Igual estoy equivocado,pero la 16 creo que es la A,lo digo porque obtener no es lo mismo que acudir.
En la página 398 dice " art. 281 LSC -cualquier persona podrá obtener información del Registro Mercantil.....
Y la respuesta B dice ...y los terceros podrán acudir al Registro Mercantil....
No sé, y no quiero buscarles diecisiete pies al gato, no quiero ponerme más la camisa de fuerzas :Py padecer estrabismo

y parpadéo psicológicos después de un examen en la UNED.
Suerte para todos.