Contratos de consumo y contrato individual de trabajo, el legislador considera que hay una situación digna de tutela por la especial posición de inferioridad de una de las partes.
los art 20-23 Reglamento Bruselas I refundido:
permite al trabajador demandante escoger entre acudir a los tribunales del domicilio del demandado(empresario), bien en el lugar donde desempeñe habitualmente su trabajo, bien a los tribunales del lugar donde desempeñe habitualmente su trabajo, bien a los tribunales del lugar donde radique el establecimiento que contrata al trabajador, si ocurre que desempeña su trabajo en lugares distintos.
según la pregunta entiendo que la respuesta correcta seria la B, el piloto podrá interponer la demanda en estados unidos que es lugar donde desempeña habitualmente su trabajo, en España porque radica el establecimiento que contrata al trabajador y además radica el domicilio del demandado.
es bastante desmoralizadora esta asignatura interminable
