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Autor Tema: Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)  (Leído 3539 veces)

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Desconectado josefer73

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #40 en: 27 de Mayo de 2021, 22:05:14 pm »
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Pregunta 1
a)tasación pericial contradictoria:

Debe ser promovida por el obligado tributario

Solamente puede ser promovida por el órgano gestor o inspector de la Administración tributaria

Puede ser promovida por la Administración tanto en vía administrativa como en vía contencioso-administrativa

Pregunta 2
La enumeración de los medios de comprobación de valores establecida en el art. 57 LGT:

Constituye una lista que incluye las reglas de prioridad que necesariamente deben seguirse para el uso de unos u otros medios de comprobación en cada caso

Constituye una previsión genérica que no contiene criterios de prioridad indicativos de cuáles medios de comprobación deben usarse en cada caso

Constituye una lista exhaustiva y cerrada, que excluye el uso de cualquier otro medio de comprobación

Pregunta 3
La potestad administrativa de comprobación e investigación tributaria, salvo que la Ley diga otra cosa:

Prescribe a los 4 años

Es imprescriptible

Caduca a los 4 años

Pregunta 4
Si, en el marco de un procedimiento de inspección, la Administración solicita a un Notario una determinada información sobre el contribuyente inspeccionado, calificaremos dicha solicitud de:

Información por suministro

Requerimiento individualizado

Asistencia mutua

Pregunta 5
El plazo de prescripción de cuatro años del “derecho a liquidar las obligaciones tributarias”:

No puede interrumpirse

Solo puede interrumpirse por causas imputables a la Administración tributaria

Se interrumpe, entre otros casos, por la interposición de recursos

Pregunta 6
El derecho de afección:

Se ejercita a través del procedimiento previsto para la responsabilidad solidaria

Se ejercita a través del procedimiento de apremio dirigido frente al deudor principal

Se ejercita a través del procedimiento previsto para la responsabilidad subsidiaria

Pregunta 7
Un contribuyente recibe la notificación de una liquidación administrativa que pone fin a un procedimiento de comprobación limitada. Días después recibe la notificación de la sanción correspondiente. El contribuyente decide impugnar la sanción, pero no la liquidación. No se ha requerido la conformidad expresa. En estas circunstancias, ¿se aplicará algún tipo de reducción sobre dicha sanción?

No se aplicará ninguna reducción

Se aplicará una reducción del 30%

Se aplicará una reducción del 30%, más un 25% adicional

Pregunta 8
Imagine que una sociedad anónima tiene pendiente de pago una sanción tributaria. Si la persona jurídica se disuelve y liquida, de manera que deja de existir:

La sanción tributaria podrá exigirse a sus socios, en tanto que sucesores de una persona jurídica

La empresa nunca debería haber sido sancionada, ya que no puede imputarse la comisión de una infracción tributaria a una persona jurídica

La sanción tributaria se considera extinta, ya que la empresa responsable ha dejado de existir

Pregunta 9
Juan no está conforme con la resolución de un procedimiento especial de rectificación de errores ¿Qué puede hacer?

Las dos respuestas anteriores son correctas

Interponer un recurso de reposición

Interponer una reclamación económico-administrativa

Pregunta 10
El Ayuntamiento de Cazalla de la Sierra, de menos de 5.000 habitantes, ha liquidado el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras a un obligado tributario por 7.000 € de deuda. Indique cómo puede recurrir esa liquidación el obligado tributario:

Mediante un recurso de reposición

Mediante la reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional correspondiente

Mediante reclamación ante el Tribunal económico-administrativo municipal correspondiente

Pregunta 11
¿Cuál de los siguientes criterios es un requisito para la imposición de una sanción no pecuniaria a una empresa mercantil?

Que haya cometido una infracción muy grave

Que no se le imponga una sanción pecuniaria, ya que ambos tipos de sanciones son incompatibles entre sí

Que la infracción se haya cuantificado teniendo en cuenta la comisión repetida de infracciones tributarias

Pregunta 12
Señale cuál de las siguientes deudas no puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento según la Ley General Tributaria:

La deuda derivada del modelo anual de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades

El pago fraccionado del IRPF

Las retenciones practicadas por una empresa a sus empleados

Pregunta 13
En el caso de tributos periódicos de notificación colectiva, el plazo para interponer la reclamación económico-administrativa:

Es de un mes desde que finalizó el periodo voluntario de pago

Es de dos meses desde la publicación por edictos del anuncio de cobro

Es de un mes desde la publicación en la prensa escrita del anuncio de cobro

Pregunta 14
La solicitud de reserva del derecho a promover tasación pericial contradictoria:

Produce la suspensión de la ejecución de la liquidación afectada

No suspende la ejecución de la liquidación afectada

Suspende la ejecución de la liquidación afectada pero no suspende el plazo para interponer reclamación o recurso contra ella

Pregunta 15
Para la firma de un acta con acuerdo, será necesaria la autorización del inspector-jefe, que deberá ser:

Anterior o simultánea a la firma del acta

Tanto expresa como tácita

Anterior a la firma del acta en todo caso

Mi examen también por si os es de utilidad.

1A-2B-3B-4B-5C-6C-7B-8A-9A-10A-11C-12C-13A-14A-15A


Desconectado Dairo1996

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #41 en: 28 de Mayo de 2021, 12:38:53 pm »
6 y algo que firmo, mucho ánimo a los de la segunda semana y suspensos, yo la verdad que solo estudié con ley, los apuntes de ernest y los test de autoevaluación. Aquí dejo el examen:

1. La enumeración de los medios de comprobación de valores establecida en el art57 LGT:

a) Constituye una lista que incluye las reglas de prioridad que necesariamente deben seguirse para el uso de unos u otros medios de comprobación en cada caso
b) Constituye una lista exhaustiva y cerrada, que excluye el uso de cualquier otro medio de comprobación.
c) Constituye una previsión genérica que no contiene criterios de prioridad indicativos de cuáles medios de comprobación deben usarse en cada caso.

2.¿En cuál de los siguientes casos procede presentar una autoliquidación complementaria?

a) Cuando no se soliciten la devolución de los ingresos efectuados, pero el obligado considere que la autoliquidación inicialmente presentada perjudica sus intereses legítimos.
b) Cuando el obligado considere que en la autoliquidación inicial solicitó una cantidad a devolver superior a la procedente.
c) Cuando la autoliquidación inicial haya dado lugar a una cantidad a compensar superior a la solicitada y se solicite la devolución de un ingreso indebido.

3.En el marco  del procedimiento de inspección. ¿en cuál de los siguientes casos NO se prevé la emisión de un informe preceptivo, según la LGT?

a) Para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria.
b) Cuando se suscriban actas de disconformidad.
c) Cuando se suscriban actas con acuerdo.

4.La potestad administrativa de comprobación e investigación tributaria, salvo que la Ley diga otra cosa:

a) Prescribe a los 4 años
b) Caduca a los 4 años
c)  Es imprescriptible

5. Si la Administración le notifica a usted una liquidación tributaria el 13 de enero, el plazo de pago voluntario se extenderá hasta el día:

a) 13 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) 20 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
c) 5 de marzo, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

6. El plazo reglamentario de autoliquidación del IRPF finaliza el 30 de junio de 2020. El 3 de agosto de 2020, un contribuyente presenta su autoliquidación, pero se limita a reconocer la deuda, sin ingresarla. El 8 de septiembre de 2020, la Administración notifica la providencia de apremio. En este caso, ¿cuándo se inicia el período ejecutivo?

a) 1 de julio
b) 4 de agosto
c) Cuando finalice el plazo de pago que se abre con la providencia de apremio.

7. De acuerdo con la LGT, ¿cuál de las siguientes NO es causa de exclusión de la responsabilidad en materia sancionadora tributaria?

a) La concurrencia de una causa de fuerza mayor.
b) La actuación al amparo de una interpretación razonable de la norma tributaria.
c) La existencia de un error de hecho  en el obligado tributario.

8. Al presentar su autoliquidación de IRPF, un contribuyente ha declarado e ingresado 2.000 euros menos de lo que correspondería. El contribuyente hizo figurar esta renta a nombre de una persona interpuesta para ocultar su identidad. ¿Cómo se calificará la infracción cometida?

a) Leve .
b) Grave.
c) Muy grave.

9.En el procedimiento de revisión de los actos nulos de pleno derecho, se necesita un dictamen del :

a) Consejo de Ministros.
b) Consejo de Estado.
c) Director General de Tributos.

10. El recurso de reposición.

a) No tiene establecido un plazo específico de resolución, por lo que se aplica el general de seis meses.
b) La resolución debe notificarse al recurrente en el plazo de un mes desde la interposición.
c) La resolución debe notificarse en el plazo de 15 días desde que se dicta el acto por el que el recurso se declara concluso y visto para resolver.

11. ¿Cuál de los siguiente criterios es un requisito para la imposición de una sanción no pecuniaria a una empresa mercantil?

a) Que haya cometido una infracción grave.
b) Que no se le imponga una sanción pecuniaria, ya que ambos tipos de sanciones son incompatibles entre sí.
c) Que la infracción se haya cuantificado teniendo en cuenta la comisión repetida de infracciones tributarias.

12.¿cuál de los siguiente NO constituye un acto de gestión tributaria de los particulares?

a) Las actuaciones relativas a la obligación de entregar facturas.
b) La solicitud de devolución de ingresos indebidos.
c) Los actos de repercusión tributaria.

13.¿Cuál de las siguientes afirmaciones sobre el procedimiento de verificación de datos es cierta?

a) Puede realizarse en él una comprobación de valores por parte de los órganos de gestión tributaria.
b) En este procedimiento no es posible requerir nueva información de terceros.
c) La verificación de datos impide la posterior comprobación del objeto de la misma.

14. La solicitud de reserva del derecho a promover tasación pericial contradictoria:
a) Produce la suspensión de la ejecución de la liquidación afectada.
b) No suspende la ejecución de la liquidación afectada.
c) La verificación de datos impide la posterior comprobación del objeto de la misma.

15. El derecho de prelación general:
a) Se refiere a todos los créditos tributarios vencidos y no satisfechos.
b) Se refiere solo a los créditos tributarios vencidos durante el año en que se inicie la acción de cobro así como el año anterior.
c) Se refiere solo a los créditos tributarios aplazados.


1-C  2-B  3-C  4-C  5-B  6-B  7-C  8-C  9-B  10-B  11-C  12-B  13-B  14-A  15-A

Desconectado franve

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #42 en: 31 de Mayo de 2021, 13:48:23 pm »
Gracias por colgar los exámenes.

Suerte.

Desconectado chesterlampuig

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #43 en: 01 de Junio de 2021, 17:34:11 pm »
Aquí va el mío. Suerte a todos.

A continuación se muestra el examen
Pregunta 1
¿En cuál de los siguientes casos procede presentar una autoliquidación complementaria?
Cuando no se soliciten la devolución de los ingresos efectuados, pero el obligado considere que la autoliquidación inicialmente presentada perjudica sus intereses legítimos
Cuando la autoliquidación inicial haya dado lugar a una cantidad a compensar superior a la solicitada y se solicite la devolución de un ingreso indebido
Cuando el obligado considere que en la autoliquidación inicial solicitó una cantidad a devolver superior a la procedente
Pregunta 2
La comprobación de valores:
Debe ser siempre el objeto único de un procedimiento autónomo de gestión
Puede ser el objeto único de un procedimiento autónomo de gestión o puede insertarse como una actuación concreta de un procedimiento de gestión o de inspección
Debe ser realizada siempre por los órganos de inspección tributaria
Pregunta 3
La potestad administrativa de comprobación e investigación tributaria, salvo que la Ley diga otra cosa:
Es imprescriptible
Caduca a los 4 años
Prescribe a los 4 años
Pregunta 4
En el marco del procedimiento de inspección, ¿en cuál de los siguientes casos no se prevé la emisión de un informe preceptivo, según la Ley General Tributaria?
Para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria
Cuando se suscriban actas de disconformidad
Cuando se suscriban actas con acuerdo
Pregunta 5
Si la Administración le notifica a usted una liquidación tributaria el día 13 de enero, el plazo de pago voluntario se extenderá hasta el día:
13 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
20 de febrero, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
5 de marzo, y si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente
Pregunta 6
El plazo reglamentario de autoliquidación del IRPF finaliza el 30 de junio de 2020. El 3 de agosto de 2020, un contribuyente presenta su autoliquidación, pero se limita a reconocer la deuda, sin ingresarla. El 8 de septiembre de 2020, la Administración notifica la providencia de apremio. En este caso, ¿cuándo se inicia el período ejecutivo?
El 1 de julio
El 4 de agosto
Cuando finalice el plazo de pago que se abre con la providencia de apremio
Pregunta 7
¿Cuál de los siguientes no es un “criterio de graduación de las sanciones”, según la Ley General Tributaria?
El perjuicio económico para la Hacienda Pública
La comisión repetida de infracciones tributarias
El uso de medios fraudulentos
Pregunta 8
Un contribuyente recibe la notificación de una liquidación administrativa que pone fin a un procedimiento de comprobación limitada. Días después recibe la notificación de la sanción correspondiente. El contribuyente decide impugnar la sanción, pero no la liquidación. No se ha requerido la conformidad expresa. En estas circunstancias, ¿se aplicará algún tipo de reducción sobre dicha sanción?
No se aplicará ninguna reducción
Se aplicará una reducción del 30%
Se aplicará una reducción del 30%, más un 25% adicional
Pregunta 9
En el procedimiento de revisión de los actos nulos de pleno derecho, se necesita un dictamen del:
Director General de Tributos
Consejo de Ministros
Consejo de Estado
Pregunta 10
La reclamación económico-administrativa contra la liquidación de una cuota tributaria se tramitará por el procedimiento abreviado:
Cuando la cuantía de la reclamación sea inferior a 6.000 €
Cuando en la reclamación se aleguen cuestiones muy sencillas de resolver
Cuando en la reclamación se alegue exclusivamente falta o defecto de notificación
Pregunta 11
Señale cuál de las siguientes deudas no puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento según la Ley General Tributaria:
La deuda derivada del modelo anual de autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades
El pago fraccionado del IRPF
Las retenciones practicadas por una empresa a sus empleados
Pregunta 12
¿Cuál de los siguientes criterios es un requisito para la imposición de una sanción no pecuniaria a una empresa mercantil?
Que no se le imponga una sanción pecuniaria, ya que ambos tipos de sanciones son incompatibles entre sí
Que la infracción se haya cuantificado teniendo en cuenta la comisión repetida de infracciones tributarias
Que haya cometido una infracción muy grave
Pregunta 13
¿Cabe la revocación de resoluciones de un Tribunal Económico-Administrativo?
No
Dependerá de la cuantía

Pregunta 14
El derecho de prelación general:
Se refiere solo a los créditos tributarios aplazados
Se refiere solo a los créditos tributarios vencidos durante el año en que se inicie la acción de cobro así como el año anterior
Se refiere a todos los créditos tributarios vencidos y no satisfechos
Pregunta 15
¿Cuál de los siguientes no constituye un acto de gestión tributaria de los particulares?
La solicitud de devolución de ingresos indebidos
Los actos de repercusión tributaria
Las actuaciones relativas a la obligación de entregar facturas

1c
2b
3a
4c
5b
6b
7c
8b
9c
10a
11c
12b
13a
14c
15a

Desconectado lucia1234

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #44 en: 01 de Junio de 2021, 17:48:19 pm »
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A mi me pasó algo que nunca. Con los nervios y la tensión del poco tiempo. No le di a finalizar y acabo el tiempo y me salto a la pantalla de observaciones. Supongo que se habrá guardado y entregado aunque no le diera yo a finalizar. No se si automáticamente se prevé que sea así. Alguien que sepa algo y me tranquilice 😔

Ya, a estas alturas, deberías poder visualizarlo.
Enntra en AvEx, pincha en el día que hiceste el examen y te da una opción donde pone:  "visualizar el examen"!

Saludos

Desconectado imartinm

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #45 en: 02 de Junio de 2021, 16:14:00 pm »
Gracias atodos por subir exámenes.

Enhorabuena a los aprobados y muchísimo ánimo al resto.

Y por cierto, si podéis, subid más exámenes.

Gracias.

Desconectado jmedinill2

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #46 en: 02 de Junio de 2021, 18:30:11 pm »
Gracias por subir los exámenes.
Suerte a los que os presentáis la segunda semana

Desconectado torukmakto

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #47 en: 08 de Junio de 2021, 12:14:02 pm »
Bueno que tal os ha salido el examen de hoy?
Me ha parecido bastante enrevesado. No se si llegaré para aprobar :(

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #48 en: 08 de Junio de 2021, 12:19:01 pm »

En una palabra: HORRIBLE!!!!

Desconectado imartinm

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #49 en: 08 de Junio de 2021, 12:20:03 pm »
Bueno pues ya está.

Suerte a todos.

Como era previsible, ni una de las 15 que me han caído las había visto antes. Ni una.

En ese sentido hay que felicitar al ED en cuanto a que se han currado la base de preguntas.

¿Dificultad? Un poco de todo. Preguntas con truco, otras más directas, otras de aplicación. Sinceramente, creo que equilibrado. La de la impugnación de comprobación de valores me ha sido imposible contestarla ni leyendo ley ni nada.

En fin, me quedo con la duda del resultado final. Diremos que muy muy ajustado.

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #50 en: 08 de Junio de 2021, 12:23:18 pm »
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Bueno pues ya está.

Suerte a todos.

Como era previsible, ni una de las 15 que me han caído las había visto antes. Ni una.

En ese sentido hay que felicitar al ED en cuanto a que se han currado la base de preguntas.

¿Dificultad? Un poco de todo. Preguntas con truco, otras más directas, otras de aplicación. Sinceramente, creo que equilibrado. La de la impugnación de comprobación de valores me ha sido imposible contestarla ni leyendo ley ni nada.

En fin, me quedo con la duda del resultado final. Diremos que muy muy ajustado.

A veces hay que guardarse un poco la mala baba cuando acabamos los examenes por lo reliado de algunas preguntas y aceptar que salvo LA BARBARIDAD DE POCO TIEMPO que premia al más agil, este equipo docente es capaz de hacer un examen equilibrado. Como dices, me pareció que tuvo un poco de todo y que, dejando los materiales y habiendo estudiado (aquí lo complicado es saber donde mirar y para eso has tenido que estudiar, los que lo han hecho sabrán de lo que hablo). No es facil pero se saca bien. Si te lo has leido la última semana está claro que no has encontrado nada porque todo se parece.

Yo también tengo dudas con el resultado final, porque con ese tiempo ha sido imposible repasar ni una pregunta. Es el punto flaco de este exámen y lo que penaliza equivocarte teniendo preguntas tan ambiguas en algunas ocasiones.

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #51 en: 08 de Junio de 2021, 12:36:51 pm »
Ya esta!

Pues ha habido preguntas de todo tipo, ninguna repetida ( al menos de las que había visto).

Creo que habiendo estudiado se saca, pero es verdad que el tiempo es muy justo y los errores penalizan bastante...

Suerte y a esperar

Desconectado imartinm

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #52 en: 08 de Junio de 2021, 12:39:21 pm »
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A veces hay que guardarse un poco la mala baba cuando acabamos los examenes por lo reliado de algunas preguntas y aceptar que salvo LA BARBARIDAD DE POCO TIEMPO que premia al más agil, este equipo docente es capaz de hacer un examen equilibrado. Como dices, me pareció que tuvo un poco de todo y que, dejando los materiales y habiendo estudiado (aquí lo complicado es saber donde mirar y para eso has tenido que estudiar, los que lo han hecho sabrán de lo que hablo). No es facil pero se saca bien. Si te lo has leido la última semana está claro que no has encontrado nada porque todo se parece.

Yo también tengo dudas con el resultado final, porque con ese tiempo ha sido imposible repasar ni una pregunta. Es el punto flaco de este exámen y lo que penaliza equivocarte teniendo preguntas tan ambiguas en algunas ocasiones.

Total y absolutamente de acuerdo en todo este comentario. De principio a fin. Coincido plenamente.

Desconectado aselma30

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #53 en: 08 de Junio de 2021, 13:05:29 pm »
Recuerdo vago de preguntas:

1 comprobación de valores - procedimiento autónomo y se hablaba de actos (y no actuaciones)
2 comprobación limitada - respecto a si era sobre declaraciones efectuadas o no efectuadas, o de oficio o a instancia...
3 retroacción x una resolución, plazo q resta
4 30 por ciento por acta conformidad y sanción
5 191 lgt como sanción
6 infraccion trib dolo o ... Con negligencia
7 med caut respecto prox INSP/sanc
8 Ayto no rec prec , si órgano rec munic
9 plazo durac proc inspec
10 plazo ambas correcta Ni 3 meses, ni 4 años - rev actos nulos pleno derecho
11 embargo anteriores a declar concurso
12 enajen x concurso (caso excepc - nocividad)
13 sanc lev,grave y muy grave x no ingresar
14 y 15 no me acuerdo

Desconectado imartinm

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #54 en: 08 de Junio de 2021, 13:32:02 pm »
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Recuerdo vago de preguntas:

1 comprobación de valores - procedimiento autónomo y se hablaba de actos (y no actuaciones)
2 comprobación limitada - respecto a si era sobre declaraciones efectuadas o no efectuadas, o de oficio o a instancia...
3 retroacción x una resolución, plazo q resta
4 30 por ciento por acta conformidad y sanción
5 191 lgt como sanción
6 infraccion trib dolo o ... Con negligencia
7 med caut respecto prox INSP/sanc
8 Ayto no rec prec , si órgano rec munic
9 plazo durac proc inspec
10 plazo ambas correcta Ni 3 meses, ni 4 años - rev actos nulos pleno derecho
11 embargo anteriores a declar concurso
12 enajen x concurso (caso excepc - nocividad)
13 sanc lev,grave y muy grave x no ingresar
14 y 15 no me acuerdo

De estas me han salido bastantes a mi. La de comprobación de valores me ha parecido imposible de entender y la dejé sin contestar la del plazo actos nulo pleno derecho a mí me ponía ambas incorrectas, que es la que he seleccionado, porque creo que la nulidad e pleno derecho no tiene plazo, pero dudo con lo de los cuatro años.

En fin, no quiero ver más.

Desconectado Bartoli84

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #55 en: 08 de Junio de 2021, 13:44:30 pm »
Creo que voy a aprobar esta asignatura sin sabe realmente muy bien de que iba la cosa.

Supongo que aprobaré porque se me dan muy bien los tipo test y se pillarles los "trucos", pero conocimientos adquiridos.. bien pocos. No sé si porque estos temas no me interesan/no se me dan bien, o por la forma que estaba explicada la asignatura.

Desconectado aselma30

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #56 en: 08 de Junio de 2021, 13:45:02 pm »
Si eso era ambas incorrectas, la acertaste creo. Yo tb puse eso
Para la lesividad tiene 4 años y 3 meses para iniciarlo desde declaración ... Pero para interponer no existe plazo

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #57 en: 08 de Junio de 2021, 14:39:24 pm »
Puede q...
La 14 rec extraord revis x prevaricación stc firme
Y 15 comprobación limitada, si se podía abrir nuevo procedimiento tras caducidad... No estoy seguro

En todo caso suerte y si alguien aporta más luz guay...sino en 48 horas sabremos

Desconectado aselma30

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #58 en: 08 de Junio de 2021, 16:22:24 pm »
En la pregunta q era sobre esto...
 Cuando una resolución judicial o económico-administrativa ordene la retroacción de las actuaciones inspectoras, éstas deberán finalizar en el período que reste desde el momento al que se retrotraigan las actuaciones hasta la conclusión del plazo al que se refiere el apartado 1 de este artículo o en seis meses si es un plazo inferior

Os acordáis si ponían 6 meses o un plazo inferior... O la correcta era el periodo q reste...no recuerdo opciones

Desconectado jmelo2

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Re:Hilo Oficial Financiero y Tributario I: Procedimientos Tributarios (2020/2021)
« Respuesta #59 en: 08 de Junio de 2021, 17:08:25 pm »
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Creo que voy a aprobar esta asignatura sin sabe realmente muy bien de que iba la cosa.

Supongo que aprobaré porque se me dan muy bien los tipo test y se pillarles los "trucos", pero conocimientos adquiridos.. bien pocos. No sé si porque estos temas no me interesan/no se me dan bien, o por la forma que estaba explicada la asignatura.
Compañero,una cosa que tiene la UNED es que se las saben todas,van un paso por delante de nosotros,te deseo toda la suerte del mundo, pero los exámenes topo test,una de dos:o milagro o lotería, siempre y cuando no se hayan adquirido los conocimientos suficientes para saber la contestación adecuada,me parece muy atrevido tú comentario ,pero bueno, ánimo y suerte,un saludo.