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Autor Tema: Problema de prescripción  (Leído 2077 veces)

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Desconectado dudoso

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Problema de prescripción
« en: 04 de Febrero de 2008, 17:59:55 pm »
Quisiera, si es posible, obtener información sobre los plazos de prescripción de un delito de violación dentro del seno familiar. En concreto, para los siguientes supuestos:

-que tanto víctima como agresor sean menores de edad (violación con incesto ejercido por el hermano sobre la hermana).
-que la víctima sea menor de edad y el violador (también su hermano) mayor de edad.
-que ambos hermanos sean mayores de edad.

Para todos los supuestos anteriores, quisiera conocer los plazos de prescripción en caso de violación con y sin agresión física (acompañada de lesiones).

Quisiera saber si es posible ejercer acciones legales sobre los padres en el caso de que, en cada supuesto anteriormente citado, tuvieran conocimiento de los hechos.

Por último, y para todos los hechos anteriormente citados, tanto para el código penal vigente como para el anterior.

Muchas gracias.



Desconectado dudoso

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Re: Problema de prescripción
« Respuesta #1 en: 20 de Febrero de 2008, 20:07:30 pm »
Bueno, ante la avalancha de respuestas... ¿podría alguien decirme dónde puedo encontrar la información?

Gracias.

Desconectado Drop

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Re: Problema de prescripción
« Respuesta #2 en: 20 de Febrero de 2008, 20:20:06 pm »
Los plazos de prescripción los encontrarás en el propio Código Penal.  Tendrás que buscar las dos versiones que necesites, según la fecha del delito o falta. Varían según la pena que corresponda.
No hay camino para la paz, la paz es el camino (Mahatma Gandhi)

Desconectado Lili

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Re: Problema de prescripción
« Respuesta #3 en: 21 de Febrero de 2008, 14:45:33 pm »

Aparte de lo que te ha dicho Drop puedo aportar lo siguiente:
Código Penal
Artículo 19.
Los menores de dieciocho años no serán responsables criminalmente con arreglo a este Código.
Cuando un menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo dispuesto en la Ley que regule la responsabilidad penal del menor.
Para los supuestos de sujetos activos menores de 18:
Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Fíjate en los límites de la edad. No es lo mismo 12 años que 17.
Art. 15,  prescripción, pero no en caso de los delitos de violación
5 años para delitos graves (penas superiores a 10 años)
3 años delitos grave
1 año delito menos grave
3 meses falta

Código penal,
art. 179
Agresión sexual con acceso carnal, violación,
art- 180:  víctima menor de 13 años/ relación parentesco familiar ; agravantes pena de prisión de 6 a 12 años/ pena en su  mitad superior
En cuanto a los padres habría que probar la participación:
Artículo 192.
1. Los ascendientes, tutores, curadores, guardadores, maestros o cualquier otra persona encargada de hecho o de derecho del menor o incapaz, que intervengan como autores o cómplices en la perpetración de los delitos comprendidos en este Título, serán castigados con la pena que les corresponda, en su mitad superior.

............o la comisión por omisión
Artículo 11.
Los delitos o faltas que consistan en la producción de un resultado sólo se entenderán cometidos por omisión cuando la no evitación del mismo, al infringir un especial deber jurídico del autor, equivalga, según el sentido del texto de la Ley, a su causación. A tal efecto se equiparará la omisión a la acción:
Cuando exista una específica obligación legal o contractual de actuar.
Cuando el omitente haya creado una ocasión de riesgo para el bien jurídicamente protegido mediante una acción u omisión precedente

Prescripciones en general:
Artículo 131.
1.  Los delitos prescriben:
A los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años.
A los 15, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años.
A los 10, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de 10.
A los cinco, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de tres años y que no exceda de cinco.
A los tres años, los restantes delitos menos graves.
Los delitos de calumnia e injuria prescriben al año.

Por favor, comprueba todo, lo he puesto rápido.
Abogada Icamalaga