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Autor Tema: Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)  (Leído 32026 veces)

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Desconectado Saber

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #100 en: 24 de Mayo de 2017, 13:31:45 pm »
Yo la verdad que me he preparado este examen un monton y de las 20 solo 4 las sabia a ciencia cierta que estaban bien, las demas muy confusas para mi.

No se si esque alomejor no lo llevaba tan bien como pensaba pero para esto prefiero un examen escrito antes que tipo test la verdad.


Desconectado Ipso

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #101 en: 24 de Mayo de 2017, 13:36:10 pm »
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Hola aquí tienes el enlace..

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si no lo ves avisa y te los mando por correo.

Suerte!!!

Los tengo...vaya tocho  ;) pero no queda otra y más cuando en el primer parcial saqué un 8,5  >:(
Vamos a esperar a ver si toca la flauta y si no a hincar los codos en julio

Grazie mille!

Desconectado Ipso

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #102 en: 24 de Mayo de 2017, 13:42:02 pm »
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Los tengo...vaya tocho  ;) pero no queda otra y más cuando en el primer parcial saqué un 8,5  >:(
Vamos a esperar a ver si toca la flauta y si no a hincar los codos en julio

Grazie mille!

suena la flauta...tantos nervios me olvido ya hasta de escribir ;)

Desconectado chema45

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #103 en: 24 de Mayo de 2017, 14:53:48 pm »
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Ahí va el modelo A.

Muchas gracias Machini por la aportación. Mi examen ha sido el B. Os ponga la correlación entre ambos modelos para así nos aclaremos todos con las preguntas (las pregunta en negrita es el modelo A). Además, pongo las respuestas que ya tengo buscadas en el libro de la asignatura. Hay 3 preguntas que pongo entre interrogantes las posibles respuestas. Cuando las tenga localizadas, lo comento, o si alguien quiere comentar algo de alguna pregunta en concreto. El examen ha sido: "cómprate el libro, por que si no lo haces, atente a las consecuencias..."  :'(

1/6  A
2/7 ¿B/C?
3/1 C
4/2 B
5/3 B
6/4 C
7/5 B
8/8 C
9/9 B
10/18 ¿A/C?
11/19 C
12/11 C
13/12 A
14/13 ¿A/C?
15/14 B
16/15 B
17/16 B
18/17 B
19/20 C
20/10 C

Espero que hayamos tenido todos suerte.  ;)
Las cosas difíciles requieren un largo tiempo, las cosas imposibles un poco más (André A. Jackson).

Desconectado K1888

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #104 en: 24 de Mayo de 2017, 15:07:46 pm »
El problema es que aunque te compres el libro (un libro plagado de faltas de ortografía) y te gastes los cuartos en una lectura comentada de la LSC, tienes que comerte unas 1000 páginas para superar una asignatura anual. Es absurdo.
No digo que haya que prepararse una asignatura haciendo test como si fuera un examen de conducir, pero tampoco tiene sentido el volumen de materia que se exige y la dificultad que tienen las preguntas en este tipo de exámenes donde, por deficiencias en la expresión escrita o por mala leche, una persona que puede tener unos conocimientos en derecho mercantil suficientes para superar la asignatura se tiene que dejar la piel intentando interpretar cada línea del enunciado o de las soluciones.

Desconectado alopezrovira

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #105 en: 24 de Mayo de 2017, 15:12:37 pm »
Muchas gracias!!!
Solo no coincido en 3, mi modelo era el B
10-b
13-b
18-b

Desconectado nines123

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #106 en: 24 de Mayo de 2017, 15:19:47 pm »
Hola, me podéis decir como puntúan en esta asignatura? Muchas gracias.

Desconectado carmen3686

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #107 en: 24 de Mayo de 2017, 15:22:24 pm »
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Muchas gracias Machini por la aportación. Mi examen ha sido el B. Os ponga la correlación entre ambos modelos para así nos aclaremos todos con las preguntas (las pregunta en negrita es el modelo A). Además, pongo las respuestas que ya tengo buscadas en el libro de la asignatura. Hay 3 preguntas que pongo entre interrogantes las posibles respuestas. Cuando las tenga localizadas, lo comento, o si alguien quiere comentar algo de alguna pregunta en concreto. El examen ha sido: "cómprate el libro, por que si no lo haces, atente a las consecuencias..."  :'(

1/6  A
2/7 ¿B/C?
3/1 C
4/2 B
5/3 B
6/4 C
7/5 B
8/8 C
9/9 B
10/18 ¿A/C?
11/19 C
12/11 C
13/12 A
14/13 ¿A/C?
15/14 B
16/15 B
17/16 B
18/17 B
19/20 C
20/10 C

Espero que hayamos tenido todos suerte.  ;)



Hola!

coincido en todas excepto la 12 del TIPO A

He puesto la a) La transmisión es enteramente libre dada la falta de pacto estatuario.


C. El régimen legal supletorio en la sociedad limitada
La prohibición de que las participaciones de una sociedad limitada queden sometidas a un principio de li- bre transmisión ha llevado al legislador a establecer un régimen restrictivo de carácter supletorio para el caso de que los estatutos sociales carezcan de previsiones al respecto.
Se trata de un régimen que sólo entrará en juego si los estatutos no contienen un régimen de transmi- sión específico, pues éstos tienen prioridad para regular las transmisiones como tengan por conveniente. Este régimen legal, está integrado por las siguientes reglas:
1. Se declaran libres las transmisiones voluntarias de participaciones por actos inter vivos:
a. cuando sea  , las realizadas entre los socios o a favor del cónyuge, ascendiente o des-
b. cuando el socio sea una sociedad, de cualquier sociedad perteneciente al mismo grupo que la transmi- tente.

Desconectado chema45

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #108 en: 24 de Mayo de 2017, 15:26:56 pm »
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Hola!

coincido en todas excepto la 12 del TIPO A

He puesto la a) La transmisión es enteramente libre dada la falta de pacto estatuario.


C. El régimen legal supletorio en la sociedad limitada
La prohibición de que las participaciones de una sociedad limitada queden sometidas a un principio de li- bre transmisión ha llevado al legislador a establecer un régimen restrictivo de carácter supletorio para el caso de que los estatutos sociales carezcan de previsiones al respecto.
Se trata de un régimen que sólo entrará en juego si los estatutos no contienen un régimen de transmi- sión específico, pues éstos tienen prioridad para regular las transmisiones como tengan por conveniente. Este régimen legal, está integrado por las siguientes reglas:
1. Se declaran libres las transmisiones voluntarias de participaciones por actos inter vivos:
a. cuando sea  , las realizadas entre los socios o a favor del cónyuge, ascendiente o des-
b. cuando el socio sea una sociedad, de cualquier sociedad perteneciente al mismo grupo que la transmi- tente.


Carmen3686, la respuesta A te dice que "es enteramente libre", y es no es la correcta, pues como tu bien has puesto, sólo en defecto de pacto estatutario, rige la libre transmisibilidad a favor del cónyuge, ascendiente, descendiente, etc... y socio o socios. Si lees detenidamente la respuesta C, te dice justamente eso, que no es libre la transmisibilidad, pues estamos hablando de una SL, salvo que el adquirente sera otro socio.

Espero a verte ayudado.
Las cosas difíciles requieren un largo tiempo, las cosas imposibles un poco más (André A. Jackson).

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #109 en: 24 de Mayo de 2017, 15:30:34 pm »
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Hola, me podéis decir como puntúan en esta asignatura? Muchas gracias.

0,5 las respuestas correctas
0,25 los errores.
Si contestas a todas las preguntas, tienes un margen para poder cometer 6 errores, y aprobarías con un 5,5.
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Desconectado Saber

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #110 en: 24 de Mayo de 2017, 15:32:59 pm »
Pues aun dando por malas todas la del interrogante tendria el aprobado, pero tengo una sensacion de haber aprobado por suerte nose... me ha dejado muy chof este examen.

Edit: mil gracias chema por el trabajo que no se me pase jaja, gracias a ti voy almenos con mas ganas a civil   :)

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #111 en: 24 de Mayo de 2017, 15:33:48 pm »
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Carmen3686, la respuesta A te dice que "es enteramente libre", y es no es la correcta, pues como tu bien has puesto, sólo en defecto de pacto estatutario, rige la libre transmisibilidad a favor del cónyuge, ascendiente, descendiente, etc... y socio o socios. Si lees detenidamente la respuesta C, te dice justamente eso, que no es libre la transmisibilidad, pues estamos hablando de una SL, salvo que el adquirente sera otro socio.

Espero a verte ayudado.
Opino igual, son libres para trasmitirlo pero solo si la transmisión es a familiares o a otro socio.

Desconectado carmen3686

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #112 en: 24 de Mayo de 2017, 15:33:56 pm »
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Carmen3686, la respuesta A te dice que "es enteramente libre", y es no es la correcta, pues como tu bien has puesto, sólo en defecto de pacto estatutario, rige la libre transmisibilidad a favor del cónyuge, ascendiente, descendiente, etc... y socio o socios. Si lees detenidamente la respuesta C, te dice justamente eso, que no es libre la transmisibilidad, pues estamos hablando de una SL, salvo que el adquirente sera otro socio.

Espero a verte ayudado.

Sí, es que ese es justamente el caso del enunciado no hay ninguna previsión en los estatutos por tanto entra en juego el régimen supletorio, dada la falta de pacto.

Entiendo que es la A

no crees??


Desconectado capri40

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #113 en: 24 de Mayo de 2017, 15:35:06 pm »
¿Alguien puede aportar luz sobre las tres preguntas que han quedado con interrogantes?

Desconectado bethh

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #114 en: 24 de Mayo de 2017, 15:35:36 pm »
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Hola!

coincido en todas excepto la 12 del TIPO A

He puesto la a) La transmisión es enteramente libre dada la falta de pacto estatuario.


C. El régimen legal supletorio en la sociedad limitada
La prohibición de que las participaciones de una sociedad limitada queden sometidas a un principio de li- bre transmisión ha llevado al legislador a establecer un régimen restrictivo de carácter supletorio para el caso de que los estatutos sociales carezcan de previsiones al respecto.
Se trata de un régimen que sólo entrará en juego si los estatutos no contienen un régimen de transmi- sión específico, pues éstos tienen prioridad para regular las transmisiones como tengan por conveniente. Este régimen legal, está integrado por las siguientes reglas:
1. Se declaran libres las transmisiones voluntarias de participaciones por actos inter vivos:
a. cuando sea  , las realizadas entre los socios o a favor del cónyuge, ascendiente o des-
b. cuando el socio sea una sociedad, de cualquier sociedad perteneciente al mismo grupo que la transmi- tente.




Hola! Secundo lo que dice el compañero, además difiero en la respuesta número 8 del tipo A, a mi entender la C era una respuesta trampa y así lo he entendido yo.

Transcurridos 16 meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad de capital, aun no se ha instado su inscripción en el registro mercantil. En tales circunstancias, y respecto de los actos y contratos llevados a cabo en nombre de la sociedad:

a) Responderá la propia sociedad pues, pese a no haber cerrado su proceso fundacional, goza de personalidad jurídica. (Para mí es la correcta)


b) Responderán exclusivamente los socios, dado que a ellos es imputable la falta de inscripción, y la sociedad carece de personalidad jurídica.  (Es evidentemente falsa)


c) Será de aplicación el régimen de responsabilidad dispuesto para las sociedades colectivas o para las sociedades civiles, en razón de la calificación que merezca el objeto social. (Yo creo que esto era trampa, porque al tratarse de una sociedad de capital nunca podría aplicarse el régimen de una sociedad civil)


Que me decís he rizado demasiado el rizo??





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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #115 en: 24 de Mayo de 2017, 15:36:20 pm »
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Sí, es que ese es justamente el caso del enunciado no hay ninguna previsión en los estatutos por tanto entra en juego el régimen supletorio, dada la falta de pacto.

Entiendo que es la A

no crees??

No, porque el supletorio dice que la trasmisión es libre pero solo a familiares o a otro socio. No es libre "universal", es libre dentro de unos límites.

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #116 en: 24 de Mayo de 2017, 15:39:48 pm »
Muchas gracias por decirme cómo se puntúa, si son esas las respuestas que habéis colgado, una asignatura que me quito este año.
Gracias

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #117 en: 24 de Mayo de 2017, 15:49:31 pm »
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Hola! Secundo lo que dice el compañero, además difiero en la respuesta número 8 del tipo A, a mi entender la C era una respuesta trampa y así lo he entendido yo.

Transcurridos 16 meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad de capital, aun no se ha instado su inscripción en el registro mercantil. En tales circunstancias, y respecto de los actos y contratos llevados a cabo en nombre de la sociedad:

a) Responderá la propia sociedad pues, pese a no haber cerrado su proceso fundacional, goza de personalidad jurídica. (Para mí es la correcta)


b) Responderán exclusivamente los socios, dado que a ellos es imputable la falta de inscripción, y la sociedad carece de personalidad jurídica.  (Es evidentemente falsa)


c) Será de aplicación el régimen de responsabilidad dispuesto para las sociedades colectivas o para las sociedades civiles, en razón de la calificación que merezca el objeto social. (Yo creo que esto era trampa, porque al tratarse de una sociedad de capital nunca podría aplicarse el régimen de una sociedad civil)


Que me decís he rizado demasiado el rizo??


En la respuesta que refieres, Bethh, el enunciado refiere a una sociedad que ha transcurrido 16 meses desde el otorgamiento de la escritura de constitución de una sociedad de capital y no se ha instado su inscripción; por tanto, ha transcurrido más de 1 año. Si no ha procedido a la inscripción, es una sociedad devenida irregular y que ésta tiene personalidad jurídica. Además, te pongo el artículo 39 de la Ley de Sociedades de Capital:  "Artículo 39. Sociedad devenida irregular.
1. Una vez verificada la voluntad de no inscribir la sociedad y, en cualquier caso, transcurrido un año desde el otorgamiento de la escritura sin que se haya solicitado su inscripción, se aplicarán las normas de la sociedad colectiva o, en su caso, las de la sociedad civil si la sociedad en formación hubiera iniciado o continuado sus operaciones.
2. En caso de posterior inscripción de la sociedad no será de aplicación lo establecido en el apartado segundo del artículo anterior".

Por tanto, dependiendo del objeto social, regirán las normas de la sociedad colectiva o, en su caso, las de la sociedad civil.
Con respecto a tu respuesta A de dicha pregunta, refiere que "responderá la propia sociedad". Responderán los socios fundadores.
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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #118 en: 24 de Mayo de 2017, 15:57:22 pm »
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¿Alguien puede aportar luz sobre las tres preguntas que han quedado con interrogantes?
Me uno a la duda!

Desconectado chema45

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Re:Hilo Oficial Mercantil I segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #119 en: 24 de Mayo de 2017, 16:05:44 pm »
Encontrada la pregunta 2/7 C.

Está en el tema 1, apartado 3 punto B) Especialidades de régimen jurídico_

Tal caracterización del contrato de sociedad genera consecuencias muy importantes a la hora de concretar el régimen jurídico aplicable:

 Tales caracteres del contrato de sociedad excluyen la posibilidad de que pueda aplicarse al mismo la excepción de contrato incumplido o cumplido defectuosamente. Esto es, un socio no podrá negar la entrega de su aportación haciendo valer que otro socio no ha cumplido, o ha cumplido defectuosamente, con tal obligación de entrega. Ello es así en la medida en que el fundamento al que responde tal exceptio radica en el carácter sinalagmático del contrato, característica que no concurre en el contrato de sociedad. En este contrato, el incumplimiento de un contratante no faculta a otro para tal proceder, dado que el acreedor de la prestación debida es la sociedad. Por ello, ante el incumplimiento de la obligación de entrega por parte de un socio, la sociedad podrá reclamar su cumplimiento, pero el resto de los contratantes no podrán negar aquello a lo que se hubieran comprometido.
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