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Autor Tema: Examen de administrativo II  (Leído 6918 veces)

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Desconectado JoseMarbella27

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #20 en: 23 de Enero de 2008, 14:19:50 pm »
Yo creo que sí es posible, pues en un primer momento el TC estimaba creo recordar que sí se había sancionado la vía administrativa, ya no era posible la vía penal, pero en una sentencia posterior cambió su criterio predominando la vía penal. Entiendo que sí sería posible, pero como te dije en el último mensaje entiendo que en tal caso si la resolución penal es favorable al funcionario procedería la anulación de la administrativa también.


Desconectado MiLe_TzN

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #21 en: 23 de Enero de 2008, 14:20:55 pm »
¿Entonces se anularía la sanción administrativa y tendría lugar el procedimiento penal?
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Desconectado JoseMarbella27

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #22 en: 23 de Enero de 2008, 14:28:01 pm »
No digo eso, si no que si la sentencia en la vía penal es favorable entiendo que se debería anular la sanción administrativa, solo en caso que el juez o tribunal falle a favor del funcionario, y entienda que no existe negligencia. Ahora bien, también es posible que se obtenga una resolución penal desfavorable para el funcionario y por tanto también puede ser sancionado en ambas vías, pues en la administrativa habría que atender a la gravedad de la conducta.

Por ejemplo puedes tener una resolución en la vía penal que te imponga pena de cárcel 3 años y después en la vía administrativa se acuerde una separación definitiva del servicio por una falta muy grave.


Desconectado MiLe_TzN

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #23 en: 23 de Enero de 2008, 14:31:06 pm »
ainS! me la estoy viendo para septiembre ésta  ::) ::)
Abogada y Doctoranda

Desconectado JoseMarbella27

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #24 en: 23 de Enero de 2008, 14:36:14 pm »
Compañera te voy a colgar una preguntas que le formule al profesor de Derecho penal al respecto y que me dió una explicación bastante buena. Te lo voy a poner en 2 mensajes. En este primero te voy a poner lo que yo le pregunté y mi planteamiento.

Profesor me gustaría comentarles una duda que siempre he tenido sobre este principio y lo voy a explicar con un ejemplo:

Imaginemos un funcionario público que comete un delito de cohecho, al cual se le abren a su vez un procedimiento penal y uno administrativo sancionador. Pongamos que el instructor del expte. administrativo, sabe hacer bien su trabajo y se paraliza dicho procedimiento antes de llegar a la propuesta de resolución a la espera de la resolución
que pueda recaer en la vía penal.

Dos soluciones: 1 es que si dicho funcionario público es absuelto en el procedimiento penal el administrativo sancionador queda vinculado y por tanto no puede sancionarlo. Entiendo que esto es correcto pues si no existe infracción penal no puede sancionarlo, o puede imponerle un castigo menor previsto en la ley administrativa si ha vulnerado algún deber.

2 En caso de que sea condenado en la vía penal pongamos a 3 años de cárcel y a una inhabilitación de 10 años, ¿que castigo le queda al procedimiento administrativo sancionador para no incurrir en la violación de dicho derecho constitucional? ¿Podría resolver el expte. administrativo sancionador con una separación definitiva del servicio a pesar de la inhabilitación ser tan sólo por 10 años?




Desconectado JoseMarbella27

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #25 en: 23 de Enero de 2008, 14:38:14 pm »
Esto fue lo que me contestó:

 Bien, la duda es realmente complicada, pues es un tema complicado. En principio lo resuelves bien. La opción 1 es, en mi opinion,  totalmente correcta (de hecho tú mismo dejas la puerta abierta a una posible sanción administrativa "si infringe algún deber", lo que no es más que otra manera de introducir el complejo problema de las "relaciones especiales de sujeción", concepto sin sentido, pero muy usado por nuestros Tribunales -TC incluido. Una vez más es una idea que viene de Alemania, pero que allí ya ha dejado de usarse-). En relación con lo segundo seguiríamos, en el fondo, en el mismo punto. Si no aceptamos que la sanción penal "consuma" a la administrativa (es un tema de concursos que veremos en la 2ª P. P., pero que quiere decir que lo más grave "incluye" a lo más leve) los órganos administrativos no quedan vinculados por la gravedad de la sanción penal. De hecho ha sido (y, en parte, es) así: la sanción administrativa podía tener consecuencias más gravosas que la penal (es el caso que tú describes). En mi opinión, totalmente inaceptable (es también la gran mayoría de la doctrina). Para los Tribunales (y otro sector doctrinal), es un procedimiento completamente aceptable pues,
en el fondo, no hay solapamiento (las relaciones especiales de sujeción): la sanción disciplinaria, más allá de protección de bienes jurídicos (que también), incluiría otro aspecto: la salvaguarda del propio prestigio de la Administración -también formulado como su "pureza" de cara a los ciudadadanos-. De ahí que hubiese independencia entre las sanciones penales y las disciplinarias (que son, simplemente, una clase de las administrativas). El TC tiene una postura difícilmente comprensible -digamos que ha cambiado de opinión un par de veces- y los tribunales ordinarios no suelen ver excesivo problema en la imposición de las dos sanciones, con independencia de su gravedad (hay excepciones, pero eso es algo normal). No se cómo estará en este momento el TS, pero supongo que, como casi siempre, existirán varias "líneas jurisprudenciales", esto es, que tendrá pronunciamientos contradictorios (más o menos) entre sí, todos al mismo tiempo.

Esto último puede parecer una locura (lo es), pero es frecuente: el TS puede defender, al mismo tiempo, varias posturas.

     

Desconectado TunoNegro

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #26 en: 23 de Enero de 2008, 14:46:22 pm »
No estoy de acuerdo en lo que si recae condena penal, se anule la administrativa, porque eso es precisamente el principio non bis in idem. Si se anula, se produce por dicho principio.

Al entender el TC y el TS que se excepciona este principio, admite que puedan recaer dos sanciones y que ambas se deban cumplir.

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Desconectado JoseMarbella27

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #27 en: 23 de Enero de 2008, 14:47:46 pm »
Yo creo que si el penal entiende que no hay negligencia se debe anular
también la administrativa.

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #28 en: 23 de Enero de 2008, 14:55:57 pm »
Eso es otra cosa, aquí hablamos de doble condena.
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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #29 en: 23 de Enero de 2008, 15:06:35 pm »
EN cualquier  caso es un tema discutible hasta para el propio Tribunal SUpremo . SI el funcionario fue expedientado via administrativa y el procedimiento sancionador llego a su fin es porque la negligencia cometida no era constitutiva de  condena penal o incluso civil. Por que si al instruir el procedimiento sancionador se observa materia  de incumbencia judicial, entonces la ADminisracion se inhibe del procedimiento y sigue su curso exclusivamente el judicial. EN este caso se habla de un procedimiento administrativo por negligencia que es concluido , por  lo cual no procederia  iniciar  un proceso  penal ad hoc, que de iniciarse vincularia retroactivamente la anterior decision administrativa sancionadora .

Desconectado TunoNegro

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #30 en: 23 de Enero de 2008, 15:21:26 pm »
No prudente, este no es un tema discutible con la actual jurisprudencia.

Si nos ceñimos sólo al caso concreto, sí es posible ambas condenas.

En estos casos HAY TOTAL SEPARACION de sanciones.

Si no se condenase en materia penal, entraríamos ya en otro debate, pero no es esa la pregunta, sino si se puede iniciar el procedimiento penal.
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Desconectado mªpaz

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #31 en: 23 de Enero de 2008, 16:06:08 pm »


  Alguien sabe cómo responder a la pregunta 4? No consigo entender qué es lo que preguntan con lo del interés de naturaleza pública. Les he hablado del interés legítimo pero creo que no he acertado.

 Gracias

Desconectado jairo

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #32 en: 23 de Enero de 2008, 16:51:26 pm »
Hola Mª Paz, en el capítulo "Las formas de la actividad administrativa", en el epígrafe "Los principios que condicionan la actividad administrativa" y en el subepígrafe E "El interés público", dice:... el interés de uno de algunos individuos no es de naturaleza pública.

Desconectado jairo

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #33 en: 23 de Enero de 2008, 16:55:12 pm »
Añado que con ese subepígrafe se desarrolla la pregunta.

Desconectado MiLe_TzN

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #34 en: 23 de Enero de 2008, 16:56:58 pm »
Vale, pues me confundí de epígrafe  ::) ::) Ya veo que va a tomar mucho el sol el libro este verano  :-\ :-\ :-\
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Desconectado jairo

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #35 en: 23 de Enero de 2008, 17:00:26 pm »
Tranquila Mile, con una pregunta mal se puede aprobar.
Suerte.

Desconectado MiLe_TzN

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #36 en: 23 de Enero de 2008, 17:03:22 pm »
Ya, pero la del non bis in idem... ainS! alguna vez sacaré algún administrativo a la primera?  ::) ::)
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Desconectado mªpaz

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #37 en: 23 de Enero de 2008, 18:07:20 pm »


 ya he encontrado la respuesta a la preg. 4 en el libro y la frasecita se las trae. A mi entender la pregunta es un poco rebuscadita, pero bueno, esperemos poder compensar con el resto.


 Gracias

Desconectado mteresa

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #38 en: 23 de Enero de 2008, 18:20:53 pm »
Buenas tardes:

Se que no viene mucho al caso  , pero es que me examino de Administrativo y de Penal la ultima semana, y he leido en alguno post que han pedido el carnet de la UNED, y los han pasado por un sistema informático, es que a mi nunca me lo han pedido, de hecho siempre he ido con el DNI, y este año, encima ni siquiera me lo han enviado.

¿Os han pedido el carnet en Madrid?

Gracias y mucha suerte.

Desconectado wontolla

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Re: Examen de administrativo II
« Respuesta #39 en: 24 de Enero de 2008, 10:51:43 am »
El examen entra perfectamente en la calificación que, en mi pueblo damos a algunas personas que perecen venir de frente y con inocencia, y en cuanto te descuidas te la clavan: TONTOPUTO. Así lo veo yo, un examen tontoputo, donde los matices hacen que te vayas o no de lo que están preguntando. Lo he visto un pelín cabroncete. Meando pensando que nos la van a liar.