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Autor Tema: Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021  (Leído 35689 veces)

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Desconectado Arancha3

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #400 en: 30 de Enero de 2021, 20:19:04 pm »
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Completamente de acuerdo, Arancha
Perfecto, msegala!

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Es muy buena idea!!!!  yo estoy dispuesto a echar una mano en lo que haga falta.

Iré haciendo mis apuntes y los puedo ir colgando. El único problema es que, por mi trabajo, soy mas de hacer a tirones que llevar una pauta establecida... pero eso no quita que vaya participando en el foro para poder aprender yo también. Sería una especie de aprendizaje colaborativo.

En mi caso, me ayuda mucho a comprender la asignatura hacerme esquemas mentales sencillos, adaptados a situaciones cotidianas. Y en esta asignatura creo que también es importante aplicar las reglas que te dan, es decir, si se da esta situación, se aplica esto... contando con las excepciones. No se si me explico... es como las reglas de un juego de mesa. Al menos, así he visto yo el primer parcial.

Muchísimas gracias, ernest! Muchísimas gracias por los apuntes, y por todo! No te preocupes, colabora lo que quieras, cuando puedas, y como quieras. Creo que tienes mucha razón con lo que dices de "aplicar las reglas que te dan", las excepciones y lo del juego de mesa...entiendo perfectamente lo que quieres decir, por eso me parecía que eran necesarios "profesores" para explicar a los demás ese tipo de razonamientos. Muchas gracias, ernest.


Desconectado lucia1234

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #401 en: 31 de Enero de 2021, 07:50:20 am »
Buenos días, compañera, Arancha.
Puedes contar, por supuesto, también conmigo en todo lo que esté en mi mano para ayudar!
Eso si, para tu info.-, ando más liada que el "moño de una gitana".
 :D :D

Pronto se abrirá el hilo del 2⁰ parcial, de la asignatura en cuestión. Sugiero usar pues tal hilo, en vez de el presente.

FELIZ DÍA A TOD@S Y que os cunda mucho los estudios.

Desconectado Arancha3

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #402 en: 31 de Enero de 2021, 08:37:38 am »
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Buenos días, compañera, Arancha.
Puedes contar, por supuesto, también conmigo en todo lo que esté en mi mano para ayudar!
Eso si, para tu info.-, ando más liada que el "moño de una gitana".
 :D :D

Pronto se abrirá el hilo del 2⁰ parcial, de la asignatura en cuestión. Sugiero usar pues tal hilo, en vez de el presente.

FELIZ DÍA A TOD@S Y que os cunda mucho los estudios.

Muchísimas gracias, Lucía! Si, ya me imagino que tendrás muchas cosas que hacer al cabo del día, pero bueno, en el fondo, creo que tampoco es necesario dedicar mucho tiempo. De todas formas, ya iremos viendo el funcionamiento de todo sobre la marcha, pero en principio, supongo que intentaremos resolver todas las cuestiones entre los miembros del grupo. Creo que solo necesitaríamos algo de ayuda de vez en cuando y un poco de seguimiento de lo que vamos haciendo, alguna sugerencia para estudiar algún aspecto en concreto, etc. Un poco de supervisión general. Creo que el principal problema que tenemos los del grupo es la falta de constancia y el estudiar a última hora. Si logramos corregir eso y vamos estudiando los temas desde el principio y pausadamente, creo que la asignatura se nos va a dar mejor de lo que pensamos.

Por otra parte, si, usaríamos el hilo del 2º parcial, si claro. Lo que quería decir es que todo quedaría recogido en el hilo oficial de D. Internacional Privado, y que no abriríamos un hilo distinto (a no ser que los moderadores digan otra cosa o fuera mas conveniente).

Bueno, pues de nuevo muchas gracias Lucía :)

Desconectado Marcos_Derecho

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #403 en: 31 de Enero de 2021, 10:37:11 am »
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   Mi estrategia es dejarla :'( :'(
Pues no la dejes.

Si salvas el segundo parcial, en septiembre te la quitas.
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Desconectado Marcos_Derecho

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #404 en: 31 de Enero de 2021, 10:44:29 am »
Por mi parte, seguiré haciendo y compartiendo apuntes y preguntas test. Igualmente, participaré en los grupos que existen para debatir sobre las dudas que se vayan planteando y resolver casos prácticos.

Pero me pasa como al otro compañero. Mis circunstancias personales y profesionales no me permiten ajustarme a un ritmo de trabajo predefinido. Estudio cuando puedo y me dejan. Unas semanas puedo avanzar mucho, y otras no tocar un libro... Así que no me puedo comprometer a más de lo que ya hago.
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Desconectado Arancha3

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #405 en: 31 de Enero de 2021, 11:37:38 am »
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Por mi parte, seguiré haciendo y compartiendo apuntes y preguntas test. Igualmente, participaré en los grupos que existen para debatir sobre las dudas que se vayan planteando y resolver casos prácticos.

Pero me pasa como al otro compañero. Mis circunstancias personales y profesionales no me permiten ajustarme a un ritmo de trabajo predefinido. Estudio cuando puedo y me dejan. Unas semanas puedo avanzar mucho, y otras no tocar un libro... Así que no me puedo comprometer a más de lo que ya hago.

Muchísimas gracias, Marcos. Aunque sea yo quien conteste, creo que no me equivoco al agradecerte tu esfuerzo, en nombre de todos. Ya haces mas que suficiente, al igual que ernest y lucía. Muchísimas gracias. No me olvido de Alfonso 83, que también se ha ofrecido a ayudar. Muchas gracias.

Os recuerdo que aunque hablo de "grupo", es por simplificar. Por si alguien no lo tiene claro, no es un grupo cerrado, cualquier compañero/a del foro puede participar. Y aunque yo he sido la primera en dar a conocer la idea, eso no quiere decir nada. Me refiero a que aquí todos somos iguales y cualquiera puede aportar o hacer lo que mejor le parezca. Yo no quiero "monopolizar" nada, no se si me explico. Por cierto, retomando lo que propuso Molins19, creo que convendría hacer un calendario. Por favor, si os parece bien id mirando cuántos temas son, cuántas semanas hay hasta el primer examen  y si se puede ir a un ritmo de un tema a la semana o hay que hacer algún ajuste, si queremos dejar la última semana para repaso, etc., etc. Si tenéis tiempo y ganas, cuando podáis id mirando esas cosas, por favor. Yo me voy a estudiar Trabajo, que tengo examen el día 11, y-me vais a perdonar-pero ya no puedo dedicar mas tiempo a este tema del grupo hoy. Tengo una montaña de cosas que hacer...

Un saludo a todos

Desconectado Arancha3

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #406 en: 01 de Febrero de 2021, 09:40:55 am »
Buenos días,
 
Antes de nada, por favor perdonadme, que no quiero ser pesada ni monopolizar el hilo con este tema...pero creo que me he equivocado al responder a Marcos. No leí correctamente lo que quería decir: que no sabe a ciencia cierta si podrá disponer de mas tiempo del que dispone para embarcarse en mas tareas. Perfecto Marcos. Por supuesto se trata de que participe quien buenamente pueda.

De todas formas, no cambia nada. Seguimos agradeciendo a Marcos sus apuntes y su colaboración y ayuda en otros grupos de la asignatura. Marcos ya está haciendo bastante mas de lo que muchos harán nunca.

Un saludo a todos


Desconectado Telepinu

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #407 en: 01 de Febrero de 2021, 10:58:54 am »
Aranxita, wapa, no postees tanto y métele al Derecho de Trabajo, que luego te pilla el toro. Coño yaaaa!!!! ;D ;D ;D
"quotquotÉl puede parecer un idiota y actuar como un idiota. Pero no se deje usted engañar. Es realmente un idiota"quotquot. G. MARX

Desconectado Arancha3

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #408 en: 01 de Febrero de 2021, 11:25:15 am »
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Aranxita, wapa, no postees tanto y métele al Derecho de Trabajo, que luego te pilla el toro. Coño yaaaa!!!! ;D ;D ;D

jajaja tienes toda la razón, Telepinu  :) Es que me lío yo sola :-[  De verdad que no vuelvo por aquí hasta el 15 de febrero.

Desconectado Juanky.Astur

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #409 en: 04 de Febrero de 2021, 16:39:10 pm »
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Este es el examen que me ha tocado a mí hoy. Al lado pongo las respuestas correctas (creo), cotejandolas con el libro:

1.- La pluralidad de ordenamientos jurídicos diferentes en el mundo y la actividad de las personas en más de uno de ellos:
A)   constituyen los supuestos del llamado tráfico jurídico externo (Correcta)
B)   Conforman el conjunto de materias sobre las que solo de forma excepcional puede intervenir la regulación del tráfico externo
C)   Hace inviable encontrar mediante las normas de tráfico externo una solución adecuada a los problemas de competencia judicial que de ellos se derivan


2.- En un convenio internacional de unificación de normas de conflicto:
A)   Nunca podrán coexistir normas materiales
B)   No existen los convenios internacionales que unifican normas de conflicto
C)   Podrán coexistir a su vez con normas materiales  (Correcta)


3.- Se plantea un litigio entre 2 ciudadanos alemanes residentes en Berlín sobre un contrato de arrendamiento de un inmueble situado en Palma de Mallorca propiedad de uno de ellos. El contrato se ha firmado en Berlín. ¿Qué tipo de relación privada es esta?
A)   Es una relación de tráfico jurídico externo, porque vincula relaciones de derecho privado entre particulares que se desarrollan en el ámbito internacional (Correcta)
B)   Es una relación de tráfico jurídico interno alemán, porque las partes son alemanas y el contrato se ha firmado en Alemania
C)   Es una relación de tráfico jurídico interno español, porque el inmueble está situado En España


4.- German, ciudadano alemán, recibe en su domicilio de Colonia una notificación librada por autoridad judicial española por correo certificado, en virtud de la cual se le notifica un procedimiento abierto contra él en España por impago de arrendamiento
A)   Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones con independencia de que incorpore el Anexo II
B)   Es notificación válida conforme al Reglamento de notificaciones y debe incorporar el Anexo II (Correcta)
C)   Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones pero válida conforme a la Ley de Cooperación Jurídica Internacional


5.- No es posible aplicar el foro de la autonomía de la voluntad en el marco del Reglamento Bruselas I refundido cuando:
A)   El supuesto versa sobre competencias exclusivas (Correcta)
B)   Con independencia de los supuestos, el foro de la autonomía de la voluntad siempre es posible en el marco del reglamento Bruselas 1 refundido
C)   El supuesto versa sobre materias exclusivas o fueros especiales por razón de la materia


6.- Se solicita una medida cautelar ante los tribunales de Oviedo, siendo que sobre el caso ya está conociendo un Tribunal de Buenos Aires (EEUU):
A)   Los tribunales españoles no pueden ser competentes para otorgar medidas cautelares sobre un asunto sobre el que ya está conociendo un Tribunal extranjero
B)   Los tribunales españoles pueden ser competentes para otorgar medidas cautelares sólo si los tribunales que conocen sobre el fondo sean tribunales de Estados miembros UE
C)   Los tribunales españoles pueden ser competentes para otorgar medidas cautelares tanto si los tribunales que conocen sobre el fondo son tribunales de Estados miembros UE como de terceros Estados (Correcta)


7.- Una empresa con domicilio en República Dominicana cierra un contrato de prestación de consultoría con otra con domicilio también en República Dominicana. Ambas fijan en su contrato una cláusula de jurisdicción en favor de los tribunales holandeses. Presentada una demanda ante dichos tribunales, la validez del acuerdo de sumisión se analizará:
A)   Aplicando la normativa interna de República Dominicana
B)   Aplicando el Reglamento Bruselas I refundido (Correcta)
C)   No es posible que empresas domiciliadas en terceros Estados se sometan a la competencia de un Tribunal de un Estado miembro


8.- La empresa con sede en Nueva York demanda a un ciudadano norteamericano residente en París ante los tribunales españoles por incumplimiento de un contrato de suministro alegando impago del precio. Tanto el pago del precio como el suministro debían realizarse en París. El demandado comparece y solicita la declinatoria. Esta cuestión habrá de analizarse y resolverse de acuerdo con las normas:
A)   De la LOPJ
B)   Del R.1215/2012 (R. Bruselas I ref.) (Correcta)
C)   De la LEC


9.- La inscripción de un documento público extranjero en el Registro Civil o en el registro de la propiedad:
A)   Requiere la verificación previa de que la autoridad extranjera lo haya confeccionado desarrollando funciones equivalentes a las que habría desarrollado la misma autoridad en España, así como los requisitos que establezca la legislación especial en cada materia (Correcta)
B)   Es una cuestión no prevista en la legislación española y por tanto queda a la discreción del Encargado del Registro correspondiente
C)   No se requieren más exigencias que las derivadas de la legalización y traducción del documento público extranjero


10.- Conforme a la Ley de Cooperación Jurídica Internacional, el reconocimiento incidental:
A)   No excluye la posibilidad de solicitar el execuátur de la decisión (Correcta)
B)   Excluye la posibilidad de solicitar el execuátur de la decisión
C)   La Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil no incluye el reconocimiento incidental de las decisiones extranjeras


11.- Abdul vino a España en 2009 con la pretensión de trabajar en el sector agrícola. Abdul tiene dos esposas que viven en Marruecos. Tras 10 años de residencia legal en España, Abdul pretende adquirir la nacionalidad española. La jurisprudencia española entiende que:
A)   Es irrelevante la situación de poligamia pues está admitida en el país de origen y las esposas no viven en España
B)   El interesado no puede justificar la buena conducta cívica conforme a lo previsto en el artículo 22.4 CC
C)   El interesado no puede justificar el suficiente grado de integración conforme a lo previsto en el artículo 22.4 CC (Correcta)


12.- La situación de residencia temporal de un extranjero en España
A)   No le permitirá ejercer actividades lucrativas laborales o profesionales por cuenta propia o ajena
B)   Le autoriza a permanecer por un período superior a 90 días e inferior a 5 años (Correcta)
C)   Le autoriza a permanecer 1 por 1 periodo de tiempo inferior a 60 días


13.- El artículo 3 del protocolo de La Haya indica que: “las obligaciones alimenticias se regirán por la ley del Estado de la residencia habitual del acreedor (…)” y el artículo 4.2 del mismo texto legal indica que: “se aplicará la ley del foro si el acreedor no puede obtener alimentos del deudor en virtud de la ley a qué se refiere el artículo 3”. ¿Qué tipo de normas son estos dos preceptos?
A)   Ambas son normas de conflicto que abordan de modo indirecto la solución a la cuestión de DIPr planteada (Correcta)
B)   Ambas son normas materiales imperativas, pues aportan una solución específica a la protección del acreedor de alimentos
C)   Ambas son normas materiales sustantivas de DIPr pues aportan una solución directa a la cuestión de tráfico jurídico externo suscitada


14.- Conforme al ordenamiento jurídico español, el fraude de ley en DIPr:
A)   Concurre cuando se altera de forma intencionada y dolosa la circunstancia que como punto de conexión se incluye en la norma de conflicto y conlleva a la aplicación de un ordenamiento diferente al aplicable (Correcta)
B)   Surge cuando se acude a aplicar una norma de derecho internacional privado de la UE más favorable que una del ordenamiento jurídico español o de un tercer Estado
C)   Consiste en soslayar sin intención maliciosa la aplicación de cualquier norma de derecho internacional privado para proteger a la parte más débil de la relación de tráfico externó


15.- Puede un juez español resolver un problema relativo a una institución desconocida en el derecho español
A)   Sí, aplicando cumulativamente todas las normas de conflicto que tengan algo que ver con la situación
B)   No, deberá desestimar la demanda
C)   Sí, sustituyendo la institución extranjera por alguna de las conocidas en nuestro derecho (Correcta)

Evidentemente, la corrección, aunque he comprobado el libro exhaustivamente, no es del todo fiable. Las respuestas correctas solo las dará el Equipo Docente

Podrías confirmar si están todas bien con el examen ya corregido? gracias! es muy útil poder ver los exámenes a los que nos ha tocado la segunda semana.

Desconectado Juanky.Astur

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #410 en: 04 de Febrero de 2021, 16:41:24 pm »
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Para los que vais la próxima semana, os pongo mi examen:

Pregunta 1

Forman parte del contenido y problemas del DIPr español:

A).- La tutela judicial de los derechos, la determinación del derecho aplicable además del derecho de extranjería y el derecho de la nacionalidad.
B).- La determinación de la competencia judicial internacional y la determinación del derecho aplicable
C).- La tutela judicial de los derechos y la determinación del derecho aplicable.


Pregunta 2

Para el concreto ámbito del reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras, la jurisprudencia del TEDH:

A).- No afecta, pues únicamente afecta la jurisprudencia del TJEU y la de los órganos judiciales de los Estados miembros de la UE.
B).- Afecta, pues el TEDH se ha pronunciado sobre cuestiones relativas a este tema.
C).- No afecta, pues únicamente afecta la jurisprudencia del TJUE


Pregunta 3

La pluralidad de ordenamientos jurídicos diferentes en el mundo y la actividad de las personas en más de uno de ellos,

A).- hace inviable encontrar mediante las normas de tráfico externo una solución adecuada a los problemas de competencia judicial internacional que de ello se derivan.
B).- conforman el conjunto de materias sobre las que solo de forma excepcional puede intervenir la regulación del tráfico externo.
C).- constituyen los supuestos del llamado tráfico jurídico externo.


Pregunta 4

La empresa BLIND, con sede en Nueva York, demanda a un ciudadano norteamericano residente en París, ante los tribunales españoles por incumplimiento de un contrato de suministro alegando impago del precio. Tanto el pago del precio como el suministro debían realizarse en París. El demandado comparece y solicita la declinatoria. Esta cuestión habrá de analizarse y resolverse de acuerdo con las normas:

A).- De la LOPJ
B).- Del R. 1215/2012 (R. Bruselas I ref.)
C).- De la LEC


Pregunta 5

Hermann, ciudadano alemán, recibe en su domicilio de Colonia una notificación librada por autoridad judicial española por correo certificado en virtud de la cual se le notifica un procedimiento abierto con él en España por impago de arrendamiento:

A).- Es notificación válida conforme al Reglamento de notificaciones y debe incorporar el Anexo II
B).- Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones con independencia de que incorpore Anexo II
C).- Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones pera válida conforme a la Ley de Cooperación jurídica internacional.


Pregunta 6

Un juez italiano, a petición de ciudadanos italiano residente en Italia, entra a conocer de una demanda y resuelve un problema relativo a la titularidad de una propiedad que posee sobre un inmueble sito en España, sobre el que también están conociendo los juzgados españoles:

A).- Es irrelevante que conozca el juez español o el juez italiano, de modo que la sentencia italiana debe reconocerse si favorece el interés del demandante.
B).- Es irrelevante que conozca el juez español o el juez italiano, de modo que la sentencia italiana debe reconocerse.
C).- No es posible reconocer en España la sentencia italiana que resuelve la cuestión de la titularidad del derecho sobre un inmueble sito en territorio español.


Pregunta 7

No es posible aplicar el foro de la autonomía de la voluntad en el marco del R. Bruselas I (ref) cuando:

A).- El supuesto versa sobre materias exclusivas o foros especial por razón de la materia.
B). Con independencia de los supuestos, el foro de la autonomía de la voluntad siempre es posible en el marco del R. Bruselas I (ref)
C).- El supuesto versa sobre competencias exclusivas


Pregunta 8

Para saber si los tribunales españoles son competentes para otorgar una declaración de ausencia de un español cuyo último domicilio fue París:

A).- Para determinar la competencia judicial internacional es de aplicación del Reglamento Bruselas I refundido.
B).- Para determinar la competencia judicial internacional es de aplicación, cumulativamente, la LOPJ y el Reglamento Bruselas I refundido.
C).- Para determinar la competencia judicial internacional no es de aplicación del Reglamento Bruselas I refundido.


Pregunta 9

Se reconoce en España una sentencia en materia de alimentos. La preguntan a Ud. Como abogado si es posible entablar una acción en España para modificar la cuantía que fijó la sentencia extrajera:

A).- Es posible. La LCJI prevé expresamente esta posibilidad.
B).- Imposible. Una vez reconocida la sentencia extranjera, despliega efectos de cosa juzgada.
C).- Es posible. El Reglamento Bruselas I ref. prevé expresamente esta posibilidad.


Pregunta 10

Se dicta medida cautelar por un tribunal canadiense que pretende reconocerse y ejecutarse en España:

A).- El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI con las normas de competencia judicial previstas en la LOPJ.
B).- El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI
C).- El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI junto con las normas sobre medidas cautelares previstas en la LEC.


Pregunta 11

La situación de residencia temporal de un extranjero en España,

A).- le autoriza a permanecer por un período de tiempo inferior a 60 días.
B).- no le permitirá ejercer actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta propia o ajena.
C).- le autoriza a permanecer por un periodo superior a 90 días a inferior a cinco años.


Pregunta 12

Los derechos y libertades públicas de los extranjeros,

A).- no son derechos constitucionales en cuanto a su contenido porque según la jurisprudencia del TC no se regulan específicamente en la CE.
B).- conforme al art. 13.1 CE abarcan sin discriminación alguna la totalidad de derechos y libertadas que los reconocidos a los españoles.
C).- son de configuración legal conforme a lo previsto en el artículo 13.1 CE


Pregunta 13

Conforme al ordenamiento jurídico español, el fraude de ley en DIPr.,

A).- consiste en soslayar sin intención maliciosa la aplicación de cualquier norma de derecho internacional privado para proteger a la parte más débil de la relación de tráfico externo.
B).- surge cuando se acude a aplicar una norma de derecho internacional privado de la UE más favorable que una del ordenamiento jurídico español o de un tercer Estado.
C).- concurre cuando se alter de forma intencionada y dolosa la circunstancia que como punto de conexión se incluye en la norma de conflicto y conlleva a la aplicación de un ordenamiento diferente al aplicable.


Pregunta 15

El art. 3 del Protocolo de La Haya, de 23 de noviembre de 2007, indica que: “Las obligaciones alimenticias se regirán por la ley del Estado de la residencia habitual del acreedor (…)” y el art 4.2 del mismo texto legal indica que: “Se aplicará la ley del foro si el acreedor no puede obtener alimentos del deudor en virtud de la ley a que se refiere el artículo 3”. ¿Qué tipo de normas son estos dos preceptos?

A).- Ambas son normas materiales imperativas, pues aportan una solución específica a la protección del acreedor de alimentos.
B).- Ambas son normas materiales sustantivas de DIPr. Pues aportan na solución directa a la cuestión de tráfico jurídico externo suscitada.
C).- Ambas son normas de conflicto que abordan de modo indirecto la solución a la cuestión de DIPr planteada.


Como veis, tal como había dicho la catedrática con haber estudiado 3 o 4 temas podría haber sido suficiente. :P

Podrías confirmar las respuestas con el examen corregido? Gracias.

Desconectado Emilio Florentino

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #411 en: 05 de Febrero de 2021, 10:10:44 am »
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Podrías confirmar las respuestas con el examen corregido? Gracias.
Ahí va un enlace con las respuestas

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 ;)

Desconectado Emilio Florentino

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #412 en: 05 de Febrero de 2021, 10:19:10 am »
Otro examen



Pregunta 1 Para el concreto ámbito del reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras, la jurisprudencia del TEDH:

a)No afecta, pues únicamente afecta la jurisprudencia del TJUE y la de los órganos judiciales de los Estados miembros de la UE.

b) No afecta, pues únicamente afecta la jurisprudencia del TJUE.

c) Afecta, pues el TEDH también se ha pronunciado sobre cuestiones relativas a este tema.

 

Pregunta 2 La existencia de un elemento extranjero en una relación jurídica,

a) dependerá de la nacionalidad de las personas intervinientes para considerarse de tráfico externo siempre que así se contemple de forma expresa en alguno de los ordenamientos jurídicos en presencia.

b) tendrá que ser relevante desde la óptica del ordenamiento desde el que se aborda para que se considere como de tráfico externo.

c) sea cual fuere su naturaleza y características es el elemento determinante para poder calificarla como de tráfico externo en derecho internacional privado.

 

Pregunta 3 La determinación de los ámbitos de aplicación temporal, espacial, personal y material de las normas sirven para:

a) Identificar y decidir el instrumento jurídico aplicable.

b) Determinar si una persona tiene la condición de nacional español o de extranjero.

c) Los instrumentos jurídicos aplicables a las relaciones de tráfico jurídico externo carecen de dichos ámbitos de aplicación.

 

Pregunta 4 Se solicita una medida cautelar ante los tribunales de Oviedo, siendo que sobre el caso ya está conociendo un tribunal de Buenos Aires (EEUU Fallada

a) Los tribunales españoles pueden ser competentes para otorgar medidas cautelares solo si los tribunales que conocen sobre el fondo son tribunales de Estados miembros UE

b) Los tribunales españoles pueden ser competentes para otorgar medidas cautelares tanto si los tribunales que conocen sobre el fondo son tribunales de Estados miembros UE como de terceros Estados.

c) Los tribunales españoles no pueden ser competentes para otorgar medidas cautelares sobre un asunto sobre los que ya está conociendo un tribunal extranjero.

Pregunta 5 Hermann, ciudadano alemán, recibe en su domicilio de Colonia una notificación librada por autoridad judicial española por correo certificado en virtud de la cual se le notifica un procedimiento abierto contra él en España por impago de arrendamiento:

a) Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones pero válida conforme a la Ley de Cooperación Jurídica Internacional.

b) Es notificación válida conforme al Reglamento de notificaciones y debe incorporar el Anexo II.

c) Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones con independencia de que incorpore Anexo II.

 

Pregunta 6 Un juez italiano, a petición de ciudadanos italiano residente en Italia, entra a conocer de una demanda y resuelve un problema relativo a la titularidad de una propiedad que posee sobre un inmueble sito en España, sobre el que también están conociendo los juzgados españoles:

a) No es posible reconocer en España la sentencia italiana que resuelve la cuestión de la titularidad del derecho sobre un inmueble sito en territorio español.

b) Es irrelevante que conozca el juez español o el juez italiano, de modo que la sentencia italiana debe reconocerse.

c) Es irrelevante que conozca el juez español o el juez italiano, de modo que  la sentencia italiana debe reconocerse si favorece el interés del demandante.

 

Pregunta 7 Sinergit, empresa con domicilio en República Dominicana, cierra un contrato de prestación de consultoría con el grupo Mercasid, con domicilio también en República Dominicana. Ambas fijan en su contrato una cláusula de jurisdicción en favor de los tribunales holandeses. Presentada una demanda ante dichos tribunales la validez del acuerdo de sumisión se analizará:

a) No es posible que empresas domiciliadas en terceros Estados se sometan a la competencia de un Tribunal de un Estado miembro.

b) Aplicando la normativa interna de República Dominicana.

c) Aplicando el R. Bruselas I (ref).

 

Pregunta 8 La regla lex fori regit processum significa que:

a) El proceso internacional en España queda únicamente sujeto al derecho procesal español.

b) El proceso queda sujeto a la ley española con las matizaciones que puedan introducir algunos reglamentos europeos.

c) El proceso internacional en España no puede quedar sujeto a la ley procesal española por su carácter internacional.

 

Pregunta 9 La inscripción de un documento público extranjero en el Registro civil o en el Registro de la propiedad:

a)Es una cuestión no prevista en la legislación española y por tanto queda a la discreción del Encargado del Registro correspondiente.

b) No se requieren más exigencias que las derivadas de la legalización y traducción del documento público extranjero.

c) Requiere la verificación previa de que la autoridad extranjera lo haya confeccionado desarrollando funciones equivalentes a las que habría desarrollado la misma autoridad en España, así como los requisitos que establezca la legislación especial en cada materia.

 

Pregunta 10 Se reconoce en España una sentencia en materia de alimentos. Le preguntan a UD. como abogado si es posible entablar una acción en España para modificar la cuantía que fijó la sentencia extranjera

a) Imposible. Una vez reconocida la sentencia extranjera, despliega efectos de cosa juzgada.

b) Es posible. La LCJI prevé expresamente esta posibilidad.

c)Es posible. El Reglamento Bruselas I ref prevé expresamente esta posibilidad.

 

Pregunta 11 En el Código civil español tiene lugar la pérdida por renuncia a la nacionalidad española de los emancipados:

a) No es precisa la renuncia expresa, y bastará con que residan más de diez años en el extranjero.

b) Si se renuncia expresamente a ella, siempre que tengan otra nacionalidad y residan habitualmente en el extranjero.

c) Es un acto voluntario de cada español de origen en cualquier caso.

Pregunta 12 Hans, 25 años, de nacionalidad alemana, hijo de padre alemán y madre originiariamente española y nacida en Alicante, traslada su residencia de Berlín a Alicante. Aquí quiere optar por la nacionalidad española. Se dirige a Ud. como abogado para preguntarle si está o no en plazo para optar:

a) La opción que se plantea está sujeta a plazo, por lo que no puede optar a su edad.

b) La opción que se plantea no tiene sujeción a plazo y puede optar cuando desee.

c) La opción que se plantea está sujeta a un régimen favorable, por lo que puede optar dentro del plazo favorable que la ley prevé.

Pregunta 13 NOATS, empresa estadounidense con domicilio en EEUU demanda en España a NUECES TRES SL, empresa española por incumplimiento de contrato bajo derecho español. NUECES TRES reclama la aplicación del Derecho de EEUU al fondo de la cuestión:

a) Corresponde la alegación del Derecho de EEUU a NUECES.

b) Corresponde la alegación de Derecho de EEUU a los tribunales españoles.

c) Corresponde la alegación del Derecho de EEUU a la empresa norteamericana.

Pregunta 14 Un hermano y una hermana, de nacionalidad pakistaní, herederos de un inmueble sito en España, quieren otorgar escritura de aceptación de la herencia y proceder a su reparto conforme a Derecho pakistaní, de modo que el hombre recibirá el doble que la mujer. Esta no pone objeción alguna. ¿Podría hacerse esa operación conforme a derecho pakistaní e inscribir en el Registro español las titularidades correspondientes?

a) No, porque va contra el orden público.

b) Si, porque la mujer no se opone.

c) Si, siempre que pruebe el contenido y vigencia del Derecho pakistaní.

Pregunta 15 ¿Puede un juez español resolver un problema relativo a una institución desconocida en el Derecho español?

a)  Sí, sustituyendo la institución extranjera por alguna de las conocidas en nuestro Derecho.

b) Si, aplicando cumulativamente todas las normas de conflicto que tengan algo que ver con la situación.

c) No, deberá desestimar la demanda.

Desconectado Juanky.Astur

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #413 en: 05 de Febrero de 2021, 19:05:59 pm »
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Ahí va un enlace con las respuestas

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 ;)

Muchas gracias!

Desconectado charlin

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #414 en: 05 de Febrero de 2021, 20:51:05 pm »
Esta asignatura es la leche... No sé qué pasa, pero cuánto más la estudio y reviso los test de Avex, menos la entiendo. Creo que no la estoy estudiando acorde con el tipo de prueba presencial... Buff, qué estrés!!!

Desconectado medved

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #415 en: 05 de Febrero de 2021, 21:26:00 pm »
Si va a ser avex en febrero por qué la estudias de acuerdo con el modelo presencial ? O yo no he entendido lo que has escrito.....saludos y suerte

Desconectado josemace67

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #416 en: 10 de Febrero de 2021, 09:58:03 am »
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Para los que vais la próxima semana, os pongo mi examen:

Pregunta 1

Forman parte del contenido y problemas del DIPr español:

A).- La tutela judicial de los derechos, la determinación del derecho aplicable además del derecho de extranjería y el derecho de la nacionalidad.
B).- La determinación de la competencia judicial internacional y la determinación del derecho aplicable
C).- La tutela judicial de los derechos y la determinación del derecho aplicable.


Pregunta 2

Para el concreto ámbito del reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras, la jurisprudencia del TEDH:

A).- No afecta, pues únicamente afecta la jurisprudencia del TJEU y la de los órganos judiciales de los Estados miembros de la UE.
B).- Afecta, pues el TEDH se ha pronunciado sobre cuestiones relativas a este tema.
C).- No afecta, pues únicamente afecta la jurisprudencia del TJUE


Pregunta 3

La pluralidad de ordenamientos jurídicos diferentes en el mundo y la actividad de las personas en más de uno de ellos,

A).- hace inviable encontrar mediante las normas de tráfico externo una solución adecuada a los problemas de competencia judicial internacional que de ello se derivan.
B).- conforman el conjunto de materias sobre las que solo de forma excepcional puede intervenir la regulación del tráfico externo.
C).- constituyen los supuestos del llamado tráfico jurídico externo.


Pregunta 4

La empresa BLIND, con sede en Nueva York, demanda a un ciudadano norteamericano residente en París, ante los tribunales españoles por incumplimiento de un contrato de suministro alegando impago del precio. Tanto el pago del precio como el suministro debían realizarse en París. El demandado comparece y solicita la declinatoria. Esta cuestión habrá de analizarse y resolverse de acuerdo con las normas:

A).- De la LOPJ
B).- Del R. 1215/2012 (R. Bruselas I ref.)
C).- De la LEC


Pregunta 5

Hermann, ciudadano alemán, recibe en su domicilio de Colonia una notificación librada por autoridad judicial española por correo certificado en virtud de la cual se le notifica un procedimiento abierto con él en España por impago de arrendamiento:

A).- Es notificación válida conforme al Reglamento de notificaciones y debe incorporar el Anexo II
B).- Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones con independencia de que incorpore Anexo II
C).- Esa notificación es inválida conforme al Reglamento de notificaciones pera válida conforme a la Ley de Cooperación jurídica internacional.


Pregunta 6

Un juez italiano, a petición de ciudadanos italiano residente en Italia, entra a conocer de una demanda y resuelve un problema relativo a la titularidad de una propiedad que posee sobre un inmueble sito en España, sobre el que también están conociendo los juzgados españoles:

A).- Es irrelevante que conozca el juez español o el juez italiano, de modo que la sentencia italiana debe reconocerse si favorece el interés del demandante.
B).- Es irrelevante que conozca el juez español o el juez italiano, de modo que la sentencia italiana debe reconocerse.
C).- No es posible reconocer en España la sentencia italiana que resuelve la cuestión de la titularidad del derecho sobre un inmueble sito en territorio español.


Pregunta 7

No es posible aplicar el foro de la autonomía de la voluntad en el marco del R. Bruselas I (ref) cuando:

A).- El supuesto versa sobre materias exclusivas o foros especial por razón de la materia.
B). Con independencia de los supuestos, el foro de la autonomía de la voluntad siempre es posible en el marco del R. Bruselas I (ref)
C).- El supuesto versa sobre competencias exclusivas


Pregunta 8

Para saber si los tribunales españoles son competentes para otorgar una declaración de ausencia de un español cuyo último domicilio fue París:

A).- Para determinar la competencia judicial internacional es de aplicación del Reglamento Bruselas I refundido.
B).- Para determinar la competencia judicial internacional es de aplicación, cumulativamente, la LOPJ y el Reglamento Bruselas I refundido.
C).- Para determinar la competencia judicial internacional no es de aplicación del Reglamento Bruselas I refundido.


Pregunta 9

Se reconoce en España una sentencia en materia de alimentos. La preguntan a Ud. Como abogado si es posible entablar una acción en España para modificar la cuantía que fijó la sentencia extrajera:

A).- Es posible. La LCJI prevé expresamente esta posibilidad.
B).- Imposible. Una vez reconocida la sentencia extranjera, despliega efectos de cosa juzgada.
C).- Es posible. El Reglamento Bruselas I ref. prevé expresamente esta posibilidad.


Pregunta 10

Se dicta medida cautelar por un tribunal canadiense que pretende reconocerse y ejecutarse en España:

A).- El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI con las normas de competencia judicial previstas en la LOPJ.
B).- El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI
C).- El cauce para el reconocimiento es el previsto en la LCJI junto con las normas sobre medidas cautelares previstas en la LEC.


Pregunta 11

La situación de residencia temporal de un extranjero en España,

A).- le autoriza a permanecer por un período de tiempo inferior a 60 días.
B).- no le permitirá ejercer actividades lucrativas, laborales o profesionales por cuenta propia o ajena.
C).- le autoriza a permanecer por un periodo superior a 90 días a inferior a cinco años.


Pregunta 12

Los derechos y libertades públicas de los extranjeros,

A).- no son derechos constitucionales en cuanto a su contenido porque según la jurisprudencia del TC no se regulan específicamente en la CE.
B).- conforme al art. 13.1 CE abarcan sin discriminación alguna la totalidad de derechos y libertadas que los reconocidos a los españoles.
C).- son de configuración legal conforme a lo previsto en el artículo 13.1 CE


Pregunta 13

Conforme al ordenamiento jurídico español, el fraude de ley en DIPr.,

A).- consiste en soslayar sin intención maliciosa la aplicación de cualquier norma de derecho internacional privado para proteger a la parte más débil de la relación de tráfico externo.
B).- surge cuando se acude a aplicar una norma de derecho internacional privado de la UE más favorable que una del ordenamiento jurídico español o de un tercer Estado.
C).- concurre cuando se alter de forma intencionada y dolosa la circunstancia que como punto de conexión se incluye en la norma de conflicto y conlleva a la aplicación de un ordenamiento diferente al aplicable.


Pregunta 15

El art. 3 del Protocolo de La Haya, de 23 de noviembre de 2007, indica que: “Las obligaciones alimenticias se regirán por la ley del Estado de la residencia habitual del acreedor (…)” y el art 4.2 del mismo texto legal indica que: “Se aplicará la ley del foro si el acreedor no puede obtener alimentos del deudor en virtud de la ley a que se refiere el artículo 3”. ¿Qué tipo de normas son estos dos preceptos?

A).- Ambas son normas materiales imperativas, pues aportan una solución específica a la protección del acreedor de alimentos.
B).- Ambas son normas materiales sustantivas de DIPr. Pues aportan na solución directa a la cuestión de tráfico jurídico externo suscitada.
C).- Ambas son normas de conflicto que abordan de modo indirecto la solución a la cuestión de DIPr planteada.


Como veis, tal como había dicho la catedrática con haber estudiado 3 o 4 temas podría haber sido suficiente. :P

Buenos días:
¿Cuáles son las respuestas correctas?
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Desconectado medved

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #417 en: 10 de Febrero de 2021, 10:18:13 am »
En hilo enunciados exámenes septiembre 2020 tienes resueltos varios de privado

Desconectado Molins19

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #418 en: 10 de Febrero de 2021, 10:31:51 am »
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Buenos días:
¿Cuáles son las respuestas correctas?

1-A  2-B  3-C. 4-A. 5-A. 6-C. 7-C. 8-C. 9-A  10-B. 11-C. 12-C. 13-C. 14-¿?  15-C

Desconectado josemace67

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Re:Hilo Oficial Internacional Privado primer parcial 2020/2021
« Respuesta #419 en: 10 de Febrero de 2021, 10:38:08 am »
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En hilo enunciados exámenes septiembre 2020 tienes resueltos varios de privado
Buenos días Medved, disculpa...NO ENCUENTRO ESE HILO. ¿Serías tan amable de pasármelo?
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