;

Autor Tema: Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018  (Leído 11079 veces)

0 Usuarios y 1 Visitante están viendo este tema.

Desconectado TUDANCA

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 221
  • Registro: 16/11/09
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #80 en: 02 de Septiembre de 2018, 10:06:26 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Espero que os sea de utilidad lo que os he puesto. Muchísima suerte a todas y todos!!!!!!
:'( :'( :'( :'( (es de emoción).
Muchisimas  ¡¡¡¡GRACIAS!!!!


Desconectado coco0293

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 162
  • Registro: 06/02/14
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #81 en: 03 de Septiembre de 2018, 10:10:52 am »
buenos dias , me acaba de surgir una duda , lo mismo es muy ovbia ...estoy realizando casos practicos y en concreto , este me ha desubicado un poco :
"Un nacional español contrae matrimonio en Alemania con una nacional marroquí. Pasados dos años, pretende obtener una declaración de nulidad del matrimonio, por incapacidad -hasta ahora desconocida- de la su mujer. Ambos residen habitualmente en Elche (España)."
la aplicacion del reglamento en materia de separacion y divorcio es aplicable , cuando al menos uno pertenezca a estado miembro? o ambos tienen que ser parte de EM?
- otra preguntilla , si por ejemplo ambos son estadounidenses , y queiren presentar la demanda de divorcio en un EM, podria aplicar el reglamento?

Desconectado quecin

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 76
  • Registro: 20/10/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #82 en: 03 de Septiembre de 2018, 11:28:11 am »
Supongo que te refieres a la Competencia Judicial. El R. 2201/03, recoje los foros de competencia, alternativos. Residencia común, última....
Si lo que preguntas es la ley aplicable, es el R 1259/10, relativo a la separación y divorcio. La nulidad está excluida. Teniendo que recurrir a la norma interna.

Desconectado rutger

  • Licenciados
  • *
  • Mensajes: 2026
  • Registro: 29/11/07
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #83 en: 03 de Septiembre de 2018, 14:01:50 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
buenos dias , me acaba de surgir una duda , lo mismo es muy ovbia ...estoy realizando casos practicos y en concreto , este me ha desubicado un poco :
"Un nacional español contrae matrimonio en Alemania con una nacional marroquí. Pasados dos años, pretende obtener una declaración de nulidad del matrimonio, por incapacidad -hasta ahora desconocida- de la su mujer. Ambos residen habitualmente en Elche (España)."
la aplicacion del reglamento en materia de separacion y divorcio es aplicable , cuando al menos uno pertenezca a estado miembro? o ambos tienen que ser parte de EM?
- otra preguntilla , si por ejemplo ambos son estadounidenses , y queiren presentar la demanda de divorcio en un EM, podria aplicar el reglamento?

Coco0293:
siempre que se cumpla alguno de los foros del reglamento 2201 se aplicará con respecto a la competencia judicial internacional (si lo que quieres es determinar qué tribunales son competentes). En el caso que planteas ya se cumpliría el primero de ellos: residencia habitual en un país comunitario. Y ten en cuenta el artículo 4 del reglamento por el que  la ley  se aplicará aunque no sea la de un Estado miembro participante. Es decir, que este reglamento se aplica siempre que hay extranjeros o elemento extranjero, aunque no sean comunitarios.
Pero todo esto para competencia judicial, porque si lo que te preguntan es ley aplicable en cuanto a la nulidad, si ambos cónyuges residen en España como planteas, ante la ausencia de norma comunitaria tienes que aplicar el articulo 107 del CC.
Ten en cuenta que tal como te indica Quecin que el regl. Roma III para ley aplicable no incluye la nulidad matrimonial, tan sólo separación y divorcio. Sin embargo, para competencia judicial el reglamento comunitario 2201 sí recoge la nulidad.
Creí no tener nada pero cuando vi que tenía esperanza, comprendí que lo tenía todo.

Desconectado frankserpico

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 455
  • Registro: 19/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #84 en: 04 de Septiembre de 2018, 01:51:23 am »
Pregunta: El título ejecutivo europeo, para su ejecución en España, qué se hace mediante el R1215/2012 o el R805/2004?

Desconectado coco0293

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 162
  • Registro: 06/02/14
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #85 en: 04 de Septiembre de 2018, 09:21:35 am »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Coco0293:
siempre que se cumpla alguno de los foros del reglamento 2201 se aplicará con respecto a la competencia judicial internacional (si lo que quieres es determinar qué tribunales son competentes). En el caso que planteas ya se cumpliría el primero de ellos: residencia habitual en un país comunitario. Y ten en cuenta el artículo 4 del reglamento por el que  la ley  se aplicará aunque no sea la de un Estado miembro participante. Es decir, que este reglamento se aplica siempre que hay extranjeros o elemento extranjero, aunque no sean comunitarios.
Pero todo esto para competencia judicial, porque si lo que te preguntan es ley aplicable en cuanto a la nulidad, si ambos cónyuges residen en España como planteas, ante la ausencia de norma comunitaria tienes que aplicar el articulo 107 del CC.
Ten en cuenta que tal como te indica Quecin que el regl. Roma III para ley aplicable no incluye la nulidad matrimonial, tan sólo separación y divorcio. Sin embargo, para competencia judicial el reglamento comunitario 2201 sí recoge la nulidad.
muchisimas gracias , efectivamente esa era mi duda , gracias de nuevo, muy amable en ayudarme

Desconectado rae66

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 52
  • Registro: 14/10/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #86 en: 04 de Septiembre de 2018, 09:24:34 am »
Hola,
Creo que es directamente el Reg 805 de creación de Título Ejecutivo Europeo para créditos no impugnados (en materia civil y mercantil).
En el reg. 1215 el art. 39 dice:
'Las resoluciones dictadas en un Estado miembro que tengan fuerza ejecutiva en él gozarán también de ésta en los demás Estados sin necesidad de una declaración de fuerza ejecutiva'.
Se debe por ello entender que el 805 es más concreto en la referencia a un aspecto y situación concretos. El 1215 en cuanto a la ejecutividad de las resoluciones es más genérico.
Es mi opinión, espero que sea correcto.
saludos y suerte,

Desconectado TUDANCA

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 221
  • Registro: 16/11/09
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #87 en: 04 de Septiembre de 2018, 19:35:05 pm »
No puedes ver los enlaces. Register or Login
Pregunta: El título ejecutivo europeo, para su ejecución en España, qué se hace mediante el R1215/2012 o el R805/2004?
Extraido directamente de la: Guía práctica para la aplicación del Reglamento relativo al títuloejecutivo europeo. "El principio de reconocimiento mutuo es la piedra angular de la cooperación judicial en asuntos civiles en la Unión. El Reglamento (CE) n° 805/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo estableció el título ejecutivo europeo para créditos no impugnados, que permite la ejecución de resoluciones, transacciones judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en todos los Estados miembros y suprime los procedimientos intermedios («exequátur») en el Estado miembro de ejecución."

Desconectado jpalacios17

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 212
  • Registro: 28/09/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #88 en: 04 de Septiembre de 2018, 20:41:06 pm »
Buenas tardes. Tengo una duda de última hora y no se si es un error en el test de Daypo.
en la pregunta, Los trabajadores:
a) No pueden disponer válidamente, antes o después de su adquisición, de los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales de derecho necesario, pero sí de los derechos reconocidos en convenio colectivo.
b) No pueden disponer válidamente, antes o después de su adquisición, de los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales de derecho necesario, pero sí de los derechos reconocidos en convenio colectivo si el convenio es sectorial
c) No pueden disponer válidamente, antes o después de su adquisición, de los derechos que tengan reconocidos por disposiciones legales de derecho necesario, ni por convenio colectivo.
Podrías decirme cuál es la correcta y en que tema del manual figura exactamente?
Gracia

Desconectado jpalacios17

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 212
  • Registro: 28/09/13
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #89 en: 04 de Septiembre de 2018, 20:50:05 pm »
Perdón me he equivocado de grupo

Desconectado frankserpico

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 455
  • Registro: 19/09/12
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #90 en: 04 de Septiembre de 2018, 21:30:11 pm »
Duda de última hora:

Como se reconoce y ejecuta un titulo ejecutivo europeo en un estado miembro? Se ejecuta sin más? no entra en juego el R 1215/2012?

Desconectado ecaracet1

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 647
  • Registro: 05/08/14
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #91 en: 04 de Septiembre de 2018, 23:58:30 pm »
Por lo que yo sé
el reconocimiento es automatico
ya que entraría en juego el Reglamento 1215/2012

Un título ejecutivo europeo no es otra cosa má que una resolución judicial basada en certificados europeos uniformes, por tanto, como su propia definición implica, debe tener un reconocimiento automático, la única excepción respecto del control es que el TEE no debe haber sido impugnado ni explicita ni tacitamente

si no se produce ninguna de estas situaciones el TEE pasa a ser ejecutivo automáticamente ya que el control sobre el fondo y demás requisitos de ejecutabilidad ya los ha pasado en el país de emisión del TEE

Desconectado quecin

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 76
  • Registro: 20/10/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #92 en: 05 de Septiembre de 2018, 08:19:49 am »
Suerte para hoy

Desconectado colosso

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 187
  • Registro: 24/07/14
  • Un estudiante más
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #93 en: 05 de Septiembre de 2018, 08:38:14 am »
¿Es esta y no otra la peor asignatura de la carrera con diferencia?  :D

Suerte a todos.

Y gracias a habisya y rutger por vuestra ayuda.


Desconectado jovitova

  • Gran usuario
  • ****
  • Mensajes: 530
  • Registro: 19/09/11
  • www.uned-derecho.com
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #94 en: 05 de Septiembre de 2018, 10:35:47 am »
No fue difícil, pero no sé yo como quedaré jejeje

Desconectado necrish

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 688
  • Registro: 16/08/10
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #95 en: 05 de Septiembre de 2018, 10:43:21 am »
Ahora a por el segundo parcial
Semper Fidelis

Desconectado Machini

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2051
  • Registro: 04/12/14
  • Verba volant, scripta manent.
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #96 en: 05 de Septiembre de 2018, 10:54:54 am »
Ánimo chic@s!! Yo voy el sábado al segundo parcial que hoy tengo el segundo parcial de Mercantil I.
La primera parte me ha ido bien creo, la segunda aun la tengo que estudiar  ;D
Traduttore, traditore.

Desconectado sanson2

  • Usuario activo
  • **
  • Mensajes: 103
  • Registro: 27/09/11
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #97 en: 05 de Septiembre de 2018, 10:58:30 am »
Alguien que me ilumine con las respuestas de los casos practicos?
May the law be with you

Desconectado necrish

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 688
  • Registro: 16/08/10
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #98 en: 05 de Septiembre de 2018, 12:56:33 pm »
Bueno,pues ya está la suerte echada,a esperar las notas.
Semper Fidelis

Desconectado Machini

  • Graduados
  • *
  • Mensajes: 2051
  • Registro: 04/12/14
  • Verba volant, scripta manent.
Re:Hilo Oficial Internacional Privado septiembre 2018
« Respuesta #99 en: 05 de Septiembre de 2018, 17:00:35 pm »
Alguien va al segundo parcial el sábado como yo?  :'(
Traduttore, traditore.