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Autor Tema: Administrativo II  (Leído 1738 veces)

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Desconectado quinter

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Administrativo II
« en: 07 de Septiembre de 2007, 08:00:18 am »
Alguien me pudo corroborar las preguntas prácticas del examen.-
-En la del Recurso puse la via de Reclamación de Económica Administrativa y interponer la suspensión de ejecución del acto como medio para no pagar anticipadamente.-
-En la de Juan, puse que la forma de terminar el procedimiento era el desistimiento y los efectos era la renuncia al derecho adquirido si lo hubiera.-Gracias


Desconectado maras_57

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Re: Administrativo II
« Respuesta #1 en: 07 de Septiembre de 2007, 21:09:31 pm »
Hola!! Si entras al foro del curso virtual verás los debates que hay, sobre todo, respecto del primer práctico. En el segundo lo que hace Juan es desistir, pero mediante el desistimiento NO se renuncia al derecho, sino al PROCEDIMIENTO.
  En cuanto al primero pediría la suspensión, efvamente. Pero Algunos pusieron que irían por la reclamación económico administrativa, y otros, como yo, no; ya que se trata de una sanción no de un tributo. No sé a estas alturas quien se habrá equivocado.
  Saludos y suerte!!!!

Desconectado quinter

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Re: Administrativo II
« Respuesta #2 en: 08 de Septiembre de 2007, 07:15:03 am »
Muchas Gracias por tu ayuda,maras 57 espero que no sean muy duros al corregir y que hayamos aprobado.Un saludo .-

Desconectado procha

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Re: Administrativo II
« Respuesta #3 en: 08 de Septiembre de 2007, 12:01:01 pm »
Tal y como dice Mara el desistimiento termina el procedimiento y por lo tanto el acto será firme y consentido, con lo que se pierde la posibilidad de volver a recurrir, salvo que el desistimieno se produjese si la administración  despues de iniciado el proceso hubiera reconocido en vía  administrativa las pretensiones y posteriormente una vez desistido se dictase un nuevo acto revocatorio del impugnado.

En cuanto a la suspensión,  es automática si lo solicita el interesado si se garantiza el importe de dicho acto , los interese que genere y los recargos que puedan proceder

Desconectado SFG

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Re: Administrativo II
« Respuesta #4 en: 09 de Septiembre de 2007, 16:54:24 pm »
En la del recurso puse la via económico-administrativa y después del examen me entró la duda, ya que era una multa de tráfico, y consulté a un conocido (de Hacienda) y me dió la razon; me explicó que aunque fuese una multa de tráfico, si era un embargo, lo lleva Hacienda.
Respecto a la forma de terminar el procedimento en la via contencioso-administrativa, puse que era un desistimiento, pero también puse una pequeña introducción explicando la diferencia entre renuncia y desistimiento en vía administrativa.
Espero que todos tengamos suerte y, al margen de las sutilezas de las preguntas, tengan en cuenta los conocimientos.