DEBES registrarlo siempre que cambies la titularidad del bien
NO ES OBLIGATORIO, pero por tu bien debes hacerlo.
En caso contrario, y por poner un ejemplo, si la persona que te lo vendio, el dia de mañana tiene deudas con X, no le paga, y este decide embargar los bienes para poder cobrar, si el inmueble que te vendio sigue a su nombre (porque tu no registraste a tu nombre el mismo) será susceptible de embargo, es decir, te puedes llegar a quedar sin el.