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Autor Tema: Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)  (Leído 24217 veces)

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Desconectado malagon151983

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #160 en: 24 de Enero de 2018, 09:13:13 am »
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lo mejor es que no os calentéis la cabeza buscando respuestas. El examen ha sido una ruina en redacción, erratas, preguntas mal formuladas, etc. Deberian tener un poco de vergüenza y al menos revisar la chapuza de examen que preparan que no creo que trabajen mucho a lo largo del año como para al menos dar el callo ese dia.

Y lo dice uno que ha aprobado, pero ojo, de poder haber sacado nota a tener que ir haciendo cálculos con cuidado para ver si arriesgarse en responder una pregunta que es dudosa a pesar de saberse la materia...

En fin, no os molestéis con este examen porque van a hacer lo que les de la gana, en la tónica de otros años, donde caen del orden de 3 a 4 preguntas por estar mal redactadas.

Exacto. parece mentira que todos los años pase igual, hay hacer las encuestas de valoración del departamento y quejarnos, es verdad, siempre anulan de 3 a4 o más.

Un saludo


Desconectado malagon151983

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #161 en: 24 de Enero de 2018, 09:14:23 am »
Exacto. parece mentira que todos los años pase igual, hay hacer las encuestas de valoración del departamento y quejarnos, es verdad, siempre anulan de 3 a4 o más.

Un saludo

Desconectado vitilines

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #162 en: 24 de Enero de 2018, 09:17:03 am »
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Exacto. parece mentira que todos los años pase igual, hay hacer las encuestas de valoración del departamento y quejarnos, es verdad, siempre anulan de 3 a4 o más.

Un saludo

Estoy de acuerdo es importante mostrar la valoración del departamento, para que si hay alguien al frente (que lo dudo) tome nota, no puede ser que haya gente llevándoselo caliente mientras que se quede suspensa gente que se sepa el temario pero caiga por errores ajenos.

Creo que es la primera vez que me quejo de un departamento, pero es que esto roza lo vergonzoso ya, año tras año igual

Desconectado vglez

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #163 en: 24 de Enero de 2018, 10:18:13 am »
Podeis colgar el examen de la primera semana. Gracias

Desconectado ecalvo100

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #164 en: 24 de Enero de 2018, 10:42:19 am »
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Porque se ha renovado por 3 años. Acababa en mayo del 2017 pues ahora hasta mayo del 2020.
Pero es que lo de la dación en pago y la quita también siguen siendo opciones, creo yo.


Esta pregunta es C, todas son correctas tanto la dacion o quita, como lo del año 2020. Bajo mi punto de vista o eso entiendo yo leyendo el manual en el apartado de deudores con problemas.

Desconectado juann12123

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #165 en: 24 de Enero de 2018, 11:21:43 am »
Sabe alguien qué tiempo suelen tardar en correguir los exámenes?

Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #166 en: 24 de Enero de 2018, 12:04:59 pm »
y en la pregunta 17 tipo a de la subrogacion hipotecaria?cual habeis puesto?

Desconectado Elena84

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #167 en: 24 de Enero de 2018, 12:18:26 pm »
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y en la pregunta 17 tipo a de la subrogacion hipotecaria?cual habeis puesto?

Es la que dice que decide el deudor y tiene que haber convenio vinculante con la nueva entidad bancaria

Desconectado adodu1

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #168 en: 24 de Enero de 2018, 12:20:29 pm »
Hoy leí en un grupo de Facebook que en el tipo A no anulan nada y en el B sólo la repetida.  :D

Desconectado soutattack

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #169 en: 24 de Enero de 2018, 13:16:08 pm »
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y en la pregunta 17 tipo a de la subrogacion hipotecaria?cual habeis puesto?

De necesita consentimiento del acreedor, como así lo dice el código civil

"La novación, que consiste en sustituirse un nuevo deudor en lugar del primitivo, puede hacerse sin el conocimiento de éste, pero no sin el consentimiento del acreedor."
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Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #170 en: 24 de Enero de 2018, 13:16:47 pm »
Entonces la 19 que era la que decían que iban a borrar será la b no?? Y cuánto de fiable es ese grupo de Facebook????


Desconectado adodu1

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #171 en: 24 de Enero de 2018, 13:20:21 pm »
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Entonces la 19 que era la que decían que iban a borrar será la b no?? Y cuánto de fiable es ese grupo de Facebook????

Del examen tipo B, la pregunta repetida, anulaban una de ellas y entraba la 21.
En el tipo A no tuvimos pregunta repetida.

Y no sé si oficialmente es así, a ver si se pronuncian por algún lado los del ED.

Desconectado atirorua

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #172 en: 24 de Enero de 2018, 13:25:30 pm »
Hola, en relación a la pregunta 20 Tipo B "El deudor pignoraticiio no puede usar la prenda:", he leído el capítulo 11 del Manual dos veces y he llegado a la siguiente conclusión:
  • Que no encuentro en el Manual ninguna referencia a la Ley de 1954 sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de la posesión, que ha citado el compañero.
  • Que el régimen de prenda que se desarrolla en el Manual es el de "prenda ordinaria o común" el cual tiene como uno de sus requisitos sine qua non el desplazamiento posesorio, por lo que en base a ello la respuesta sería la A.
  • Que el Manual en un pequeño párrafo hace referencia a que, aparte de este esquema básico de prenda del Código Civil, existen otros denominados especiales entre los que se encuentra la prenda sin desplazamiento remitiendo el propio Manual al "tomo quinto de nuestros Principios de Derecho Civil" para su estudio, por lo que no se ocupa de desarrollarlo y por tanto un alumno no podría ser capaz de saber que en este tipo de prenda sí es posible usar la prenda, siendo en este caso correcta la respuesta B.
  • Creo que lo más probable es que el equipo docente se equivocara al formular el enunciado de la pregunta y en lugar de "deudor pignoraticio" hubieran querido decir "acreedor pignoraticio", tal y como aparece redactada en un examen de años anteriores.
  • Creo que podría ser anulable.
Cómo lo veis?

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #173 en: 24 de Enero de 2018, 13:29:35 pm »
Pues yo creo que o es la A, o es anulable.
Y viendo que no se han matado mucho para poner el examen, es decir nada, ni lo han repasado por encima al menos, veo bastante factible que sea anulable. Para que fuera la A tendrían que haber pensado mucho en como plantear la pregunta, cosa que no han hecho con todas las demás preguntas. No sé.

Desconectado soutattack

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #174 en: 24 de Enero de 2018, 13:32:39 pm »
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Hola, en relación a la pregunta 20 Tipo B "El deudor pignoraticiio no puede usar la prenda:", he leído el capítulo 11 del Manual dos veces y he llegado a la siguiente conclusión:
  • Que no encuentro en el Manual ninguna referencia a la Ley de 1954 sobre hipoteca mobiliaria y prenda sin desplazamiento de la posesión, que ha citado el compañero.
  • Que el régimen de prenda que se desarrolla en el Manual es el de "prenda ordinaria o común" el cual tiene como uno de sus requisitos sine qua non el desplazamiento posesorio, por lo que en base a ello la respuesta sería la A.
  • Que el Manual en un pequeño párrafo hace referencia a que, aparte de este esquema básico de prenda del Código Civil, existen otros denominados especiales entre los que se encuentra la prenda sin desplazamiento remitiendo el propio Manual al "tomo quinto de nuestros Principios de Derecho Civil" para su estudio, por lo que no se ocupa de desarrollarlo y por tanto un alumno no podría ser capaz de saber que en este tipo de prenda sí es posible usar la prenda, siendo en este caso correcta la respuesta B.
  • Creo que lo más probable es que el equipo docente se equivocara al formular el enunciado de la pregunta y en lugar de "deudor pignoraticio" hubieran querido decir "acreedor pignoraticio", tal y como aparece redactada en un examen de años anteriores.
  • Creo que podría ser anulable.
Cómo lo veis?

Lo más lógico, sería que dieran por buena la A. Si según lo que nos dices, en el código civil solo viene recogida la prenda ordinaria, y en el manual nos remiten a otros manuales...como dice la compañera adodu1 o es la A, o anulable. Y al final vamos a acabar teniendo razón ella y yo cuando decíamos que había cuatro o cinco anulables
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Desconectado daviddelaserra

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #175 en: 24 de Enero de 2018, 13:34:34 pm »
Yo estoy en que se equivocaron con acreedor . Deudor

Desconectado salfuman

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #176 en: 24 de Enero de 2018, 13:59:22 pm »
si se equivocaron a la hora de redactar la pregunta, podrían haberla anulado sobre la marcha como hicieron con la 19 del modelo A, así como otras mal, pero que mal, redactadas. yo cambié la respuesta al leerla otra vez, pero por las mismas, y por cuestiones de redacción, algunas las tengo mal. si me toca reconocer que me equivoco o mal interpreto, pase, pero ellos deberian buscar la claridad en la pregunta ,  y evitarnos disgustos cuando conoces la materia.
espero que si anulan alguna, sea de las que tengo mal, porque si no...

Desconectado salfuman

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #177 en: 24 de Enero de 2018, 14:16:35 pm »
Y, finalmente, a los que habeis hecho el modelo B, ¿os dijeron algo de la anulación en el examen? ¿solo sobre la repetida?
en el A, la 19 anulada es igual que la 17 del B

Desconectado soutattack

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #178 en: 24 de Enero de 2018, 14:17:41 pm »
Compañeros, en la doce del tipo A:

"¿Puede un derecho real limitado tener reflejo en el Registro de la Propiedad si NO está inscrito previamente el dominio o la propiedad al que dicho derecho se refiere?"

Qué habéis puesto, porque por más que miro el manual, apuntes e internet no encuentro nada
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Desconectado atirorua

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Re:Hilo Oficial Civil III (2017 / 2018)
« Respuesta #179 en: 24 de Enero de 2018, 14:27:52 pm »
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Compañeros, en la doce del tipo A:

"¿Puede un derecho real limitado tener reflejo en el Registro de la Propiedad si NO está inscrito previamente el dominio o la propiedad al que dicho derecho se refiere?"

Qué habéis puesto, porque por más que miro el manual, apuntes e internet no encuentro nada


Hola, si no me equivoco viene en el capítulo 15 del Manual, epígrafe 7.2, hacia el final (en letra pequeña) tienes las reglas para solicitar la inscripción de un derecho real impuesto sobre fincas ajenas no inscritas. Échale un vistazo a ver si es eso.