Únicamente sirve a efectos académicos para regular el acceso a másteres, doctorados y esas cosas. Además de las becas, claro. Al expediente académico solo le dan imporancia los mismos que lo hacen. A efectos laborales es habitual que los grandes despachos de abogados rechacen a gente con muy buenos currículums, porque saben que son buenos chapando pero a la hora de ejercer les falta capacidad analítica y de resolución. La ley es interpretable y no es chaparla. Para conocerte la literalidad, te abres google y te vas al BOE. Lo difícil es saber interpretarla y razonarla, y eso no se logra con un buen curriculum, sino que es un trabajo intelectual que, en la universidad -en ninguna-, no vas a lograr.