¿Y si no contestan nunca?
Si no hay contestación el 14 de marzo (que es el plazo que tienen para resolver) se considera desestimatorio por silencio administrativo y a partir de ahí empiezan a contar los 5 días para solicitar la comisión, en la que habrá que indicar esa circunstancia.
Todas las solicitudes que se hagan después del lunes no serán admitidas por fuera de plazo, aunque contesten después.
Si luego cuando ya habéis solicitado la comisión, al cabo de unas semanas os contestan positivamente, mejor, no habéis perdido nada, ni siquiera el derecho a una segunda revisión.