 de Junio de 2016, 21:11:47 pm »
En la pregunta 20, en donde hace referencia a la exencion del limite de ingresos por hijo discapacitado, se está comentando que en el manual, esta frase en concreto donde se contempla la exención está en "letra pequeña".

¿Alguien puede confirmarlo por favor?

Desconectado Raquelpe

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 254
  • Registro: 29/02/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #233 en: 08 de Junio de 2016, 21:21:53 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pues yo creo que la 9 .... (pareja de hecho) podría ser impugnable. ..porque el requisito para ser beneficiario de la pensión de viudedad es 5 años de convivencia Y estar inscrito en el registro de pareja de hecho al menos dos años antes de la fecha de defunción, llevar 5 años de convivencia exclusivamente (sin estar registrado como pareja de hecho) no da lugar a pension.
Estoy confundida ?
Así lo entiendo yo.

Yo tambien creo que es impugnable, esta mal planteada, espero que alguien lo haya hecho ya

Desconectado angus

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 43
  • Registro: 27/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #234 en: 08 de Junio de 2016, 22:06:19 pm »
Pues efectivamente en la pregunta 20, la referencia que en el manual se hace a que en caso de hijo o acogido discapacitado no se exigirá limite de ingresos, viene en letra pequeña y cursiva, cuando en el foro de la asignatura el ED claramente dijo que la letra pequeña en ningún caso seria objeto de examen. Esta pregunta es claramente impugnable, no se que opináis...

Desconectado borenia

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 414
  • Registro: 14/10/15
  • Tokio blues
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #235 en: 08 de Junio de 2016, 23:33:11 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pues efectivamente en la pregunta 20, la referencia que en el manual se hace a que en caso de hijo o acogido discapacitado no se exigirá limite de ingresos, viene en letra pequeña y cursiva, cuando en el foro de la asignatura el ED claramente dijo que la letra pequeña en ningún caso seria objeto de examen. Esta pregunta es claramente impugnable, no se que opináis...

Es más pequeña pero no es de las que se consideran ''pequeñas'', es más, en cursiva suelen poner cosas importantes. Yo también la cagué ahí.
*

Desconectado Natsuke

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 11
  • Registro: 09/01/16
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #236 en: 13 de Junio de 2016, 09:14:44 am »
Bueno, pues ya están las nota. Aunque por más que he buscado no he visto las plantillas oficiales.


Desconectado franievita

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 841
  • Registro: 26/11/07
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #237 en: 13 de Junio de 2016, 09:16:46 am »
Acaban de colgar las notas. Me la he quitado. En la app está la plantilla
Han anulado la 6.
Suerte!

Desconectado JESUSMNICOLAU

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 185
  • Registro: 26/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #238 en: 13 de Junio de 2016, 09:18:31 am »
6.3 gracias a dios, si me la tengo que preparar para septiembre, me muero...

Desconectado franievita

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 841
  • Registro: 26/11/07
Re:Hilo Oficial Derecho de la Protección Social (2015 / 2016)
« Respuesta #239 en: 13 de Junio de 2016, 09:19:17 am »
En web también está la plantilla:    BBCBCXBAABABCBABABCB