;

Autor Tema: Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)  (Leído 18356 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado dalealdll

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 359
  • Registro: 09/10/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #120 en: 05 de Junio de 2017, 17:24:50 pm »
Otra duda que con el manual delante sigo sin tener clara
Que responderíais a
Ley rectora de nombre y apellidos de las personas físicas
 Graciasss


Desconectado Iker014

  • VIP - Graduado
  • *
  • Mensajes: 958
  • Registro: 24/07/10
  • ¿Justicia ciega?
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #121 en: 05 de Junio de 2017, 18:05:25 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola
 A que tema pertenece la excepción de interés nacional?
Gracias
Tema 14. Está relacionado con la capacidad de obrar.
Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado dalealdll

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 359
  • Registro: 09/10/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #122 en: 05 de Junio de 2017, 18:23:05 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Tema 14. Está relacionado con la capacidad de obrar.

Gracias ya lo vi es que no caía

Y la otra pregunta que puse sabrías decirme?
Muchas gracias

Desconectado Iker014

  • VIP - Graduado
  • *
  • Mensajes: 958
  • Registro: 24/07/10
  • ¿Justicia ciega?
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #123 en: 05 de Junio de 2017, 19:12:34 pm »
El derecho al nombre no deja de ser parte del Estatuto personal, por lo que la ley aplicable será, según el art. 9.1 CC, la determinada por la nacionalidad. No obstante, España tiene suscrito el Convenio de Munich, el cual no establece cambios pues sigue el criterio de ley nacional.

Hay que aclarar que la aplicación del derecho extranjero está matizado por dos cuestiones:
A) el orden público.
B) la incidencia del Derecho de la UE, que esta materia establece los principios de no discriminación, libre circulación de personas en la UE y el principio de unidad de nombre (mismo nombre para toda la UE).
Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado dalealdll

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 359
  • Registro: 09/10/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #124 en: 05 de Junio de 2017, 19:22:36 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
El derecho al nombre no deja de ser parte del Estatuto personal, por lo que la ley aplicable será, según el art. 9.1 CC, la determinada por la nacionalidad. No obstante, España tiene suscrito el Convenio de Munich, el cual no establece cambios pues sigue el criterio de ley nacional.

Hay que aclarar que la aplicación del derecho extranjero está matizado por dos cuestiones:
A) el orden público.
B) la incidencia del Derecho de la UE, que esta materia establece los principios de no discriminación, libre circulación de personas en la UE y el principio de unidad de nombre (mismo nombre para toda la UE).

Muchísimas gracias

Desconectado anpeba

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 161
  • Registro: 04/10/08
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #125 en: 06 de Junio de 2017, 00:26:55 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola compañeros, en el caso anterior, sin duda considero que la CJI es la recogida en el R 2201/2003. En el art. 3 (foros de competencia.

Ahora quería pediros ayuda en el siguiente supuesto:
Por sentencia e divorcio d emutuo acuerdo, el JPI de Orense aprobó el convenio regulador firmado por los conyuges ahora divorciados Dª Francisca y D. Jose ambos de nacionalidad española y domicilio en Orense.
En el convenio regulador se establecía, entre otros extremos que dª Francisca pasaria pension alimenticia de 1000 euros mes a D. Jose dado que se encontraba en gran invalidez. Meses despues Francisca se traslado a Buenos Aires y de forma unilateral dejó de cumplir su obligación alimenticia. ¿Qué posibilidades realmente efectivas tendría D. Jose para que Dª Francisca reanudar ael cumplimeinto de us obligación alimenticia?

Se trata de que se reconozca y ejecute en Argentina una sentencia española sobre alimentos. Considero que no es aplicable el R. 4/2009 porque es un tercer Estado que desconocemos si es parte en algún convenio bilateral sobre la materia. (no es parte del convenio de la Haya 2007, pero en el examen no lo pondría ya que no me se de memoria los paises que son parte). Al no ser aplicable el 4/2009, ya sería indiferente si Argentina es o no parte del Protocolo de 2007 para determinar la forma de reconocimeinto.
Que os parece?
Gracias

En los casos practicos hay uno medio parecido, y parece claro que seria el Convenio de la Haya 2007 los mecanismos de cooporacion de autoridades....

Desconectado TorturaUned

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 7
  • Registro: 19/01/17
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #126 en: 06 de Junio de 2017, 01:55:51 am »
Chic@s como haceis para estudiar esta asignatura? Yo creo que volveré a suspender este parcial, no soy capaz de retener tanta información. Si me dais algun consejo os lo agradecería. Suerte y gracias

Desconectado Isa__93

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 44
  • Registro: 24/08/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #127 en: 06 de Junio de 2017, 03:28:07 am »
Compis, una pregunta...

no se supone que por haber realizado la PEC (y aprobarla, claro), eximían de responder a una pregunta teórica más??
O sea... a dos en total?? :o

Se agradecen todo tipo de consejos de última hora para los que vamos justísimos sobre en qué temas incidir más, por ejemplo... yo he mirado las preguntas de otros años y por lo que deduzco, donde más inciden es en todo tipo de preguntas prácticas relacionadas con...
- LEX SOCIETATIS
- ADOPCIONES
- ESTATUTO PERSONAL
- OBLIGACIONES CONTRACTUALES
- OBLIGACIONES EXTRACONTRACTUALES
- DERECHO AL NOMBRE
- MATRIMONIO

.. No aporto nada nuevo, lo sé. Las preguntas son muy rebuscadas en su redacción y nada previsibles. Mucho ánimo y suerte a todos!!!  :-*


... siempre la ley aplicable

Desconectado dalealdll

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 359
  • Registro: 09/10/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #128 en: 06 de Junio de 2017, 16:09:39 pm »
Hola. Alguien me podría solucionar esta pregunta que ha caído varías veces?

Reconocimiento de sociedades extranjeras en España. En qué consiste?

Gracias

Desconectado Iker014

  • VIP - Graduado
  • *
  • Mensajes: 958
  • Registro: 24/07/10
  • ¿Justicia ciega?
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #129 en: 06 de Junio de 2017, 16:25:37 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Hola. Alguien me podría solucionar esta pregunta que ha caído varías veces?

Reconocimiento de sociedades extranjeras en España. En qué consiste?

Gracias

El reconocimiento de sociedades extranjeras es un expediente técnico a partir del cual se determina si una sociedad válidamente constituida en un Estado puede ser aceptada como tal en otro Estado.

Nuestro ordenamiento contempla un sistema de reconocimiento automático, en el que no es necesario ningún procedimiento especial para que la sociedad extranjera sea reconocida. No obstante, esto no es obstáculo para que se exija el cumplimiento de ciertos requisitos.

La inscripción en el Registro Mercantil se va a erigir como un requisito necesario para que la sociedad extranjera opere en el tráfico interno cuando la sociedad extranjera cree sucursales en nuestra país.  Si por el contrario, la sociedad extranjera únicamente pretende realizar determinados actos aislados o comparecer en los tribunales españoles, la inscripción no es necesaria.

Quien pide justicia, pide que le den la razón.

Desconectado dalealdll

  • Usuario muy activo
  • ***
  • Mensajes: 359
  • Registro: 09/10/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #130 en: 06 de Junio de 2017, 16:33:06 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
El reconocimiento de sociedades extranjeras es un expediente técnico a partir del cual se determina si una sociedad válidamente constituida en un Estado puede ser aceptada como tal en otro Estado.

Nuestro ordenamiento contempla un sistema de reconocimiento automático, en el que no es necesario ningún procedimiento especial para que la sociedad extranjera sea reconocida. No obstante, esto no es obstáculo para que se exija el cumplimiento de ciertos requisitos.

La inscripción en el Registro Mercantil se va a erigir como un requisito necesario para que la sociedad extranjera opere en el tráfico interno cuando la sociedad extranjera cree sucursales en nuestra país.  Si por el contrario, la sociedad extranjera únicamente pretende realizar determinados actos aislados o comparecer en los tribunales españoles, la inscripción no es necesaria.

Muchas gracias otra vez

Desconectado nacheteno

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 212
  • Registro: 21/03/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #131 en: 07 de Junio de 2017, 14:21:01 pm »
Mucha suerte a todos esta tarde, a ver si nos la quitamos este semestre.... Yo llevo un cacao de reglamentos y convenios..... :)

Desconectado jpedraza21

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 7
  • Registro: 22/02/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #132 en: 07 de Junio de 2017, 16:45:48 pm »
Podría subir examen Derecho internacional  privado para ir viendo respuestas

Desconectado ironthetiger

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 76
  • Registro: 13/11/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #133 en: 07 de Junio de 2017, 16:52:44 pm »
si por fi, yo al final no fuí

Desconectado rdmarco

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 77
  • Registro: 25/05/15
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #134 en: 07 de Junio de 2017, 18:40:19 pm »
más o menos era así:

1. Postura del TJUE sobre el establecimiento en la constitución de sociedades
2. Validez en España de un matrimonio celebrado  en Grecia por el rito ortodoxo entre un español y una ciudadana griega
3. R Roma I aplicado a un contrato de trabajo, limites a la elección de la ley rectora.
4. R Roma II Daños al medio ambiente.

Caso 1) matrimonio entre español y portuguesa, años más tarde un tribunal declara alimentos a favor de la portuguesa, ley aplicable y forma de reclamarlos.
Caso 2) sucesión de un español residente en Paris mediante testamento ológrafo, ley rectora de la sucesión, posibilidad de que ese testamento ológrafo tenga validez en España

Desconectado mlcosta

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 630
  • Registro: 13/11/07
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #135 en: 07 de Junio de 2017, 19:16:19 pm »
Hola, me pareció bastante sencillo. Que opináis?  Ahora toca esperar

Desconectado tristras

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 55
  • Registro: 01/09/09
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #136 en: 07 de Junio de 2017, 19:21:18 pm »
A mi me pareció todo lo contrario. Bastante lioso y más complicado que la primera semana pero con diferencia. De todos modos, en la segunda pregunta no se refería a si se podía inscribir ese matrimonio en el consulado español? Me podéis decir dónde viene la respuesta. No la encuentro, gracias.

Desconectado rasensio32

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 28
  • Registro: 17/10/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #137 en: 07 de Junio de 2017, 19:29:11 pm »
Opino igual. Un exámen nada fácil y con algunas preguntas muy rebuscadillas.

Desconectado mlcosta

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 630
  • Registro: 13/11/07
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #138 en: 07 de Junio de 2017, 19:54:25 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
A mi me pareció todo lo contrario. Bastante lioso y más complicado que la primera semana pero con diferencia. De todos modos, en la segunda pregunta no se refería a si se podía inscribir ese matrimonio en el consulado español? Me podéis decir dónde viene la respuesta. No la encuentro, gracias.

En el extranjero lose hechistes inscribibles en el RC se hacen en el consulado. El quid de la cuestión creo que era si es o no válido.  Si no es valido por no serlo en el lugar de celebración no sería inscribible.

Desconectado JOSERE

  • Usuario Junior
  • *
  • Mensajes: 15
  • Registro: 15/12/08
Re:Hilo Oficial Internacional Privado segundo parcial (2016 / 2017)
« Respuesta #139 en: 08 de Junio de 2017, 08:58:36 am »
Alguien que lo tenga claro puede responder como ha resuelto los casos prácticos para poder comparar??? yo me he liado un poco.