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Autor Tema: Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)  (Leído 25659 veces)

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #240 en: 06 de Junio de 2018, 12:07:34 pm »
Y la 25, interpreto que es la C porque el resto dicen textualmente que “no es necesario instruir expediente alguno”. No conozco ningún acto administrativo en que no sea necesario instruir expediente.


Desconectado ichis

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #241 en: 06 de Junio de 2018, 12:09:10 pm »
El articulo 96.1 a del trebep pone funcionarios y para interinos especificando que para ellos supone la revocacion del puesto. Por tanto creo que es 24b

Desconectado manu1582

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #242 en: 06 de Junio de 2018, 12:09:42 pm »
Gracias!!!
Amemos la patria, aunque no sea más que por sus inmerecidas desgracias

Desconectado manu1582

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #243 en: 06 de Junio de 2018, 12:15:14 pm »
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Y la 25, interpreto que es la C porque el resto dicen textualmente que “no es necesario instruir expediente alguno”. No conozco ningún acto administrativo en que no sea necesario instruir expediente.
[/quote


Si lees el manual, en la pág 641 Cito textualmente: "La regla general es la necesidad de expediente instruido al efecto, para la imposición de faltas graves o muy graves pero se dispensa de él para la imposición de faltas leves, salvo el trámite de audiencia del interesado...
"
Por lo que a mi parecer es B

un saludo!!!
Amemos la patria, aunque no sea más que por sus inmerecidas desgracias

Desconectado josederecho

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #244 en: 06 de Junio de 2018, 12:17:27 pm »
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Buenos días:

Escribo desde el móvil y personalmente, creo que sido duro.

Las respuestas mías y más o menos contrastadas.:

1 - D
2 - B
3 - D
4 - D
5 - D
6 - C
7 - C
8 - D
9 - D
10 - D
11 - C
12 - A
13 - B
14 - B
15 - A
16 - ¿ C ?  (yo puse A)
17 - D
18 - SIN CONTESTAR (yo puse la B)
19 - C
20 - C
21 - B
22 - D (yo puse la A)
23 - B (yo puse la C)
24 - D (yo puse la B)
25 - B

Buenos días, contigo parece que es con quien más coincido. Me maté a estudiar así que en teoría debería haber hecho un buen examen. Era complicadillo   :'(

Desconectado ichis

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #245 en: 06 de Junio de 2018, 12:22:58 pm »
La 16 segun articulos 9.2 y 57.1 del trebep deberia ser la b

Desconectado manu1582

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #246 en: 06 de Junio de 2018, 12:25:10 pm »
Si es la "B" la respuesta a la 16 viene en la pág 497 del manual.
Amemos la patria, aunque no sea más que por sus inmerecidas desgracias

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #247 en: 06 de Junio de 2018, 12:25:43 pm »
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Y la 25, interpreto que es la C porque el resto dicen textualmente que “no es necesario instruir expediente alguno”. No conozco ningún acto administrativo en que no sea necesario instruir expediente.
[/quote


Si lees el manual, en la pág 641 Cito textualmente: "La regla general es la necesidad de expediente instruido al efecto, para la imposición de faltas graves o muy graves pero se dispensa de él para la imposición de faltas leves, salvo el trámite de audiencia del interesado...
"
Por lo que a mi parecer es B

un saludo!!!

Si es así, parece clara la respuesta B

Desconectado ichis

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #248 en: 06 de Junio de 2018, 12:32:14 pm »
La 25 en trebep articulo 98.1 in fine parece clara la b

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #249 en: 06 de Junio de 2018, 12:42:22 pm »
Las mías sin contrastar
1d
2b
3b
4d
5d
6c
7c
8d
9d
10a
11d
12c
13-
14b
15a
16b
17d
18b
19b
20c
21b
22d
23c
24b
25b
26a
27a

Espero rascar el 5. Complicado? Pues bueno, la verdad que han repetido varias de los anteriores dos años, otra cosa es que sólo con esas te de para aprobar, regalado no ha sido desde luego, veremos....

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #250 en: 06 de Junio de 2018, 12:46:14 pm »
Sigo sin tener claro la respuesta de la 11, ya que salvo la D dice “exclusivamente” en el resto de respuestas; y la 18 (que creo es la B pero no la encuentro en los apuntes) .

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #251 en: 06 de Junio de 2018, 12:47:15 pm »
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Sigo sin tener claro la respuesta de la 11, ya que salvo la D dice “exclusivamente” en el resto de respuestas; y la 18 (que creo es la B pero no la encuentro en los apuntes) .

Esto es, la 11 D y 18 A

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #252 en: 06 de Junio de 2018, 12:53:41 pm »
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Esto es, la 11 D y 18 B

Desconectado pitu448

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #253 en: 06 de Junio de 2018, 12:57:57 pm »
He visto que en la pregunta 17 muchos han puesto la "d" como respuesta correcta, mi pregunta es, ¿a un funcionario de carrera lo puede sustituir temporalmente con personal laboral temporal?

Desconectado akhesa10

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #254 en: 06 de Junio de 2018, 12:58:55 pm »
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Buenos días, contigo parece que es con quien más coincido. Me maté a estudiar así que en teoría debería haber hecho un buen examen. Era complicadillo   :'(

la 23 para mi es la C ya que los pactos y acuerdos colectivos no veo que puedan modificar las falta muy graves de los funcionarios. El resto de la respuesta sería valida. La C estaría incompleta pero es valida.

Desconectado josederecho

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #255 en: 06 de Junio de 2018, 13:05:14 pm »
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La 16 segun articulos 9.2 y 57.1 del trebep deberia ser la b

No lo tengo claro, el Director de la Agencia Española de Protección de Datos por poner un ejemplo, u otro personal directivo puede ejercer poder público, sin embargo se trata de personal laboral en muchos casos (contrato de alta dirección), la literalidad de los dos artículos no es la misma.

Si atendemos a la literalidad del artículo 9.2 habla sólo de funcionarios públicos (de carrera e interinos).

Pero igual tienes razón, además no dispongo del examen y así de memoria es complicadillo

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #256 en: 06 de Junio de 2018, 13:06:13 pm »
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la 23 para mi es la C ya que los pactos y acuerdos colectivos no veo que puedan modificar las falta muy graves de los funcionarios. El resto de la respuesta sería valida. La C estaría incompleta pero es valida.

Coincido contigo, sobre todo porque ya ha caido otros años la misma pregunta, y esa era la respuesta correcta.

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #257 en: 06 de Junio de 2018, 13:07:42 pm »
Buenas tardes, he buscado todas las respuestas, os las pongo con su justificación en la legislación o el manual. La 18 y la 27 las dejé en blanco y al salir no he sido capaz de encontrar las respuestas.

1D
Ley de contratos del sector público art. 3.1 c)
"Los Organismos Autónomos, las Universidades Públicas y las autoridades administrativas independientes."

2B
Ley de contratos del sector público Artículo 16. Contrato de suministro.
1. Son contratos de suministro los que tienen por objeto la adquisición,
el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles.

3D
Ley de contratos del sector público Artículo 29 apartado 8
8. Los contratos menores definidos en el apartado primero del artículo 118 no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga.

4D
LCSP Artículo 72. Apreciación de la prohibición de contratar. Competencia y procedimiento.
1. Las prohibiciones de contratar relativas a las circunstancias contenidas en las letras c), d), f), g) y h) del apartado 1 del artículo anterior,
 se apreciarán directamente por los órganos de contratación, subsistiendo mientras concurran las circunstancias que en cada caso las determinan.

Artículo 71. Prohibiciones de contratar.
d) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias

5D
LCSP Artículo 162. Selección de candidatos.
2. El órgano de contratación señalará el número mínimo de empresarios a los que invitará a participar en el procedimiento, que no podrá ser inferior a cinco.

6D
Ley de expropiación forzosa

Artículo primero.

1. Es objeto de la presente Ley la expropiación forzosa por causa de utilidad pública o interés social a que se refiere el artículo treinta y dos del
Fuero de los Españoles, en la que se entenderá comprendida cualquier forma de privación singular de la propiedad privada o de derechos o
intereses patrimoniales legítimos

7C
página 465 manual Administrativo II

8D
página 480 manual Administrativo II

9D
art 54 ley de expropiación forzosa

a) Cuando se hubiera producido un exceso de expropiación o la desafectación del bien o derecho expropiados y no hubieran transcurrido veinte años desde la toma de posesión de aquéllos.

b) Cuando hubieran transcurrido cinco años desde la toma de posesión del bien o derecho expropiados sin iniciarse la ejecución de la obra o la implantación del servicio.

c) Cuando la ejecución de la obra o las actuaciones para el establecimiento del servicio estuvieran suspendidas más de dos años por causas imputables a la Administración o al beneficiario de la expropiación sin que se produjera por parte de éstos ningún acto expreso para su reanudación.

10D
SSTS 27.11.1999 (la declaración debe llevar implícita o manifiesta la necesidad de ocupación)

11C
página 507 manual Administrativo II

12A
página 510 manual Administrativo II

13B
página 509 manual Administrativo II

14B
art.81.2 Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común

2. Cuando las indemnizaciones reclamadas sean de cuantía igual o superior a 50.000 euros o a la que se establezca en la correspondiente legislación autonómica,
así como en aquellos casos que disponga la Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado, será preceptivo solicitar dictamen del Consejo de Estado o,
 en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma.

15A
página 516 manual Administrativo II

16B
Pregunta de un examen anterior del año 2017

17A

EBEP art 10.1 b)

Artículo 10. Funcionarios interinos.
1. Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera, cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
a) La existencia de plazas vacantes cuando no sea posible su cobertura por funcionarios de carrera.
b) La sustitución transitoria de los titulares.
c) La ejecución de programas de carácter temporal, que no podrán tener una duración superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto.
d) El exceso o acumulación de tareas por plazo máximo de seis meses, dentro de un periodo de doce meses.
2. La selección de funcionarios

18 ???

19C

EBEP arts 36 y 37

Artículo 36. Mesas Generales de Negociación.
1. Se constituye una Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.

Artículo 37. Materias objeto de negociación.
1. Serán objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso, las materias siguientes:
a) La aplicación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las comunidades autónomas.


20C

EBEP art 70

Artículo 70. Oferta de empleo público.
1. Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de empleo público,

21B

EBEP art 60.2

2. El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.


22D

EBEP art 61.3

3. Los procesos selectivos que incluyan, además de las preceptivas pruebas de capacidad, la valoración de méritos de los aspirantes sólo podrán otorgar a dicha valoración una puntuación proporcionada que no determinará, en ningún caso, por sí misma el resultado del proceso selectivo

23C

EBEP Artículo 93  y página 682 del manual de administrativo I

Artículo 93. Responsabilidad disciplinaria.
1. Los funcionarios públicos y el personal laboral quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el presente título y en las normas que las leyes de Función Pública dicten en desarrollo de este Estatuto.

24B

EBEP artículo 96.1a)

Artículo 96. Sanciones.
1. Por razón de las faltas cometidas podrán imponerse las siguientes sanciones:
a) Separación del servicio de los funcionarios, que en el caso de los funcionarios interinos comportará la revocación de su nombramiento, y que sólo podrá sancionar la comisión de faltas muy graves.

25B

EBEP artículo 98.1

Artículo 98. Procedimiento disciplinario y medidas provisionales.
1. No podrá imponerse sanción por la comisión de faltas muy graves o graves sino mediante el procedimiento previamente establecido.
La imposición de sanciones por faltas leves se llevará a cabo por procedimiento sumario con audiencia al interesado.

26A

Ley de contratos del sector público, artículo 44 2a) y c)
2. Podrán ser objeto del recurso las siguientes actuaciones:
a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación.
c) Los acuerdos de adjudicación

27????








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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #258 en: 06 de Junio de 2018, 13:28:42 pm »
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Coincido contigo, sobre todo porque ya ha caido otros años la misma pregunta, y esa era la respuesta correcta.
el articulo 95.2 p) pone que tambien seran faltas muy graves las establecidas por ley de CG o de asambleas legislativas autonómicas.  Yo diria que la 23 es c

Desconectado ichis

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Re:Hilo Oficial Administrativo III (2017 / 2018)
« Respuesta #259 en: 06 de Junio de 2018, 13:34:32 pm »
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No lo tengo claro, el Director de la Agencia Española de Protección de Datos por poner un ejemplo, u otro personal directivo puede ejercer poder público, sin embargo se trata de personal laboral en muchos casos (contrato de alta dirección), la literalidad de los dos artículos no es la misma.

Si atendemos a la literalidad del artículo 9.2 habla sólo de funcionarios públicos (de carrera e interinos).

Pero igual tienes razón, además no dispongo del examen y así de memoria es complicadillo
  9.2. En todo caso, el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas corresponden exclusivamente a los funcionarios públicos, en los términos que en la ley de desarrollo de cada Administración Pública se establezca.

Artículo 57. Acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

1. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.       La pregunta decía si un puedto de trabajo en una AP implica la participacion en la salvaguardia de los imtereses del estado o una ap podrá. ...creo por tanto que es la b